El ICAC multa a PwC y Deloitte por infracciones graves en Popular y ACS

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13/06/2018 - 14:19
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Madrid, 13 jun (EFE).- El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) ha impuesto a las firmas PwC y Deloitte sendas sanciones por infracciones en la auditoría de las cuentas del Banco Popular y ACS, respectivamente, según publica hoy el Boletín Oficial del Estado (BOE).

El ICAC considera a PriceWaterhouseCoopers y a su socio auditor José María Sanz Olmeda corresponsables de dos infracciones graves en relación con los trabajos de auditoría de las cuentas anuales individuales del ejercicio 2012 de Banco Popular Español, y de las cuentas anuales consolidadas de la entidad Grupo Banco Popular, cuyos informes de auditoría fueron emitidos el 28 de febrero de 2013.

PwC ha explicado en un comunicado que el ICAC realizó una revisión exhaustiva de la auditoría del ejercicio 2102 durante doce meses, y "no cuestionó las cuentas del banco ni nuestra opinión de auditoría".

El único aspecto sobre el que llamó la atención se refiere a un "supuesto defecto formal en los papeles de trabajo de una partida puntual cuyo contenido tampoco puso en duda"; aun así, no comparten la sanción, "que es la menor que contempla la ley", y la han recurrido.

En opinión de PwC, el ICAC "la fundamenta con argumentos muy subjetivos y sin ningún respaldo en la normativa y en la práctica auditora."

A la firma le impone dos sanciones de multa por importe del 0,12 % y del 0,15 % de los honorarios facturados por la sociedad por actividad de auditoría de cuentas en el último ejercicio cerrado con anterioridad a la imposición de las sanciones, cantidad que no puede ser inferior a 12.000 euros.

Cada multa ascendería así a 119.908 euros y 149.885 euros; en cuanto a Sanz Olmeda, las multas ascienden a 3.200 y 3.400 euros.

Por lo que respecta a Deloitte, las sanciones se extienden a la sociedad y a su socio auditor, Javier Parada Pardo, por la comisión de dos infracciones graves en los trabajos de auditoría de las cuentas anuales individuales del ejercicio 2011 de ACS, y de las cuentas anuales consolidadas de la compañía, informes que fueron emitidos el 22 de marzo 2012.

Un portavoz de Deloitte ha señalado que se trata de una sanción mínima por un tema formal en unos papeles de trabajo; además, la sanción se ha recurrido ya por la vía contencioso administrativa ante la Audiencia Nacional, recurso que la auditora confía en que prospere.

La multa para Deloitte debe ser, explica el BOE, del 0,1 % de los honorarios facturados por la sociedad por actividad de auditoría de cuentas en el último ejercicio cerrado con anterioridad a la imposición de las sanciones y no inferiores a 12.000 euros, por lo que cada multa ascendería a 133.630 euros (267.260 euros en total).

Para Javier Parada las dos sanciones alcanzan un importe de 3.000 euros cada una, o 6.000 en total.

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