Un nuevo Convenio produce más beneficios para los trabajadores españoles y estadounidenses

EmailFacebookTwitterLinkedinPinterest
10/04/2024 - 18:00
Firma del Convenio entre la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, y la embajadora en España de Estados Unidos, Julissa Reynoso

Lectura fácil

El método de cálculo de las pensiones españolas mejorará gracias al nuevo convenio entre la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, y la embajadora de Estados Unidos en España, Julissa Reynoso, suscribieron este lunes el reciente Convenio de Seguridad Social entre España y Estados Unidos.

Durante el evento, la ministra enfatizó que el acuerdo "beneficiará a los trabajadores de ambas naciones" y expresó su esperanza de que "facilite la movilidad laboral internacional entre España y Estados Unidos". Además, señaló que "se implementa con el principal propósito de favorecer el tránsito de trabajadores asegurados en ambas jurisdicciones".

El convenio impulsa la movilidad laboral internacional

Asimismo, resaltó que "tras treinta y seis años desde la firma del primer convenio, estamos dando un paso adelante en el fomento de la movilidad laboral internacional, lo cual, sin duda alguna, será un factor clave para seguir impulsando nuestra actividad económica bilateral".

El acuerdo bilateral inicial fue suscrito en 1986 y comenzó a regir a partir del 1 de abril de 1988, lo que posibilitó que "durante más de tres décadas, los trabajadores de España y Estados Unidos pudieran desempeñar sus labores económicas de manera más eficiente y con una protección ampliada".

Reformas en los cálculos de las pensiones

Las principales modificaciones introducidas en el nuevo texto afectan, en primer lugar, al método de cálculo de las pensiones españolas de Seguridad Social, las cuales resultarán más ventajosas. De ahora en adelante, se realizarán dos cálculos de pensión. El primero considerará exclusivamente las cotizaciones realizadas en España, mientras que el segundo añadirá el tiempo cotizado en Estados Unidos.

Se compararán ambos cálculos y se abonará el que resulte más favorable. Anteriormente, si se tenía derecho a una pensión únicamente con las cotizaciones en España, se recibía esa prestación sin la posibilidad de realizar el segundo cálculo que incluyera las cotizaciones en Estados Unidos, incluso si este último hubiera resultado en una cantidad mayor.

Beneficios para los trabajadores

También con el convenio se ha optimizado el cálculo de la base reguladora de las prestaciones al totalizar las cotizaciones tanto de España como de Estados Unidos. Esto se fundamenta en las bases de cotización reales anteriores al último día de trabajo en España. Esta modificación es especialmente ventajosa para aquellos individuos que concluyen su vida laboral en Estados Unidos, sin perjudicar a aquellos que hayan trabajado en España justo antes de solicitar la prestación.

Otra innovación se refiere a la ampliación del ámbito de aplicación del Convenio para incluir en el régimen de clases pasivas del Estado a los regímenes de funcionarios civiles y militares. Esto implica que aquellas personas que hayan cotizado en España en dicho régimen pueden beneficiarse de mejoras en sus derechos de pensión.

Por último, el Convenio introduce mejoras en la movilidad de los trabajadores por cuenta propia y amplía el período de desplazamiento, tanto para autónomos como para trabajadores por cuenta ajena, hasta los 5 años, con posibilidad de prórroga por 2 años adicionales en circunstancias excepcionales, sujeto a autorización por la autoridad competente.

Añadir nuevo comentario