¿Son las vacaciones una causa justificada para no acudir a una mesa electoral si somos convocados?

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05/06/2023 - 12:25
Formar parte de una mesa electoral

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El anuncio del presidente Pedro Sánchez de adelantar las elecciones generales al 23 de julio, ha tomado por sorpresa a la gran mayoría de españoles y ha levantado muchas voces críticas por ser una fecha especialmente sensible en lo que se refiere a las vacaciones de verano de la mayoría de ciudadanos. Algo que trae dudas y temores, sobre todo en lo referente a tener que participar en una mesa electoral y las consecuencias que esto podría suponer si tenemos vacaciones preparadas.

El temor surge principalmente porque la elección de los tres participantes de una mesa electoral, más sus suplentes, se hace a través de sorteo público y nadie está libre de esta obligación. A estas alturas, muchos de nosotros ya tenemos las vacaciones de verano organizadas e incluso los billetes comprados, por lo que es normal que surjan ciertas dudas como ¿Qué pasa si me convocan a una mesa para las elecciones generales y tengo las vacaciones organizadas?

Elecciones generales en verano: ¿Cómo me afecta?

Como ciudadanos, está entre nuestras obligaciones y derechos, el ejercer libremente nuestro voto, sobre todo si se tratan de elecciones generales. Que estas nos pillen en plenas vacaciones tiene una solución relativamente sencilla: el voto por correo. Una opción que ya se encuentra disponible desde que la fecha fue anunciada y recogida oficialmente en el Boletín Oficial del Estado, así que si tienes pensado salir fuera el 23 de julio es tu momento para solicitarlo.

Sin embargo, otras obligaciones no son tan sencillas de resolver, como la de tener que participar en una mesa electoral. Aunque tiene obligatoriedad, al tratarse de una selección completamente aleatoria, también se toman en cuenta algunas excepciones por las que podríamos librarnos de forma totalmente justificada de participar en una mesa electoral. Entre ellas se encuentran algunas como:

  • Tener más de 65 años
  • Haber realizado un cambio de nuestra residencia habitual de forma permanente
  • Madres en periodo de lactancia
  • Eventos familiares de especial relevancia e inaplazables

“No, las vacaciones no son causa”, advierte Francisco José Díaz Revorio, catedrático de Derecho Constitucional y experto en Derecho Electoral y Parlamentario, en una entrevista ofrecida al medio digital Newtral.es. La lista de los supuestos pertenece a la instrucción de la Junta Electoral Central aprobada en el 2011 y el único punto que puede generar alguna duda sobre nuestra participación en una mesa electoral es el que hace referencia a los "eventos familiares".

Más detalles

Concretamente, el punto 2.1. de esta instructiva de causas justificadas a faltar a tu mesa electoral recoge que: “la concurrencia el día de la elección de eventos familiares de especial relevancia, que resulten inaplazables o en los que el aplazamiento provoque perjuicios económicos importantes, siempre que el interesado sea el protagonista o guarde con éste una relación de parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad”.

Para el experto en derecho electoral, este supuesto haría referencia a eventos como un bautizo, un funeral o bodas, pero las vacaciones quedarían fuera de lo planteado. Díaz explica que varios de los elementos de las vacaciones, como las reservas de un hotel, pueden ser reembolsables y que no suponen un evento excepcional. Así que ya sabes, mejor reserva las vacaciones reembolsables por si te toca acudir a una mesa electoral ese día.

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