Qué me puedo desgravar en la Declaración de la Renta 2022-2023

Como todos los años, todos aquellos contribuyentes residentes en España, salvo excepciones, tienen una cita con la Agencia Tributaria de carácter obligatorio.

Este 2023, a partir de hoy martes 11 de abril, se va a poder presentar la declaración de la renta correspondiente al ejercicio del 2022 a través de Internet. Aquellos que lo quieran hacer vía telefónica o de forma presencial acudiendo a una oficina de Hacienda van a tener que esperar hasta el 5 de mayo y el 1 de junio, respectivamente.

Un trámite para rendir cuentas con Hacienda respecto a todos los ingresos percibidos durante el año pasado y que muchos hacen con la esperanza de que salga a ingresar y no a devolver, es decir, con resultado negativo. 

No obstante, a la hora de hacer la declaración de la renta hay ciertos aspectos que debes tener en cuenta, como por ejemplo la posibilidad de conseguir un resultado más favorable gracias a una serie de deducciones que cualquier contribuyente (persona física) puede aplicar en función de su situación y sus ingresos. Te contamos cuáles son.

Las deducciones que debes saber para la campaña de la Renta 2022

Quienes tienen planes de pensiones ya saben que esta es una de ellas, aunque hay algunas más.

Existen también deducciones por la compra de tu vivienda habitual, así como para los pagos realizados para su construcción realizados antes del 1 de enero de 2013. De las cantidades invertidas será posible deducirse hasta el 15 % con un límite de inversión de 9.040 euros.

Asimismo, también se puede utilizar la neutralización de las ganancias a través de la vivienda habitual, ya que para quienes vendieran su casa este año, las ganancias tributarán. Sin embargo, si reinvierten total o parcialmente el importe en otra vivienda será posible neutralizar el pago. Lo mismo ocurre con los beneficios que hayamos obtenido al invertir en bolsa, ya que podremos compensarlos con pérdidas que también hayamos registrado.

Otras de las más habituales, aunque algo menos conocidas, son, por ejemplo, las desgravaciones relacionadas con la inversión en nuevos negocios, que podrán llegar a reducir hasta el 30 % de la cuota estatal del IRPF, con una base máxima de deducción de 60.000 euros anuales.

Además de esta, existen otras desgravaciones que premian la solidaridad. En estos casos, si destinamos dinero a ONGs, fundaciones o cualquier entidad acogida a las Leyes estatal o forestales de incentivos al mecenazgo podremos desgravarnos hasta el 75 % en los primeros 150 euros donados y un 30 % en el resto de las aportaciones. 

Las afiliaciones y aportaciones a partidos políticos también permiten al contribuyente una reducción del 20 %, limitada a una base máxima de 600 euros.

Del mismo modo, los gastos de interés cultural también nos permitirán desgravarnos un 15 % del importe de las inversiones realizadas si, por ejemplo, se adquieren bienes de Patrimonio Histórico Español (siempre que estos sean declarados de interés cultural) o se rehabilitan edificios situados en un entorno declarado como Patrimonio Mundial por la UNESCO y situados en España.

Hay más posibilidades de deducir en la declaración de la renta

Muchos contribuyentes pueden acogerse a las llamadas deducciones con finalidad ecológica. Así, pueden desgravarse un 20 % de su importe, con el límite del 10 % de la cuota íntegra autonómica.

Sin embargo, en estos casos no se aplica a nivel estatal, sino que solo es aplicado por algunas comunidades autónomas como Aragón (20 % con el límite del 10 %), Islas Baleares (25 %, con un límite del 15 % de la cuota íntegra autonómica), Canarias (10 % con un límite del 10 %), Cataluña (15 % con un límite del 5 %), Murcia (10 % sobre un límite de 1.000 euros para energías renovables) o Comunidad Valenciana (20 %).

Tener hijos también desgrava en la Renta

En cuanto a los hogares, también existen diferentes deducciones, además de las más conocidas por nacimiento de los hijos. En concreto, en Andalucía existe la deducción por ayuda doméstica. Quienes lo apliquen pueden deducirse de la cuota íntegra autonómica el 15 % del importe satisfecho a la Seguridad Social que corresponda con la cotización anual de un empleado en el hogar, con un límite máximo de 250 euros.

Asimismo, en muchas comunidades las familias se pueden desgravar por otros conceptos, como por la adopción internacional de niños. La adopción supone una deducción de 600 euros por cada hijo en regiones como Aragón, Asturias o Madrid.

Y atención porque los partos múltiples también tienen su premio en la declaración de la renta. Los contribuyentes podrán desgravarse en Asturias (deducción de 505 euros por hijo), Castilla y León (901 euros), Extremadura (300 euros) o Valencia (224 euros).

De igual forma, en la Comunidad Valenciana es posible deducirse en la renta por conciliación del trabajo con la vida familiar. En este caso, los contribuyentes podrán desgravarse 418 euros por cada hijo mayor de tres años y menor de cinco años, aunque solo será exclusivamente para las madres.

Pero dentro de los hogares las desgravaciones no se quedan aquí

En regiones como Murcia es posible deducirse el 20 % de las inversiones realizadas en dispositivos domésticos de ahorro de agua, con un límite de 600 euros anuales.

Algo parecido ocurre también en Galicia. En esta comunidad los contribuyentes podrán deducir de la cuota íntegra autonómica del impuesto el 5 % de las cantidades que hayan invertido en la instalación de la vivienda habitual de sistemas de climatización o agua caliente que empleen fuentes de energía renovables, con un límite de 280 euros. Dentro de esta última región, también hay otras desgravaciones interesantes, como las relacionadas con el uso de nuevas tecnologías en los hogares. Y es que los contribuyentes que durante el año pasado hubieran contratado líneas de alta velocidad de internet se podrán deducir el 30 % de las cantidades satisfechas tanto por alta de la línea como por las cuotas mensuales, con un límite máximo de 100 euros tanto en tributación individual como conjunta.

En conclusión

Si estás obligado a declarar, presta atención a los principales instrumentos de desgravación con los que una persona física tiene derecho a contar. Estos son:

  • Alquiler de vivienda. La deducción estatal en caso de estar de alquiler solo es posible aplicarla para contratos firmados antes del 2015. De ser así, se va a poder deducir un 10,05 % siempre y cuando no se supere una base imponible establecida por ley.  Ahora bien, también hay comunidades autónomas que cuentan con deducciones en este tipo de situaciones. En cuanto a la cantidad a desgravar, puede variar en función de dónde se resida. 
  • Hipotecas. Por ley, solo se pueden deducir las hipotecas firmadas antes del 2013 y si se corresponde a tu vivienda habitual. De cumplir con todas las condiciones, se puede desgravar hasta un 15 % de lo abonado durante un año y con un máximo de 9.040 euros. Asimismo, la desgravación máxima posible va a ser de 1.356 euros.
  • Plan de pensiones. Este año, el límite máximo de deducción por aportaciones a planes de pensiones individuales es de 1.500 euros o el 30 % de los rendimientos netos del trabajo o de actividades económicas, es decir, de la base imponible del impuesto. 
  • Donaciones. Las donaciones a ONG y a otras entidades se pueden desgravar de la renta. De los primeros 150 euros aportados, se puede deducir hasta un 80 % y un 35 % sobre lo que exceda de dicha cantidad. Por otro lado, las cuotas de afiliación y aportaciones a partidos políticos pueden deducirse hasta el 20 % con un límite de 600 euros anuales.
  • Maternidad e hijos. Todas las madres trabajadoras van a poder deducirse en el IRPF hasta 1.200 euros anuales por hijo menor de tres años. Una cantidad que se pruebe ampliar hasta los 1.000 euros por asuntos de ‘gastos educativos’. Por otro lado, también se va a poder desgravar si los hijos son mayores de tres años, pero menores de 25, residentes en la misma vivienda y que no hayan obtenido rentas superiores a los 8.000 euros durante el ejercicio del año anterior, en este caso en el 2022. Ahora bien, también se va a poder incluir a un descendiente que supere dicha edad tope en el caso de sufrir una minusvalía superior al 33 % siempre que se cumplan los requisitos económicos marcados. En caso de ser familia numerosa, se va a poder deducir hasta un total de 1.200 euros (máximo cuatro hijos) o hasta los 2.400 euros si se tiene la etiqueta de ‘categoría especial’, que corresponde a tener más de cinco hijos.

¡No olvides las deducciones autonómicas!

Además de las deducciones estatales mencionadas en este artículo, también se debe tener en cuenta que cada comunidad autónoma pone a disposición de sus ciudadanos otras deducciones a las que se pueden acoger. Eso sí, siempre y cuando se cumplan con las condiciones requeridas.

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