El Constitucional avala la aplicación del artículo 155 de la Constitución en Cataluña

EmailFacebookTwitterLinkedinPinterest
03/07/2019 - 10:15
Estabilidad Presupuestaria

Lectura fácil

El Tribunal Constitucional ha avalado la aplicación del artículo 155 de la Constitución en Cataluña, impulsado por el Gobierno de Mariano Rajoy, aprobado por el Senado el 27 de octubre de 2017, y que acabó con la disolución del Govern de Carles Puigdemont.

Es la primera vez que el tribunal de garantías se pronuncia sobre una medida inédita

Se trata de la primera vez que el tribunal de garantías se pronuncia sobre una medida inédita a la que el Senado dio vía libre horas después de que el Parlament aprobase la Declaración Unilateral de Independencia (DUI), en cuyo preámbulo se declaró un "Estado independiente en forma de república", anulada por el TC a los pocos días.

El Tribunal informa de que ha resuelto dos sentencias en las que desestima los recursos de inconstitucionalidad presentados por más de 50 diputados del Grupo Parlamentario Unidas Podemos-En Comú Podem-En Marea y por el Parlamento de Cataluña contra el "Acuerdo del Pleno del Senado de 27 de octubre de 2017 mediante el que se aprueba medidas requeridas por el Gobierno, al amparo del artículo 155 CE".

El recurso de la Generalitat pedía la nulidad del acuerdo y, como consecuencia, la de todas las decisiones gubernamentales posteriores.

Unanimidad de sus doce magistrados en sendas sentencias que se conocerán en los próximos días

En ellas, el pleno ha desestimado en su práctica totalidad los recursos de inconstitucionalidad que presentaron el Parlament de Cataluña y 50 diputados de Unidas Podemos-En Comú Podem-En Marea contra el acuerdo de la cámara alta. El pronunciamiento del TC supone el aval a la aplicación del artículo 155 de la Constitución, por el que el Ejecutivo central destituyó al expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y a todos los miembros de su Govern, limitó el Parlament y asumió el mando de los Mossos, entre otras medidas.

Según los fallos adelantados por el TC, los jueces estiman parcialmente el recurso que presentó Unidas Podemos en diciembre de 2017 en relación a las publicaciones en los boletines oficiales.

Anulan la parte del acuerdo del Consejo de Ministros que privaba de efectos la publicación en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña o en el Boletín Oficial del Parlamento de Cataluña de disposiciones normativas o actos sin autorización del Gobierno o en contra de lo dispuesto por éste.

En relación al recurso del Parlament, presentado en enero de 2018, el TC ha acordado inadmitirlo parcialmente en relación a "todas las disposiciones" que se dictaron "en desarrollo o como complemento o adicción" de las medidas aprobadas por el Senado. A la espera de conocer íntegramente los argumentos de sendas sentencias, la decisión de los doce miembros del Tribunal Constitucional -máximo intérprete de la Constitución- supone un espaldarazo a la medida tomada por el Ejecutivo central, con el aval del Senado, en pleno desafío soberanista catalana. 

Añadir nuevo comentario