El Tribunal Supremo permite la aplicación del mínimo por discapacidad en el IRPF con certificados distintos del Imserso

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24/03/2023 - 08:14
El Tribunal aprueba la discapacidad dentro del IRPF

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El Tribunal Supremo ha resuelto, en una sentencia emitida recientemente, que la contribuyente tiene derecho a la reducción del impuesto correspondiente al mínimo por discapacidad. El certificado del Imserso es el documento que acredita oficialmente el grado de discapacidad de una persona y se utiliza para solicitar la reducción del IRPF. 

El Tribunal permite un mínimo por discapacidad con certificados distintos al IMSERSO 

El Tribunal Supremo ha avalado la aplicación del mínimo por discapacidad en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de una contribuyente, que obtuvo el reconocimiento de una discapacidad del 77 % posteriormente a los ejercicios impositivos en los que aplicó la reducción.  

El tribunal ha rechazado la posición de la AEAT que mantenía que el grado de discapacidad solo podía acreditarse a través de los certificados o resoluciones expedidos por el Imserso o por el órgano competente de las comunidades autónomas.  

Según el Tribunal Supremo, los certificados del Imserso son la vía más segura y eficiente para demostrar la discapacidad y su graduación, pero no son la única. Asimismo, ha destacado que la restricción del derecho fundamental a utilizar los medios de prueba pertinentes respecto a la discapacidad constituiría una evidente restricción del derecho fundamental que la Administración está obligada a proteger y garantizar mediante un decidido compromiso. 

La Administración se convierte en algo esencial 

En este caso particular, los jueces del Tribunal Supremo han criticado a la Hacienda por no considerar los informes médicos presentados por una mujer con discapacidad, la cual también estaba inscrita en el Imserso, al solicitar el mínimo por discapacidad en su declaración de impuestos.  

El tribunal afirma que es necesario un justo equilibrio entre los intereses de la comunidad y el respeto de los derechos y libertades de las personas con discapacidad, tal como se establece en la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. 

Además, la administración pública, incluida la Hacienda, tiene la obligación de desempeñar un papel activo en la defensa y protección de las personas con discapacidad, como se establece en el artículo 49 de la Constitución española.  

El tribunal también ha enfatizado que la negación del mínimo por discapacidad vulnera el principio de capacidad económica si se puede demostrar la situación real de discapacidad, lo cual fue el caso de la contribuyente en cuestión. 

Críticas hacia la AEAT por no valorar informes médicos de contribuyente con discapacidad 

La sección de tributario del Tribunal Supremo ha criticado a la AEAT por no valorar los informes médicos presentados por una contribuyente con discapacidad al solicitar la reducción del impuesto sobre la renta.  

Según el tribunal, la AEAT debería tener un papel activo en la defensa y protección de las personas con discapacidad, así como quienes están inscritos en el Imserso.

Por otro lado, el tribunal ha destacado que el no reconocimiento del mínimo por discapacidad vulnera el principio de capacidad económica, si se demuestra la real situación de discapacidad. En este caso concreto, la contribuyente presentó informes médicos que confirmaban su discapacidad, lo que debería haber sido suficiente para obtener la reducción del impuesto. 

En cuanto a las opiniones, existe una gran variedad de ellas, ya que muchos aseguran que se trata de un beneficio para muchas personas del Imserso y que cuentan con un cierto grado de discapacidad. Aun así, muchas opiniones se oponen.

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