¿Has perdido tu certificado de discapacidad?

Enviado por Pedro García el Vie, 20/03/2020 - 09:00

Sobre este particular, en España la operativa es similar en cada comunidad autónoma. Las 17 tienen una forma muy similar de operar para realizar el proceso que nos lleva a recuperar el certificado de discapacidad por pérdida o extravío.

En caso de deterioro, extravío o sustracción de la tarjeta/documento donde figura la condición de persona con discapacidad, se podrá solicitar una nueva que se expedirá con el mismo periodo de validez que tenía la tarjeta a la que sustituye, pero deberá aportar la tarjeta deteriorada o, en su caso, copia de la denuncia previa del extravío o sustracción ante la Policía Local.

¿Qué documentación debo aportar?

  • Formulario de solicitud con los motivos y circunstancias que justifican la solicitud.
  • Copia de la denuncia formulada.
  • Dos fotografías en tamaño carnet en papel fotográfico.

En el caso de iniciar el procedimiento lo primero es tener una cita para solicitar un reconocimiento. Teniendo en cuenta además, estos detalles:

  • La resolución de grado de discapacidad acredita que la persona que lo posee presenta una limitación funcional física, intelectual, mental o sensorial de carácter permanente o transitorio.
  • El grado de discapacidad se expresa en porcentaje, según su alcance.

El reconocimiento de la situación de discapacidad

Según explica Discapnet , el reconocimiento de un grado de discapacidad en porcentaje igual o superior al 33% habilita para el ejercicio de los derechos que las personas con discapacidad tienen reconocidos en todo el territorio español y da acceso a distintos beneficios, prestaciones y servicios.

Cuando tenemos la cita, el paso siguiente es la valoración de las situaciones de discapacidad que presente una persona de cualquier edad, calificando el grado según el alcance de las mismas. El reconocimiento de grado de discapacidad se entenderá producido desde la fecha de solicitud.

Para solicitar el reconocimiento inicial y la adquisición del certificado se comenzará por la fase de iniciación a instancia de la persona interesada, o su representante legal. Para ello deben cumplirse estos requisitos:

  1. Ser español o extranjero residente legalmente en España, y estar empadronado en cualquiera de los municipios de una Comunidad Autónoma.
  2. Padecer una discapacidad, física, sensorial, intelectual o psicológica.

Grados

Por otra parte, el Baremo de Valoración de la Dependencia (en adelante, BVD) permite determinar las situaciones de dependencia moderada, dependencia severa y de gran dependencia,

Grado I. Dependencia moderada: cuando a la persona necesita ayuda para realizar varias tareas del día a día. Se corresponde a la puntuación final del BVD de 25 a 49 puntos.

Grado II. Dependencia severa: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día, pero no requiere el apoyo permanente de un cuidador o tiene necesidades de apoyo extenso para su autonomía personal. Se corresponde a una puntuación final del BVD de 50 a 74 puntos.

Grado III. Gran dependencia: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria varias veces al día y, por su pérdida total de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, necesita el apoyo indispensable y continuo de otra persona o tiene necesidades de apoyo generalizado para su autonomía personal. Se corresponde a una puntuación final del BVD de 75 a 100 puntos.

La solicitud del reconocimiento del grado de discapacidad se formulará en un modelo formalizado, acompañados de los documentos que se señalen en el mismo, dirigidos al Centro Base que le corresponda.

Una vez comprobado que la documentación que acompaña a la solicitud es completa, se citará al interesado en el Centro Base que le corresponda por su lugar de residencia o en el Centro Regional de Coordinación y Valoración Infantil (CRECOVI), en el caso de los menores de 0 a 6 años.

El Centro Base

El reconocimiento del grado de discapacidad se realiza en los Centros Base que ofrecen además otros servicios especializados de interés.

Los Centros Base de Valoración y Orientación a personas con discapacidad son los encargados de la valoración, calificación y reconocimiento administrativo del grado de discapacidad y asumen, además, funciones de información, orientación profesional e intervención terapéutica en régimen ambulatorio. Como servicios sociales especializados de atención básica constituyen un referente para las personas con discapacidad y sus familias y las entidades e instituciones de su área de influencia

Categorias