La venta de vuelos europeos debe ser en euros o moneda del país de salida o llegada

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15/11/2018 - 14:53
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Bruselas, 15 nov (EFE).- La aerolíneas sólo pueden expresar las tarifas de sus vuelos entre dos países europeos en euros o en las monedas nacionales de los Estados en que se encuentre el lugar de salida o llegada del trayecto, dictaminó hoy el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

La sentencia del TJUE responde así al Tribunal Supremo de lo Civil y Penal alemán que pidió que aclarara las condiciones que permiten a las compañías aéreas expresar sus tarifas en una moneda u otra de su elección durante la venta de sus servicios.

El caso había llegado al tribunal alemán a través de la Asociación de Consumidores de Baden-Wurtemberg, sureño Estado federado germano, que consideró como comportamiento desleal que la aerolínea Germanwings expresase únicamente en libras esterlinas el vuelo que un usuario reservó desde suelo alemán de Londres a Stuttgart (Alemania).

En este sentido, el TJUE señaló que pese a que la legislación europea permite a las aerolíneas indicar las tarifas de sus vuelos intracomunitarios "en euros o en moneda local", ésta última debe estar vinculada objetivamente al servicio propuesto, es decir, debe ser la divisa de curso legal en el Estado miembro en el que se encuentre la salida o llegada del trayecto.

En consecuencia, la compañía aérea Germanwings no incurre teóricamente en ninguna falta al reflejar en libras esterlinas un servicio de transporte aéreo cuyo lugar de salida se encuentra en Reino Unido, cuya moneda de curso legal no es el euro, concluye la sentencia del alto tribunal.

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