Calendario del contribuyente: Estas son las obligaciones fiscales del 2022

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23/01/2022 - 13:30
Cálculo de impuestos.

Lectura fácil

La Agencia Tributaria ha puesto a disposición de todos los contribuyentes el calendario con las obligaciones fiscales para este 2022, que incluye las autoliquidaciones que son de obligada presentación, según el tipo de impuesto. 

Así, contempla la obligatoriedad de presentar la autoliquidación anual, para personas físicas, empresarios individuales, profesionales autónomos y sociedades. También las declaraciones trimestrales para autónomos y sociedades y las autoliquidaciones tributarias mensuales.

Empieza un nuevo año fiscal y, con él, nuevas obligaciones fiscales a las que hacer frente

Es más, para algunas empresas, los primeros meses del año pueden ser cruciales. La normativa tributaria de España prevé una serie de deberes que van desde presentar modelos hasta trasladar información determinada a la Agencia Tributaria y que las compañías deben al comienzo del año si quieren beneficiarse de incentivos determinados o regímenes especiales.

Si hablamos de empresas, sus obligaciones fiscales son las siguientes:

  • Obligaciones censales. Para empezar, las sociedades que registraron un volumen de operaciones en 2021 superior a seis millones de euros tienen de plazo hasta finales de enero de 2022 para comunicar a la Administración fiscal su consideración como 'gran empresa' a efectos tributarios (si es que no lo tuvieran reconocido previamente).

Del mismo modo, las grandes compañías que hayan experimentado un descenso en su volumen de operaciones durante el pasado ejercicio por debajo de esta cuantía (seis millones de euros) deberán comunicar esta situación a la Agencia Tributaria para que dejen de tener la consideración de 'gran empresa' a efectos fiscales, lo que implica volver a presentar sus declaraciones con una periodicidad trimestral.

  • Impuesto sobre sociedades. Las organizaciones con un importe neto de la cifra de negocios menor a seis millones de euros y si tienen sus pagos fraccionados tienen hasta el día 28 de febrero de 2022 para optar por calcular sus pagos a cuenta por el 'método de la base'. Las sociedades con ingresos superiores a seis millones deben comunicar su consideración fiscal de 'gran empresa'
  • IVA. Una obligación cuyo plazo expira a finales de enero de 2022. En esta última declaración de liquidación, se podrá solicitar, en su caso, la devolución del saldo que los contribuyentes tuvieran a su favor a 31 de diciembre del recién terminado año.
  • Impuesto sobre la electricidad
  • Impuestos locales

Estas son las obligaciones más importantes para el resto de contribuyentes en 2022

El primer mes del año siempre es uno de los más costosos al estar repleto de obligaciones fiscales. Ya el jueves 20 de enero, los contribuyentes presentaron los siguientes modelos para la autoliquidación de estos tributos, dependiendo de los que les correspondan:

  • IVA: comunicación de incorporaciones del mes de diciembre de 2021 a través del modelo 039 para trabajadores autónomos y empresas. 
  • Renta y sociedades: las retenciones e ingresos a cuenta de los rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta. Dependiendo de las declaraciones se utilizará el modelo 111 o 115.

Asimismo, el lunes 31 de enero deberá presentar la información relacionada con los siguientes tributos:

  • Declaración Informativa de Certificaciones Individuales Emitidas a los Socios o Partícipes de Entidades de Nueva o Reciente Creación: modelo 161.
  • Declaración de donativos, donaciones o aportaciones recibidas y disposiciones realizadas: modelo 182
  • Declaración de planes, fondos de pensiones, sistemas alternativos, mutualidades de previsión social, planes de previsión asegurados, planes individuales de ahorro sistemático, planes de previsión social empresarial y seguros de dependencia: modelo 345.
  • Impuesto sobre determinados servicios digitales: modelo 490.
  • Autoliquidación IVA. Pago fraccionado: modelo 303.
  • Declaración recapitulativa de todo el año anterior en IVA: modelo 390. 
  • Declaración para autoliquidación del pago fraccionado a cuenta del IRPF: modelo 130 o 131.
  • Declaración del resumen anual de las retenciones ejecutadas en el IRPF a los trabajadores o a otros autónomos: modelo 190.

Hasta el 21 de febrero de 2022:

  • IVA. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: modelo 349.
  • IVA. Operaciones asimiladas a las importaciones: modelo 380.

Hasta el 28 de febrero de 2022:

  •  Declaración anual de operaciones con terceras personas: modelo 347. 
  • Autoliquidación de IVA de enero de 2022: modelo 303.

Hasta el 21 de marzo de 2022:

  • Impuesto sobre las transacciones financieras: modelo 604.
  • IVA. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: modelo 349.
  • IVA. Operaciones asimiladas a las importaciones: modelo 380.

Hasta el 30 de marzo de 2022:

  • Autoliquidación de IVA de febrero de 2022: modelo 303.

Hasta el 31 de marzo de 2022:

  • Declaración sobre bienes y derechos en el extranjero del 2021: modelo 720.

El 6 de abril de 2022 comienza el plazo para la presentación telemática de la Declaración de la Renta y Patrimonio, que finaliza el 27 de junio de 2022 para las declaraciones con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta. 

Hasta el 20 de abril de 2022:

  • Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: 349.
  • Operaciones asimiladas a las importaciones: 380.
  • Primer trimestre 2022. Autoliquidación: modelo 303.
  • Primer trimestre 2022. Declaración-liquidación no periódica: modelo 309.
  • Declaración de las retenciones a cuenta del IRPF practicadas durante el trimestre a trabajadores, profesionales o empresarios: modelo 111.
  • Declaración de las retenciones practicadas por alquileres por empresas y autónomos: modelo 115.
  • Pagos fraccionados Renta del primer trimestre de 2022: modelos 130 o 131.
  • Declaración tributaria donde se liquida y paga el pago a cuenta del Impuesto de Sociedades: modelo 202.

El 5 de mayo de 2022 comienza el plazo para poder presentar por teléfono la declaración de la Renta correspondiente al ejercicio económico de 2021 y finaliza el 30 de junio de 2022. 

Hasta el 20 de mayo de 2022:

  • Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: 349.
  • Operaciones asimiladas a las importaciones: 380.

Hasta el 30 de mayo de 2022:

  • Autoliquidación IVA de abril de 2022: modelo 303.

El 1 de junio de 2022 comienza el plazo para la presentación presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria de la declaración de la Renta de 2021. Un plazo que finaliza el 30 de junio de 2022.

Hasta el 20 de junio de 2022:

  • Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: 349.
  • Operaciones asimiladas a las importaciones: 380.

Hasta el 27 de junio de 2022: este día finaliza el plazo para presentar la declaración de la Renta de 2021 con resultado a ingresar a cuenta.

Hasta el 30 de junio de 2022:

  • Autoliquidación de IVA del mes de mayo de 2022: modelo 303.
  • Finalización del plazo para presentar la declaración de la Renta del ejercicio 2021.

Hasta el 20 de julio de 2022:

  • Autoliquidación del segundo trimestre de 2022. IVA: modelo 303.
  • Declaración para pagar las retenciones de IRPF de las nóminas de los trabajadores y facturas de profesionales: modelo 111.
  • Declaración y liquidación de las retenciones del IRPF practicadas en el pago de sus alquileres a lo largo del trimestre: modelo 115.
  • Pagos fraccionados Renta del segundo trimestre de 2022: modelos 130 o 131.
  • Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: 349.
  • Operaciones asimiladas a las importaciones: 380.

Hasta el 25 de julio de 2022:

  • Declaración anual del impuesto de sociedades: modelo 200. 

Hasta el 30 de agosto de 2022:

  • Autoliquidación IVA de julio de 2022: modelo 303.

Hasta el 20 de septiembre de 2022:

  • Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: 349.
  • Operaciones asimiladas a las importaciones: 380.

Hasta el 20 de octubre de 2022:

  • Declaración de las retenciones a cuenta del IRPF practicadas durante el trimestre a trabajadores, profesionales o empresarios: modelo 111.
  • Declaración de las retenciones practicadas por alquileres por empresas y autónomos: modelo 115.
  • Autoliquidación del IVA tercer trimestre de 2022: modelo 303.
  • Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: modelo 349.
  • Declaración-liquidación no periódica sobre el tercer trimestre de 2022: modelo 309.
  • Pagos fraccionados de la Renta: modelos 130 o 131.
  • Declaración tributaria del Impuesto de Sociedades: modelo 202.

Hasta el 7 de noviembre de 2022: Ingreso del segundo plazo de la declaración anual de 2021, si se fraccionó el pago: modelo 102.

Hasta el 21 de noviembre de 2022:

  • Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: 349.
  • Operaciones asimiladas a las importaciones: 380.

Hasta el 30 de noviembre de 2022:

  • Autoliquidación del IVA de octubre 2022: modelo 303.

Hasta el 20 de diciembre de 2022: 

  • Impuesto de Sociedades: modelo 202.
  • Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: 349.
  • Operaciones asimiladas a las importaciones: 380.

Hasta el 30 de diciembre de 2022:

  • Autoliquidación de IVA de noviembre de 2022: modelo 303.

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