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El Ministerio del Interior ha establecido que los propietarios de drones y otras aeronaves no tripuladas deberán registrarlas en una base de datos oficial. La medida, que busca reforzar la seguridad y prevenir el uso de estos dispositivos con fines delictivos o terroristas, se enmarca en el Real Decreto 517/2024, que regula la utilización civil de sistemas de aeronaves no tripuladas. Según la normativa, todos los operadores deberán inscribir sus aparatos antes de poder utilizarlos de manera legal, ya sean destinados a fines recreativos o profesionales.
El registro incluirá información sobre el propietario, las características del equipo y otros datos necesarios para garantizar la trazabilidad y el control de estas aeronaves. Interior ha señalado que la iniciativa permitirá actuar de manera más rápida ante incidentes o posibles usos indebidos, así como mejorar la coordinación con otras normativas de seguridad aérea.
Registro obligatorio para aeronaves no tripuladas
Los propietarios de aeronaves no tripuladas o drones deberán registrarlas en una base de datos del Ministerio del Interior para evitar que estos dispositivos se utilicen con fines delictivos o terroristas. Esta medida busca reforzar la seguridad y garantizar un control efectivo sobre los vehículos aéreos no tripulados en todo el país.
La Guía de trámites 2025 del Ministerio del Interior explica que el registro responde al Real Decreto 517/2024, de 4 de junio, que desarrolla el régimen jurídico para la utilización civil de estos sistemas, según lo establece su artículo 53.
La normativa establece obligaciones específicas para los propietarios de drones adquiridos antes de la entrada en vigor del decreto. Estas obligaciones se recogen en la disposición transitoria cuarta, titulada “Obligación de comunicación de datos al Registro”. El plazo para completar la inscripción comenzará a contarse “desde que el Registro esté plenamente operativo”, según la información oficial del ministerio.
El Ejecutivo afirma que está “trabajando intensamente para desarrollar e implementar este registro de manera efectiva y eficiente”, con el objetivo de que todos los operadores puedan inscribir sus aparatos de forma rápida y sencilla, tanto recreativos como profesionales.
Normas y regulación
El Real Decreto 517/2024 modifica varias normas en materia de control, importación, seguridad de productos, demostraciones aéreas civiles, lucha contra incendios y operaciones de búsqueda y salvamento. Además, complementa la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana, que ya regulaba la seguridad en el espacio aéreo.
El nuevo registro establece requisitos específicos de aeronavegabilidad, licencias, matriculación y compatibilidad electromagnética de los equipos eléctricos y electrónicos que se emplean en estos aparatos. Así, todos los drones y vehículos similares cumplirán criterios técnicos y de seguridad antes de ser operados.
Seguridad y uso responsable de los drones
Según el Ministerio del Interior, el registro permitirá un seguimiento más preciso de los vehículos aéreos no tripulados y contribuirá a prevenir su uso indebido. Los propietarios deberán proporcionar información del aparato y del titular, garantizando un control más riguroso de los drones, evitando riesgos para la seguridad pública y el espacio aéreo.
En resumen, los dueños de drones y otras aeronaves no tripuladas deberán preparar la información necesaria para completar la inscripción en la base de datos oficial. Esta medida asegura el cumplimiento de la ley, refuerza la seguridad y promueve un uso responsable de estos dispositivos en todo el país.
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