El Ingreso Mínimo Vital subirá hasta un 3% en el 2022

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13/10/2021 - 12:13
El IMV y las pensiones mínimas y no contributivas suben un 3%

Lectura fácil

Según el proyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado (OGE), el Ingreso Mínimo Vital (IMV) y las pensiones mínimas y no contributivas subirán un 3% en 2022. Para los más vulnerables, el Gobierno dotará con 4.436 millones de euros. Se trata de la segunda subida del IMV, tras la revalorización del 1,8% de 2021, por su vinculación con este tipo de pensiones.

La cuantía de esta ayuda depende del número de personas que integran la unidad familiar y de los ingresos que percibe dicha unidad familiar

Con la subida del 3 % del Ingreso Mínimo Vital, son 800.000 personas las que se verán beneficiadas, siempre teniendo en cuanto el número de personas que integran la unidad familiar y los ingresos que esta recibe. Estas cuantías varían en función del tipo de unidad familiar. Según la Seguridad Social, “la cuantía del Ingreso Mínimo Vital para el beneficiario individual o la unidad de convivencia será la diferencia entre la renta garantizada y el conjunto de rentas e ingresos de tales personas, siempre que la cuantía resultante sea igual o superior a 10 euros mensuales”.

Una vez dado estos datos, las cuantías del Ingreso Mínimo Vital para el año 2022 tras aplicar la subida del SMI serán las siguientes.

Cuantías de la renta garantizada en 2022. Unidad no monoparental

  • Un adulto: 484,03 euros.
  • 2 adultos: 629,24 euros.
  • 2 adultos y 1 menor o 3 adultos: 774,45 euros.
  • 2 adultos y 2 menores, 3 adultos y 1 menor o 4 adultos: 919,66 euros.
  • 2 adultos y 3 o más menores, tres adultos y 2 o más menores, o 4 adultos y 1 menor: 1.064,87 euros.

Cuantía de la renta garantizada en 2022. Unidad monoparental

  • 1 adulto y 1 menor: 735,73 euros.
  • 1 adulto y dos menores: 880,94 euros.
  • 1 adulto y 3 o más menores: 1.026,15 euros.

Requisitos para acceder al Ingreso Mínimo Vital

  1. Los beneficiarios individuales o miembros de una unidad de convivencia deben tener residencia legal y efectiva en España de forma continuada e ininterrumpida durante al menos el año anterior a presentar la solicitud. Existen excepciones por motivos de adopción, víctimas de trata de seres humanos y de explotación sexual y mujeres víctimas de violencia de género.
  2. Estar en situación de vulnerabilidad económica.
  3. No se considera en situación de vulnerabilidad económica la persona beneficiaria individual que sea titular de un patrimonio, sin incluir la vivienda habitual, valorado en un importe igual o superior a tres veces la cuantía correspondiente de renta garantizada por el ingreso mínimo vital. En 2021: 16.917,60 euros.
  4. Una novedad, para solicitar el IMV se debe tener en cuenta los ingresos transcurridos durante el año en curso. Antes computaban las pérdidas durante los últimos 12 meses, ahora queda anulado.
  5. Haber solicitado las pensiones y prestaciones a las que pueda tener derecho, en los términos que se fijen. No se incluyen los salarios sociales, rentas mínimas de inserción y ayudas de asistencia social.
  6. Reducción de 3 a 2 los años de vida independiente para los menores de 30 años que quieran acceder al Ingreso Mínimo Vital. Antes, para aquellos de entre 23 y 29 se exigía haber vivido independizados durante al menos los tres ejercicios anteriores.

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