Podemos facturar sin ser autónomos, pero tenemos que cumplir estos requisitos

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28/06/2023 - 17:55
Los autónomos

Lectura fácil

Emprender de por sí no es una tarea sencilla. Los costes, la inversión inicial y la incertidumbre de éxito son las principales barreras con las que hay que lidiar. Además de esto, el hacerlo de forma legal constituyendo una empresa o integrándose en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social (RETA), también puede traer algunas desventajas, costes y dificultades añadidas. Obviamente hacerlo es obligatorio.

Sin embargo, existen algunos casos en los que podemos evitar la famosa cuta de autónomos o el pago de elevados impuestos al principio de nuestra actividad o si ésta cumple algunas características que permiten que no sea necesario pasar por estos trámites legales, sin que esto puede legar a suponernos problemas con Hacienda, como multas u otras sanciones que llegan si ejercemos un tipo de actividad económica no regulada.

Requisitos para no necesitar ser autónomos si tenemos ingresos extra

Con la actual situación económica de inflación e incertidumbre, muchas personas buscan generar ingresos extras en su economía doméstica y se animan a emprender con pequeños negocios alternativos, sobre todo aquellos que están dirigidos a pequeñas ventas o servicios que se prestan de forma extra. Cuando se trata de actividades tan pequeñas, que en su mayoría están compatibilizadas con otro trabajo, darse de alta como autónomos es complicado.

Pero, ¿Cuáles son este tipo de actividades y qué requisitos debo cumplir para no tener problemas legales más adelante?:

Que no se trate de una actividad habitual

Desde la Seguridad Social nos explican que, si prestamos pequeños servicios, que no realizamos de forma reiterada en el tiempo, no necesitamos hacernos autónomos y podemos emitir una factura como 'freelance'. Por ejemplo, si eres contable y trabajas por cuenta ajena, y realizar un asesoramiento a alguien externo de forma puntual, puedes facturarle ese servicio. Sin embargo, si ofreces ese mismo servicio de forma recurrente a la misma persona, la cosa cambia.

No tener ingresos mayores al Salario Mínimo Interprofesional

Otro de los requisitos para poder ejercer un trabajo facturado, sin necesidad de integrarnos en el Régimen de Autónomos, es el de no superar unos ingresos de 1.080 euros mensuales. Aunque no aparece recogido específicamente en ninguna ley, prácticamente todas las sentencias judiciales, no consideran que haya obligación de integrarse en el RETA con ingresos inferiores a esta cifra.

Nadie se libra de Hacienda

Aunque hayas decidido realizar actividades menores y que cumplen con los requisitos anteriores, puedes eximirte de formar parte de los autónomos, pero no de Hacienda. Para evitar problemas legales, es necesario que te des de alta en Hacienda a través del modelo 036 y 037. No tiene ningún tipo de coste, pero es un trámite necesario. Si tu actividad perdura en el tiempo, tendrás que declarar el IVA así como el IRPF. Una vez hayas dejado de facturar o quieras cesar tu actividad, debes proceder a darte de baja.

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