El Tribunal Supremo reconoce el derecho de un padre al famoso permiso de lactancia, independientemente de que la madre no trabaje

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15/07/2022 - 08:10
El Tribunal reconoce el permiso de lactancia a un padre

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La Sala Cuarta del Tribunal Supremo ha dado un paso más allá en los padres e hijos, y ha reconocido el derecho a un padre sobre el permiso de lactancia, independientemente de que el otro progenitor, la madre, no trabaje.

Un permiso regulado en el Estatuto de los Trabajadores

En la actualidad son muchos los permisos que se ofrecen a los padres cuando tienen a sus hijos, sobre todo en el aspecto laboral, ya que es más complicado salir adelante. Hasta ahora hemos podido ver distintos permisos hacia los padres, destacando el de baja por maternidad, paternidad o permiso de lactancia.

Sin embargo, este último permiso sobresale en la figura de la mujer, como es lógico, pero esta vez ha ido más allá y también ha llegado hasta el padre.

La Sala Cuarta del Tribunal Supremo ha reconocido el derecho de un padre al permiso de lactancia, con independencia total de que el otro progenitor, en este caso, la madre, no trabaje y pueda encargarse de atender al menor.

Este problema ocurrió el pasado mes de octubre de 2018, cuando un trabajador solicitó el disfrute de este permiso y la empresa se lo denegó señalando que la madre del menor no trabajaba, por lo que ella misma podría encargarse del cuidado de este.

Este permiso se encuentra regulado en el artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores y señala que, en los supuestos de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, las personas que trabajen tienen derecho a una hora de ausencia del trabajo. Esta ausencia se puede dividir en dos fracciones, aunque el cuidado será hasta que el menor cumpla nueve meses.

El permiso de lactancia para cualquier progenitor del menor

Ante esta decisión judicial, el Tribunal Supremo quiso aclara que el permiso de lactancia puede disfrutarse por cualquier progenitor del menor de nueve meses, incluso antes de que el Estatuto de los Trabajadores se modificara en el 2019. Los derechos de los progenitores son totalmente independientes.

Esta sentencia fijada en el artículo 37.4 insiste en que la Ley no impone que sea la madre quien disfrute del permiso de lactancia, ni que desaparezca cuando uno de los titulares carece de actividad laboral.

Por otro lado, los magistrados refuerzan el carácter “individual” del permiso de y reconocen que la referencia a que este permiso “solo podrá ser ejercido por uno de los progenitores en caso de que ambos trabajen” legitima para su disfrute a cualquiera de ellos, aunque el otro no desarrolle actividades de carácter lucrativas, y con independencia de si puede encargarse de atender al niño.

Las profesionales sanitarias contarán con 28 días hábiles del permiso

En cuanto a las profesionales sanitarias de los servicios de salud autonómicos, todas contarán con 28 días hábiles de permiso de lactancia. De esta manera podrán amamantara su hijo y no abarcar los días libres que haya entre los días laborables.

En la sentencia se indica que “en aras de la conciliación familiar, lo esencial es disponer de un tiempo libre durante la jornada laboral con el fin de cuidar a los menores”. Por eso, esa jornada laboral, continua, debe entenderse en días laborales, ya que también existen los naturales, donde se tiene que trabajar obligatoriamente.

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