La 'mili' suma para la jubilación anticipada

El servicio militar –la mili- no te permitirá sumar tiempo de cotización si aspiras a una pensión contributiva por una jubilación ordinaria. El momento en el que te jubiles y por lo tanto el tipo de jubilación al que aspiras determinará si el servicio militar es o no, tiempo efectivo de cotización a la Seguridad Social.

Cómputo del período de prestación del servicio militar obligatorio como cotizado

La Seguridad Social estipula de forma concreta y oficial cómo y cuándo los meses de mili obligatoria de los españoles son tiempo útil de cotización: “Los periodos de servicio militar o prestación social sustitutoria sólo se computan para alcanzar el período de cotización específico en el caso de jubilación anticipada, voluntaria o involuntaria, y con el límite máximo de un año”.

¿Cómo computa el servicio militar en jubilación anticipada?

La jubilación anticipada es posible siempre que el beneficiario cumpla con una serie de condiciones. Una de ellas es acreditar un periodo mínimo de cotización efectiva en la Seguridad Social y es aquí donde los meses de servicio militar, mili, obligatorio pueden servirte de ayuda y marcar la diferencia en tu expediente de jubilación.

Con la normativa vigente en abril de 2018, la jubilación antes de tiempo voluntaria exige –entre otros requisitos- la acreditación de un periodo mínimo de 35 años.

A estos efectos y de forma exclusiva, explican desde la entidad pública: “se computará el período de prestación del servicio militar obligatorio o de la prestación social sustitutoria, con el límite máximo de un año”.

¿Cómo se solicita el cómputo de la mili?

El tiempo de servicio militar tanto obligatorio para el caso de jubilación anticipada como voluntario tiene que documentarse y demostrarse por parte del interesado para que la Seguridad Social lo añada a su vida laboral.

La instancia para conseguir el certificado para el cómputo recíproco de cotizaciones debe dirigirse a Delegación del Ministerio de Defensa de la provincia donde se residía en el momento de incorporarse al servicio militar.

  • Cumplimentar la instancia oficial correspondiente para este trámite.
  • Como documentación necesitas: copia del DNI y cartilla militar. En el caso de que solicites el reconocimiento de periodo voluntario o excedente del obligatorio tendrás que documentarlo.

La 'mili' cuenta

La 'mili' podrá servir para algo más que contar 'batallitas' a la familia de lo que supusieron esos meses e incluso años en la vida de millones de españoles.

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), lanzó la campaña #lamilicuenta, con el fin de que se reconozca este periodo de tiempo que retrasó o interrumpió las carreras profesionales y de cotización de muchos trabajadores. No solo por el tiempo de prestación del servicio, sino también por el tiempo de espera hasta la incorporación a filas o a la prestación social, que podía ser también un periodo muy prolongado.

El asunto trae cola, para millones de españoles el servicio militar obligatorio, la mili, supuso suspender de manera temporal los estudios o el trabajo para cumplir con esta o la prestación social sustitutoria, en los supuestos de objeción de conciencia, algo que en muchos casos no queda reflejado en sus vida laborales.

Con el fin alcanzar su reconocimiento previó, la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, reconoce dos modalidades de acceso a la jubilación anticipada, la que deriva del cese en el trabajo por causa no imputable al trabajador y la que deriva de la voluntad del interesado.

Categorias