Los bancos se lían con la recuperación de la capacidad jurídica de las personas con discapacidad

EmailFacebookTwitterLinkedinPinterest
18/01/2023 - 09:59
Esto es lo que ocurre con la capacidad jurídica y las cuentas bancarias de personas con discapacidad

Lectura fácil

Representantes de la Fiscalía especializados en Personas con Discapacidad y Mayores se han puesto en contacto con aquellos bancos que han bloqueado o han comunicado su intención de bloquear las cuentas de personas con discapacidad que han recuperado su capacidad jurídica.

Este colectivo ha recuperado su capacidad jurídica tras la reforma de la legislación civil en esta materia, por lo que hay que explicarles a las entidades bancarias que estas cuentas deben seguir activas.

La razón es que la nueva legislación prevé “un período transitorio de tres años en que los tutores podrán seguir ejerciendo sus mismas funciones, aunque se les aplicará la regulación del curador representativo”, según explicaron a Servimedia fuentes de esta sección de la Fiscalía General del Estado.

La falta de información sobre la recuperación de dicha capacidad jurídica, ha conllevado este problema de gran envergadura

Dado que la reforma de la legislación civil y procesal en lo referente a la capacidad jurídica acaba con las antiguas figuras de la tutela, la patria potestad prorrogada o la prodigalidad, algunos bancos han pedido a personas con discapacidad que acudiesen al juzgado para que su situación fuese revisada con el argumento de que “de lo contrario, se verían obligados a bloquearles las cuentas".

Varias familias así lo han denunciado, y otras muchas explicaron que el ingreso de las prestaciones de dependencia ha sido bloqueado por el mismo motivo.

Debido a ello, la Fiscalía intervino y se puso en contacto con estas entidades. Explicó que son los juzgados los que deben actuar de oficio a fin de revisar tal situación y que, según la reforma, disponen de tres años para ello.

Es decir, “el tutor sigue con plenas funciones, pero le será de aplicación la regulación del curador representativo” que sí aparece en el nuevo texto legal, aclararon.

Por otro lado, las mismas fuentes apuntaron que “se están dando casos de personas con discapacidad menores de edad que tenían cuenta conjunta con sus padres y que, al cumplir los 18 años, ven bloqueado el pago de sus prestaciones por parte de las administraciones autonómicas mientras no dispongan de una cuenta individual.

En opinión de la fiscalía, “estas distintas situaciones se deben al desconocimiento de la ley”, cuyo espíritu va en la línea de reconocer la capacidad jurídica de todas las personas, tal como establece la convención de Naciones Unidas sobre los derechos de este colectivo.

Para ello pone fin a la incapacitación jurídica y a instituciones tales como la tutela, y en su lugar propone la adopción de “apoyos individualizados” en función de las características individuales de cada persona, para que sean estas las que tomen sus propias decisiones, volviendo a contar con su capacidad jurídica, siempre con los apoyos y recursos que precisen.

La confederación Plena inclusión España, que agrupa a 950 organizaciones de personas con discapacidad intelectual y a sus familias, coincide con la fiscalía en que “el desconocimiento de la ley por parte de los servicios jurídicos de algunas instituciones bancarias” está detrás de “estas malas interpretaciones”.

La petición de revisión por parte de los bancos puede llevar a que el sistema se colapse, sin motivos

“Las personas con discapacidad intelectual y del desarrollo y sus familias suelen tener que hacer frente a muchos costes extra, y para muchas de ellas, adelantar tanto dinero hasta que les desbloqueen la cuenta y puedan ingresarles la prestación resulta inasumible”, apuntó la coordinadora del área jurídica de la confederación, Inés de Araoz.

Por otro lado, desde la Fiscalía especializada en Personas con Discapacidad y Mayores indicaron que los nuevos apoyos “no tienen por qué establecerse siempre en sede judicial, pues si la persona está correctamente atendida en su medio social y familiar, no necesita ir al juzgado para constituir ningún apoyo judicial estable”.

Al fin y al cabo, la recuperación de la capacidad jurídica y el desarrollo de la mayor autonomía de las personas con discapacidad es un cambio en la ley que nos incumbe a todos, para hacer de este mundo un lugar justo y accesible.

Añadir nuevo comentario