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A partir de mañana, 15 de noviembre de 2025, entra en vigor la nueva normativa que obliga a las personas contratantes de empleadas del hogar a realizar una evaluación de riesgos laborales en el propio domicilio. Este cambio supone un avance histórico, equiparando, por primera vez, los derechos de las empleadas del hogar con los del resto de trabajadores y poniendo fin a una brecha histórica en la protección social.
Multas por no proteger a las empleadas del hogar
Hasta ahora, las empleadas del hogar quedaban fuera del sistema general de prevención de riesgos laborales (PRL), una situación que generaba una gran desprotección en caso de accidente o enfermedad laboral. Con la nueva regulación, las familias o personas que contraten a alguien para tareas como limpiar, cocinar o cuidar tienen la responsabilidad legal de garantizar que el entorno de trabajo sea seguro y que se han identificado y mitigado todos los posibles riesgos. El objetivo del Gobierno no es punitivo, sino dignificar el empleo doméstico y reducir la siniestralidad en este sector.
Las tres obligaciones clave del empleador
Desde este viernes, toda nueva contratación en el ámbito doméstico debe ir acompañada de un proceso de prevención documentado. Esta obligación se aplica aunque la empleada trabaje pocas horas o esté contratada de forma parcial, reforzando la protección para todas las empleadas del hogar.
El empleador debe cumplir con tres requisitos esenciales:
- Evaluación de Riesgos: Identificar los peligros presentes en el hogar (productos químicos, escaleras, manipulación de cargas pesadas, iluminación deficiente, etc.).
- Medidas Preventivas: Elaborar un documento con las medidas específicas que se adoptarán para evitar o reducir los riesgos detectados.
- Información y Formación: Suministrar información y formación básica a la empleada sobre los riesgos identificados y cómo prevenirlos de forma segura.
Además de estas obligaciones inmediatas, la normativa prevé que, a partir de 2026, las trabajadoras del hogar tengan derecho a reconocimientos médicos periódicos gratuitos y de carácter voluntario, un derecho que refuerza aún más su salud laboral.
Prevencion10.es: La herramienta gratuita para el trámite
Para facilitar este proceso, el Gobierno ha habilitado la plataforma gratuita Prevencion10.es. Esta web permite a las personas empleadoras realizar la autoevaluación de riesgos de manera guiada y sencilla, sin necesidad de recurrir a servicios externos.
El proceso para el empleador es simple:
- Acceso y Registro: Acceder a la web y registrar los datos del domicilio y de la trabajadora.
- Cuestionario: Completar un cuestionario detallado sobre las tareas que realiza la trabajadora y su entorno laboral.
- Informe y Aplicación: Descargar el informe en PDF, conservarlo y entregar una copia a las empleadas del hogar. El empleador debe aplicar las recomendaciones del informe (como mejorar la ventilación, cambiar productos de limpieza o facilitar calzado adecuado).
Es crucial destacar que este documento debe ser actualizado si cambian las condiciones de trabajo o el lugar donde se presta el servicio.
Sanciones que superan los 49.000 euros
El incumplimiento de esta obligación legal conlleva un régimen sancionador estricto. Las multas por no disponer de la evaluación o no aplicar las medidas preventivas van desde los 2.451 euros (faltas leves) hasta los 49.180 euros en los casos más graves, como si se produce un accidente laboral debido a la falta de prevención.
La entrada en vigor de esta normativa marca un antes y un después para las empleadas del hogar, asegurando que la seguridad y la salud sean una prioridad, independientemente del lugar donde se preste el servicio.
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