¿Cómo se calcula la baja laboral por contingencias comunes?

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12/07/2023 - 16:03
la baja laboral por enfermedad

Lectura fácil

Todos podemos tener accidentes. Ya sea laborales u otros que tengan más que ver con nuestra vida privada. Tampoco estamos libres de enfermedades, desde un resfriado común, pero que nos puede echar a la cama, a otras situaciones más complejas. Para hacer frente a todas ellas, los trabajadores por cuenta ajena, tienen el derecho de solicitar una baja laboral temporal, o incapacidad temporal, para recuperarse de lo ocurrido, y seguir percibiendo una parte del salario habitual.

El dinero que seguimos percibiendo, a pesar de estar de baja laboral, es un derecho recogido en la Ley General de la Seguridad Social, que por otro lado también es la entidad que se encarga de registrar y calcular el importe que nos corresponde percibir cuando nos encontramos en esta situación. Existen diferentes causas por las que podemos acceder a este derecho y serán estas mismas las que regulen la cantidad y la forma en la que cobraremos ese dinero.

Consideraciones para cobrar la baja laboral

Desde la Sede electrónica de la Seguridad Social, se explica que la prestación por baja laboral consiste en "un subsidio diario que cubre la pérdida de rentas del trabajador producida por enfermedad común o accidente no laboral, enfermedad profesional o accidente de trabajo y los períodos de observación por enfermedad profesional". La cuantía de este subsidio será "equivalente a un tanto por ciento sobre la base reguladora".

Estos porcentajes dependerán de las causas que hayan generado esa baja laboral. Una de las causas más comunes y que es muy probable que nos haya afectado a alguno en al menos una ocasión, son las que se conocen como 'contingencias comunes', y tienen que ver con aquellos casos en los que hemos tenido un accidente fuera de nuestro entorno y horario laboral, así como enfermedades comunes como puede ser un resfriado, un esguince de tobillo mientras hacíamos footing o incluso un infarto.

Cabe destacar que existen algunos mínimos para recibir la prestación por baja laboral. Por ejemplo, en el caso de tener una gripe que nos ha tenido incapacitados por un día, no podremos cobrar la prestaciones, ya que no empieza a percibirse a partir del cuarto día de incapacidad. Esto cambia si hemos tenido un accidente laboral, ya que en este caso empezamos a cobrar desde el primer día.

Por otro lado, si nuestra baja por contingencias comunes dura hasta 20 días, cobraremos el 60 % de la base reguladora, es decir, "el resultado de dividir el importe de la base de cotización del trabajador en el mes anterior al de la fecha de iniciación de la incapacidad por el número de días a que dicha cotización se refiere", según la Seguridad Social. Si nuestra baja se extiende más de estos 20 días, empezaremos a cobrar el 75 % sobre la base.

Algunas diferencias

Los criterios antes mencionados son los generales, por lo que no siempre se aplicarán a todos de la misma forma. Existen algunos convenios colectivos en los que se recoge la capacidad de poder cobrar hasta un 100 % de la base reguladora. Por otro lado, también es importante tener en cuenta que la baja laboral no es indefinida y cuenta con periodos máximos, concretamente de 360 días. A partir de este plazo se debe evaluar la situación del trabajador.

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