¿Qué cartas te pueden llegar de Hacienda? ¿Qué debemos hacer cuando recibamos la notificación?

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10/07/2022 - 13:30
La importancia de las cartas de Hacienda

Lectura fácil

Existen muchas ocasiones en las que el correo de nuestro buzón puede traer una sorpresa. Sí, estamos hablando de las cartas de Hacienda. En estas ocasiones, el organismo manda una notificación directa por algún asunto de seriedad, por lo que es importante saber qué hacer cuando esto ocurra.

¿Cuáles son los tipos de notificaciones que Hacienda te puede enviar?

A todos nos ha pasado alguna vez de ver una notificación de Hacienda en nuestro buzón y comenzar a sudar por la frente, y no es para menos. Tal y como explican desde TaxDown, si un ciudadano recibe lo que se conoce como un requerimiento, debe asumir que el organismo alberga alguna que otra sospecha acerca de un incumplimiento en materia fiscal.

Esto quiere decir que estamos ante un asunto delicado al que hay que responder con mucha rapidez.

Lo más común, según los especialistas, es que al recibir esa notificación el organismo nos reclame cierta documentación para investigar acerca de una posible incidencia o irregularidad fiscal. En la mayoría de los casos el requerimiento suele llegar por vía postal, aunque en otras ocasiones puede hacerlo a través del correo electrónico.

A pesar de eso, el requerimiento de la famosa Agencia Tributaria será diferente dependiendo de la situación de cada ciudadano, por lo que existen distintas cartas, entre ellas:

  • Una carta informativa donde Hacienda envía una información al contribuyente.
  • Un requerimiento donde se advierte al contribuyente de que la información que consta en su base de datos no concuerda con la que ha enviado.
  • Una resolución de un proceso que estaba abierto.
  • Una propuesta de liquidación cuando Hacienda cree que se debe modificar una información considerada errónea.
  • Una providencia de apremio donde Hacienda insta al contribuyente a pagar una deuda pendiente con un plazo de pagos que debe cumplir.
  • Un inicio de una investigación de inspección.
  • Una diligencia de embargo cuando se contrae una deuda con proveedor.
  • Un expediente sancionador donde se confirma al contribuyente que ha cometido una infracción fiscal.

¿Qué debemos hacer en caso de que nos llegue una carta así?

Independientemente al tipo de carta de la que se trate, lo más importante es saber mantener la calma y actuar de la mejor forma posible.

Desde TaxDown informan al público de que lo primero que deben hacer es no evitar la recepción de la carta de Hacienda, todo lo contrario: debemos aceptar la carta cuanto antes para confirmar su llegada y poder iniciar las medidas pertinentes.

Una vez que conozcamos el contenido de la carta, debemos enviar la respuesta a la Agencia Tributaria. Para ello se contará con un plazo de diez días hábiles y se puede hacer a través de varias formas:

  1. En la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria si se posee un certificado digital o un DNI electrónico y aportando el Código Seguro de Verificación que aparece en la notificación.
  2. De forma presencial en una oficina de la Agencia Tributaria, pidiendo cita a través de la Sede Electrónica, la aplicación móvil o por teléfono.
  3. Por correo postal.

Una vez que el contribuyente responda, la Agencia Tributaria tiene un plazo de seis meses para responder.

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