Diferencias entre: Prejubilación y jubilación anticipada

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08/09/2020 - 20:03
Trabajadores antes de la jubilación

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La edad ordinaria de jubilación en España es de 67 años, o 65 años cuando se acrediten 38 años y 6 meses de cotización. Desde el 1 de enero de 2013, la edad se está elevando gradualmente desde los 65 hasta alcanzar, a partir del año 2027, los 67 años.

En el 2020, la edad exigida es 65 años, si se tienen cotizados 37 o más años, o 65 años y 10 meses si se acreditan cotizados menos de 37 años.

El sistema de Seguridad Social ofrece la posibilidad de que el trabajador se jubile antes de cumplir la edad ordinaria de jubilación.

La posibilidad de anticipar la edad para jubilarse puede ser por la propia voluntad del trabajador, o por motivos ajenos a su voluntad. Pero entre los motivos ajenos a la voluntad del trabajador se encuentra el despido colectivo por causas económicas.

¿Qué indica la Ley al respecto de la jubilación?

La reforma legislativa última se llevó a efecto en España por imperativo europeo. El objetivo era mejorar el sistema de pensiones, acompasando la capacidad económica para el pago de las pensiones al crecimiento de la esperanza de vida.

Esta reforma reconoce la diferencia entre jubilación anticipada forzosa (de los 63 a los 65 años) y la otra como anticipada voluntaria (de los 61 a los 63 años ).

También, esta reforma puso la atención en los años cotizados por el trabajador. A día de hoy se necesitan 35 años cotizados para poder pedir la jubilación anticipada voluntaria, y para acceder a ella de forma no voluntaria son necesarios 33 años de cotización.

En cuanto a la jubilación anticipada se trata de una situación regulada por la Seguridad Social, y otra cuestión distinta es la prejubilación, en este caso es la empresa y trabajador los implicados en un pacto  particular de condiciones concretas.

En el caso de estar jubilado de forma anticipada, o si estás prejubilado, no estarás trabajando en ninguno de los dos casos, ya que es el fin último de cualquier tipo de retiro o jubilación. Sin embargo, el cauce por el que se ha llegado a esa meta final es totalmente diferente, debido al itinerario que se ha decidido tomar.

Sobre la prejubilación

La prejubilación empezó a hacerse efectiva en los años ochenta. Fue el momento en el que la crisis en algunos sectores profesionales provocó que se tuviera que reducir plantilla en muchos casos y esta fue una de las soluciones encontradas. De esta manera la empresa podía reducir personal y sueldos, y el trabajador no era despedido del todo sino que seguía cobrando una cantidad mensual hasta jubilarse.

Actualmente, en España no existe una edad legal para poder prejubilarse, se debe tener en cuenta sin embargo, los requisitos para llevar a efecto este procedimiento laboral.

Principalmente, lo que define a la prejubilación es que es una situación regulada de forma privada entre un trabajador y la empresa para la que presta servicios. Hay por lo tanto diferentes tipos de prejubilación, según cada empresa haya querido o no incluir esta posibilidad u ofrecérsela a sus trabajadores. 

Vamos a tratar algunas diferencias con respecto al caso anterior. Y es que, la jubilación anticipada produce una reducción de la cuantía de la pensión.

Desde el momento en que se activa la jubilación se aplicará, por cada trimestre o fracción de trimestre, un coeficiente reductor en función de los años cotizados por el trabajador.

  • Un coeficiente del 1,875% por trimestre cuando se acredite un período de cotización inferior a 38 años y 6 meses.
  • Un coeficiente del 1,75% por trimestre cuando se acredite un período de cotización igual o superior a 38 años y 6 meses e inferior a 41 años y 6 meses.
  • Un coeficiente del 1,625% por trimestre cuando se acredite un período de cotización igual o superior a 41 años y 6 meses e inferior a 44 años y 6 meses.
  • Un coeficiente del 1,5% por trimestre cuando se acredite un período de cotización igual o superior a 44 años y 6 meses.

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