Realizar un testamento válido sin la presencia del notario

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24/09/2022 - 13:30
Persona realizando su testamento

Lectura fácil

El testamento es ese documento/procedimiento legal que se encarga de garantizar el cumplimiento de las últimas voluntades respecto al reparto de bienes de un fallecido.

El caso, es que cada vez son más las personas que deciden adelantar este trámite y formalizarlo, con el objetivo de dejarlo hecho antes del adiós al mundo de los vivos.

El caso, es que si ese documento no se realiza siguiendo los pasos que vamos a nombrar hace que la ley sea quien determine a quién corresponde las pertenencias y bienes del fallecido.

Testamento, maneras de formalizarlo sin el notario

El caso, es que si queremos hacer el testamento en papel no tiene validez, pero debemos de saber que no hay que dejarlo pasar con el fin de evitar futuros problemas.

Esta claro que la palabra testamento va muy relacionada con los notarios, pero debemos de conocer que hay una forma para realizarlo sin tener que contar con la presencia de estos expertos.

Así que no pierdas detalle porque estos son los requisitos respecto cómo hacer que el documento sea válido. Pero antes de nada debemos de decir que su nombre específico es el de testamento ológrafo.

Se trata de un documento manuscrito por parte del testador y que no cuenta con la intervención de testigos y que está regulado por el Código Civil en su artículo 68.

Pero para que dicho documento pueda ser aceptado, tiene que hacerse de la manera correcta, y cumplir esta serie de requisitos:

  • Ser mayor de edad.
  • El documento tiene que estar hecho íntegramente por el testador, de su puño y letra. Será nulo si está escrito con ordenador o incluso redactado por otra persona en nombre del testador
  • Tiene que incluir su firma, así como el día, mes y año en el que se ha hecho.
  • Preferencia texto limpio. El Código Civil indica que si hay palabras tachadas o enmendadas, el testador las tiene que rectificar bajo su firma.

El procedimiento para poder obtener la validez pública

Para que el documento sea válido a ojos de la ley, tiene que notificarse en un margen de 10 días después de haber fallecido el testador y tras eso, presentarlo ante notario, en un plazo máximo de cinco años.

El último paso es necesario para que se pueda formalizar el acta de protocolización, que es lo que da la validez pública al testamento.

A partir de ahí, el notario justifica la identidad del testamento y levanta un acta de notoriedad. En el caso de que el juez lo rechace, la ley reparte los bienes.

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