La incapacidad permanente absoluta puede no ser para toda la vida

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28/12/2022 - 12:32
Así funciona la incapacidad permanente

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Dentro de nuestro sistema estatal, se contemplan una serie de normativas de protección, que en general suponen una prestación económica pensada para hacer frente a situaciones complejas, como quedarse en paro o ante una incapacidad permanente absoluta. Esta última, supone la imposibilidad de poder desempeñar cualquier tipo de trabajo que pueda suponer una retribución económica, y por tanto, se pierde por completo la posibilidad de percibir ingresos.

Esto puede darse por diversos factores como una lesión o enfermedad que nos genere una incapacidad permanente. Para que estas personas no se vean desprotegidas, desde la Seguridad Social se facilitan estas contribuciones económicas, que equivalen al 100 % de la base reguladora, al entender que la incapacidad para trabajar ha sido por causa mayor. Sin embargo, existen algunos casos en los que es posible llegar a perder estas prestaciones

Es posible perder la incapacidad permanente absoluta

Existen algunas cuestiones a tener en cuenta con respecto a la incapacidad permanente absoluta. La primera de ellas es que puede llegar a ser compatible con alguna que otra actividad laboral. Obviamente, esta deberá estar perfectamente justificada y ser aprobada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Pero no es lo único que puede llegar a sorprendernos de este tipo de regulación, también está la posible pérdida de la prestación.

"Una incapacidad permanente absoluta se puede perder, sobre todo, si la persona deja de estar limitada para desempeñar cualquier trabajo", explica la compañía experta en temas laborales 'CampmanyAbogados', para el medio digital Tododisca. En este sentido, también señalan que la persona puede pasar por distintos procesos que lleven a revertir esta situación. Por ejemplo, si la persona sufre un empeoramiento de su situación, puede pasar a una 'Gran Invalidez', otro título con otros requerimientos y prestaciones.

Por el contrario, si la persona con incapacidad permanente, pasa por un revisión de su caso y se entiende que la incapacidad se ha reducido, esto supondría pasar de una pensión que comprende el 100 % de la base reguladora, a tan solo un 55 %. Por supuesto, las posibilidades para poder acceder al mercado laboral serán menos restringidas que en el primer caso y esto de alguna manera compensaría la pérdida de ingresos del Estado.

Cuando te retiran la incapacidad

En el caso de que desde el INSS se considere que el grado de incapacidad ha cambiado viéndose menguada, y se cambie de posición, el o la afectada, podría llegar a presentar una reclamación en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la fecha de resolución de la nueva situación. Puede hacerse de forma personal o con la colaboración de un abogado.

Sin embargo, la reclamación no es garantía, ya que el Instituto Nacional de la Seguridad Social podría desestimarlo. Si realmente se tiene claro que aún se cuenta con una incapacidad permanente absoluta, se puede seguir con la reclamación a través de la vía judicial, aunque en este caso sí que es más que recomendable contar con el apoyo y asesoramiento de un abogado experto en la materia.

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