Dogi, la compañia textil se translada a Madrid

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06/10/2017 - 13:23

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 Tras una reunión extraordinaria, el Consejo de Administración de la textil catalana Dogi International Fabrics ha determinado empezar los trámites según ha comunicado a la Comisión Nacional del Mercado de Valores, establecer su domicilio social a Madrid.

Dogi quiere optimizar sus operaciones y la relación con sus invesores desde Madrid

Según el comunicado a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), la empresa textil pretende con esta decisión “optimizar sus operaciones y la relación con sus inversores”

De esta manera dicha empresa catalana, actualmente con domicilio en la población El Masnou (Barcelona) se anticipa al acontecimiento del pleno propuesto para el próximo lunes por Parlament de Cataluña (cuya celebración ha sido desaprobada por el Tribunal Constitucional) en el que se podría valorar y establecer de forma ilícita la independencia, tras la celebración del Referéndum ilegal.

Dogi, presidida por Eduardo Navarro, fue constituida en el año 1954, por la familia Domenech, su principal fabrica se instauró en la localidad de El Masnou, dónde daba trabajo a unas 163 personas, además de Carolina del Norte (Estados Unidos) con unos 169 empleados.

Salida expres de Cataluña 

Con esta medida Dogi, se une así al Banco Sabadell, el cual anunció el pasado jueves su traslado a la provincia de Alicante, con el propósito de asegurar y garantizar la seguridad jurídica de su clientela por el marco regulatorio del Banco Central Europeo (BCE)

De igual manera, CaixaBank, ha convocado este viernes una junta para estudiar también su posible traslado de su sede fuera de Cataluña, tras la tensión generada.

Así mismo, este viernes el Gobierno estudia permitir un decreto de ley para favorecer a las empresas que decidan establecer su traslado fuera de Cataluña, sin tener que contar con la aprobación necesaria de la junta general de accionistas de la compañía, según han informado a Europa Press fuentes conocedoras de la norma.

La medida supondría, en concreto, una modificación de la Ley de Sociedad de Capital, aprobada en 2015, que establece que “el órgano de administración será competente para cambiar el domicilio social dentro del territorio nacional” salvo disposición contraria de los estatutos.

 

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