Hacienda ya controla todos los pagos por Bizum, tarjeta y apps financieras

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10/01/2026 - 08:00
Enero de 2026 llegó con cambios para los pagos con Bizum

Lectura fácil

A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria pondrá en marcha un nuevo sistema de supervisión que transformará la forma en que se registran y declaran los pagos digitales en España. La medida se enmarca en la aplicación del Real Decreto 253/2025, aprobado por el Gobierno con el objetivo de reforzar la transparencia fiscal en un entorno cada vez más digitalizado.

Esta normativa afectará directamente a las operaciones realizadas mediante Bizum, tarjetas de crédito o débito y también a las gestionadas a través de plataformas financieras internacionales, como Revolut, Wise o N26, que han ganado popularidad entre los usuarios españoles en los últimos años.

Hasta la fecha, las entidades financieras únicamente estaban obligadas a informar a Hacienda sobre transferencias o movimientos superiores a 10.000 euros. Sin embargo, con la entrada en vigor del nuevo decreto, no hay un límite de 10.000siendo solo un umbral de referencia, que no aparece como umbral límite ni en la Ley General Tributaria ni aparece mentado en sus reglamentos, como ya aclara Bizum en su página web.

Esto significa que, desde enero de 2026, todos los movimientos económicos registrados a través de medios de pago digitales estarán sujetos a comunicación obligatoria a la Agencia Tributaria, sin importar el importe. Los bancos deberán remitir mensualmente información detallada sobre cada operación, lo que permitirá a Hacienda disponer de un registro completo de las transacciones realizadas en España.

Un control mensual y exhaustivo de los pagos con Bizum y otros pagos digitales

El Ministerio de Hacienda subraya que este control no tiene una finalidad recaudatoria inmediata, sino preventiva y de transparencia. Según fuentes de la Agencia Tributaria, el objetivo principal es reducir el fraude asociado al uso de aplicaciones de pago y asegurar que todos los ingresos derivados de actividades económicas sean declarados correctamente.

De esta forma, las entidades deberán incluir en sus informes datos concretos como:

  • Identidad del receptor.
  • Número de comercio o terminal de pago utilizado.
  • Cuentas bancarias implicadas.
  • Importe total de las operaciones.

Este intercambio sistemático de información permitirá cruzar con mayor eficiencia los datos entre bancos, empresas y contribuyentes, garantizando que los ingresos obtenidos a través de Bizum u otros métodos de pago sean declarados dentro de los modelos fiscales correspondientes.

Nuevos modelos de declaración para los autónomos

Con el fin de facilitar la adaptación de los trabajadores autónomos a esta nueva obligación, la Agencia Tributaria ha desarrollado cuatro modelos específicos. Cada uno recoge un tipo de información concreta y periodicidad de presentación:

  1. Modelo 170 (mensual): servirá para que las entidades financieras informen sobre los ingresos obtenidos mediante Bizum o tarjeta.
  2. Modelo 174 (anual): centrado en operaciones con tarjeta superiores a 25.000 euros.
  3. Modelo 181 (anual): destinado a registrar préstamos y operaciones inmobiliarias.
  4. Modelo 196 (mensual y anual): notificará la apertura de cuentas bancarias, así como sus saldos y movimientos.

La Agencia Tributaria ha explicado que esta estructura permitirá un seguimiento más claro de la actividad económica, diferenciando entre ingresos profesionales y personales o entre operaciones nacionales e internacionales.

Cuándo llegará la información a Hacienda

El primer envío de datos tendrá lugar en febrero de 2026, con toda la información correspondiente a las operaciones realizadas durante el mes de enero. A partir de esa fecha, el flujo de información será continuo y automatizado, reforzando así la capacidad de control de la Agencia Tributaria.

Según la normativa, los ingresos que reciban profesionales y autónomos mediante Bizum o tarjeta deberán ir acompañados de una factura en la que consten nombre, NIF, concepto, y los impuestos aplicables (IVA e IRPF, si corresponde). Además, esas cantidades deberán incluirse en los modelos trimestrales de IVA (303) o IRPF (130), así como en los resúmenes anuales 390 y 100.

El uso de esta forma de pago se ha generalizado notablemente desde su lanzamiento. Según datos del Banco de España y del propio servicio, más del 90 % de los usuarios bancarios dispone ya de Bizum activo, con un volumen anual superior a los 1.200 millones de operaciones. Su integración en comercios, restaurantes y pequeños negocios ha contribuido a normalizar el pago digital incluso en transacciones de bajo importe.

Por ello, la medida afectará a millones de consumidores y empresas que utilizan este sistema de pago en su día a día. Desde Hacienda se insiste en que la intención no es complicar la actividad económica, sino asegurar que no se utilicen los medios digitales para ocultar ingresos o eludir impuestos.

Evitar sanciones y garantizar transparencia

Las sanciones por no declarar correctamente los ingresos percibidos mediante Bizum o medios similares pueden superar los 120.000 euros, según el régimen sancionador establecido por la Ley General Tributaria. No obstante, con el nuevo sistema de control, la Agencia Tributaria contará con la información necesaria para detectar irregularidades con mayor rapidez, reduciendo así el riesgo de fraude y promoviendo la seguridad jurídica en las relaciones económicas.

En palabras de portavoces del Ministerio, “la digitalización de los pagos debe ir acompañada de una digitalización de la fiscalidad”. El nuevo marco normativo pretende unificar ambos procesos, ofreciendo mayor confianza tanto a las empresas como a los consumidores y alineando a España con las recomendaciones europeas en materia de transparencia financiera.

Desde Bizum les gustaría aclarar que, tal y como indican en su página web, aunque sí que se remitirá información de las operaciones de forma mensual, esto solo es aplicable en el caso de profesionales y empresas, y no se recabará información de las operaciones entre particulares. A su vez, esta información mensual no se proporciona por operaciones, sino de forma agrupada, y dicha información no es remitida por Bizum sino por las distintas entidades financieras.

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