El Juzgado de lo Penal número 8 de Madrid absuelve a Villarejo

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26/01/2021 - 11:24
Villarejo absuelto por el Juzgado de lo Penal número 8 de Madrid

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El ex comisario José Manuel Villarejo ha sido absuelto por el magistrado del Juzgado de lo Penal número 8 de Madrid. El que fuera policía fue acusado de un delito de calumnias y denuncias falsas contra el director del Centro Nacional de Inteligencia (CNI), Félix Sanz Roldán. Esta resolución todavía no es 100 % firme y, por tanto cabe la interposición de algún recurso en la Audiencia Provincial de Madrid.

El ministerio público mantuvo la petición de un año de cárcel para Villarejo

El ministerio público mantuvo la petición de un año de cárcel a José Manuel Villarejo por los actos anteriormente expuestos. Este ha sido el primer juicio al que se ha enfrentado el ex comisario que lleva tres años en prisión provisional.

El delito de calumnias tenía que ver con unas declaraciones hechas por Villarejo en el programa 'Salvados' de laSexta en el que dijo que Sanz Roldán había amenazado de muerte a la amiga de don Juan Carlos Corinna Larsen.

Corinna Larsen, la amiga de don Juan Carlos declaró por vía telemática

La crisis del Covid – 19 nos ha privado de vivir muchos hechos noticiosos. Uno de ellos es este, ver a Corinna Larsen entrando al Juzgado a declarar en persona. Larsen ha expuesto su declaración por vía telemática desde Londres donde reside. En su declaración como testigo confirmó que le contó a Villarejo las amenazas que, según ella, había recibido de Sanz Roldán y le explicitó que se sentía aterrorizada. Por su parte Sanz Roldán dijo en la vista que jamás amenazó a la empresaria.

El ex comisario Villarejo escondido tras un maletín / El País
El ex comisario Villarejo escondido tras un maletín / El País

¿Qué ha explicado el juez para emitir el veredicto en favor de Villarejo?

El juez ha explicado que el delito de injurias solo se produce sobre las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y sobre el Ejército. Al no considerar al Centro Nacional de Inteligencia en ninguno de esos dos rangos, el delito no existe. Las personas jurídicas de derecho público, amplía la sentencia, no son titulares del derecho al honor y la defensa de su imagen pública, que debe ejercerse por otros cauces que no son los de la protección del derecho al honor.

En cuanto a las denuncias falsas, el juez explica que cuando se expusieron los hechos, aquellos no eran constitutivos de delito. Establece la sentencia, además, que el honor de Sanz Roldán “no se vio afectado” por la interposición de la denuncia, puesto que el juzgado ni siquiera le dio traslado de la misma. Para ser condenado por denuncia falsa, añade, Villarejo habría tenido que formular la denuncia con expreso desprecio de la verdad, pero en el momento de su presentación, el ex comisario estaba convencido de que la filtración de la fotografía partió del CNI, dice la sentencia.

Villarejo no inventó ninguna operación secreta

Para emitir el veredicto a favor del ex comisario, el juez ha declarado que Villarejo no fraguó nunca ninguna operación secreta. Además, el juez asegura que “no es su cometido averiguar de quién partió la filtración y señala también que no se ha podido acreditar la autoría de la fotografía dado que se trataba de una “operación, al parecer, secreta, lo cual de alguna forma refuerza la idea de que el acusado tenía algún motivo para pensar o que a la postre expuso en la denuncia”.

La absolución se basa en que “ni el acusado obró con conciencia de imputar hechos falsos, ni tampoco incurrió en un temerario deprecio hacia la verdad, pues no parece como totalmente absurdo, descartable o fruto de la particular ideación del acusado el relato de hechos que expuso en la denuncia”.

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