Queda prohibida la comercialización del tabaco calentado que contenga aromas o sabores

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17/01/2024 - 14:05
El tabaco calentado es dañino

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El tabaco calentado se encuentra en el punto de mira del Gobierno. Seguramente este término le resulte novedoso, y no es para menos, ya que se ha decidido ir introduciéndolo para hacer referencia a un tipo de tabaco en específico que es novedoso. Esto se debe a que no se trata de un cigarrillo electrónico como se puede llegar a pensar. De hecho, desde la web oficial del Ministerio de Sanidad, se describe a este como un tabaco específico que se calienta electrónicamente, hasta temperaturas de 400ºC.

El tabaco calentado también se diferencia del cigarrillo electrónico porque no lleva ningún tipo de líquido, sino que más bien contiene tabaco procesado, ya sea en polvo o picado. Teniendo claras estas diferencias, el Consejo de Ministros ha aprobado recientemente que tanto su fabricación, como la presentación y comercialización estarán también reguladas. Entre las disposiciones más polémicas se encuentra la prohibición de sabores y aromas en estos.

El tabaco calentado cuenta con su propia regulación y prohibiciones

El tabaco calentado se encuentra regulado dentro de otros productos del mismo tipo, como vapeadores y cigarrillos eléctricos. Sin embargo, debido al impacto en la salud de estos productos en específico, se ha aprobado la modificación del Real Decreto 579/2017 de 9 de junio, por el que se regulaban este tipo de productos, para ir en línea con la normativa europea actual, en la Directiva Europea 2022/2100 sobre este tipo de tabaco.

Con esta modificación, que entrará en vigor dentro de tres meses, quedará totalmente prohibida la comercialización y producción de tabaco calentado que incluya algún tipo de aditivo para dar sabor o aroma. Además, también deberá contar con un cartel de advertencia y los prejuicios sobre la salud, al igual que los paquetes de tabaco convencionales. También deberá incluir un mensaje visible que diga que: "El humo del tabaco contiene más de 70 sustancias cancerígenas".

De momento la normativa no se aplicará sobre aquellos productos sin nicotina. Sin embargo, desde el Ministerio de Sanidad han asegurado que seguirán estudiando estos productos, siguiendo los hallazgos científicos sobre estos y su implicación para la salud, tanto en lo referente a la generación de adicciones a estas sustancias como al impacto en la salud general de la persona, teniendo especial cuidado en el entorno de los jóvenes.

Aromas y sabores

Aunque parezca que la prohibición de introducir aromas y sabores en el tabaco calentado es nuevo, lo cierto es que no lo es, ya que la normativa regulatoria de producción y comercialización de tabaco impide que aromas o sabores se incluyan en filtros, papeles de fumar, envases o cápsulas.

Según las cifras oficiales, la edad de inicio en el tabaco es a los 14 años, y muchos ya lo hacen directamente a través de cigarrillos electrónicos o de tabaco calentado. Cada año mueren en España cerca de 63.000 personas por causas estrechamente relacionadas con el tabaco, de las cuales 13.000 tienen menos de 65 años, según los datos ofrecidos por la Sociedad Española de Epidemiología.

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