Tres meses para elegir al nuevo presidente de la RFEA

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28/08/2020 - 14:47
Las elecciones de la Federación de Atletismo se celebrarán el 28 de noviembre

Lectura fácil

La Junta de Gobierno de la Real Federación Española de Atletismo (RFEA) mantuvo una reunión digital durante el fin de semana pasado la convocatoria de elecciones a la presencia del organismo, que se celebrarán el 28 de noviembre de 2020. La RFEA ha dejado cerrado su calendario desde este lunes, momento en el que se convocaron las elecciones. El 21 de octubre serán los comicios a la asamblea y el 28 de noviembre se elegirá al presidente y a la comisión delegada, informó el organismo a Europa Press.

Las ayudas a los atletas seguirán adelante pese a las elecciones

"Durante este periodo el sistema de ayuda seguirá plenamente vigente para los atletas que consiga los criterios de acceso, mantenimiento o mejora de las ayudas. Esta disposición estará condicionada a la disposición presupuestaria de la RFEA para el ejercicio 2020 y 2021", informa la RFEA.

En otras cuestiones, la Federación aprobó el nuevo Reglamento de Trail Running, que ha sido "ajustado acorde con el desarrollo de la especialidad, y que se implementará junto con una Guía de Medidas de Impacto ambiental y un Manual de Organización específico", añadió la RFEA.

Orlando Ortega durante los Mundiales de Doha 2019 / Última Hora
Orlando Ortega durante los Mundiales de Doha 2019 / Última Hora

¿Quiénes votarán en las elecciones de la Real Federación Española de Atletismo (RFEA)?

Están llamados a votar los miembros de la Asamblea General de la RFEA. Pero… ¿Quiénes son? El primero es el presidente de la RFEA o de una Comisión Gestora, los diecinueve presidentes de las Federaciones Territoriales. El resto de los miembros (142) son miembros a elegir, según la siguiente distribución por Estamentos:

  • Sesenta y seis (66) representantes del Estamento de Clubes por circunscripciones autonómicas o agrupada conforme a lo dispuesto en el artículo 3.
  • Diecisiete (17) representantes del Estamento de Clubes serán elegidos por y entre quienes se encuentren incluidos entre los 25 primeros clasificados en el Ranking de Clubes conjunto categoría absoluta (hombres y mujeres) de la RFEA, en circunscripción estatal. Los clubes que no deseen ser adscritos a este cupo deberán comunicarlo a expresamente a la RFEA
  • Cuarenta (40) representantes del Estamento de Atletas a distribuir entre las circunscripciones autonómicas o agrupada (conforme a lo dispuesto en el artículo 3).
  • Once (11) serán elegidos por y de entre quienes ostenten la condición de Deportistas de Alto Nivel en la fecha de aprobación del censo inicial. Los Deportistas de Alto Nivel que no deseen ser adscritos a este cupo deberán comunicarlo a la Federación.
  • Veintidós (22) representantes del Estamento de Entrenadores, formando circunscripción estatal.
  • Seis (6) un se elegirán por y de entre los entrenadores que entrenen a Deportistas de Alto Nivel en la fecha de aprobación del censo inicial. Los entrenadores de deportistas de alto nivel que no deseen ser adscritos a este cupo deberán comunicarlo a la Federación.
  • Diez (10) representantes del Estamento de Jueces, formando circunscripción estatal.
  • Cuatro (4) representantes de Otros Colectivos, formando circunscripción estatal, de los que 3 serán representantes del colectivo de Organizadores y 1 será representante del colectivo de Representantes de Atletas.

¿Quiénes son los integrantes de la Junta Electoral de la RFEA?

Titulares

  • Alejandra Domínguez
  • Javier Arqués
  • Manuel Lalinde Móstoles

Suplentes

  • Elena Arranz
  • Ana Ballesteros
  • Jose Lasa

¿Cómo funciona a Junta Electoral de la RFEA?

Este órgano será convocado por su presidente. Sino, será convocada por cualquiera de los miembros de la Junta Electoral. En caso de imposibilidad de asistencia de algún miembro titular, deberá ser sustituido por alguno de los suplentes. De cuantas sesiones celebre la Junta Electoral, se realizará el Acta correspondiente. Los acuerdos se notificarán individualizadamente a los afectados. Por motivos de operatividad y seguridad las reuniones de la Junta Electoral podrán realizarse por vía telemática en aras de facilitar el proceso electoral.

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