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El mes de agosto es, para muchos ciudadanos y empresas, sinónimo de desconexión y vacaciones. Sin embargo, la actividad administrativa no se detiene del todo, lo que genera dudas y confusiones sobre el funcionamiento de los trámites y los plazos durante el periodo estival.
Este artículo aclara cómo opera la administración pública en agosto, despejando mitos y ofreciendo recomendaciones prácticas para evitar sorpresas desagradables.
Desmitificando agosto en la administración
Contrariamente a lo que ocurre en el ámbito judicial, donde agosto es tradicionalmente un mes inhábil, la administración pública sigue funcionando con normalidad. Esto significa que, aunque muchos ciudadanos se tomen vacaciones, los plazos administrativos siguen su curso.
La confusión entre el régimen procesal judicial y el administrativo es habitual, pero es fundamental distinguirlos para evitar errores que puedan tener consecuencias legales.
Diferencias entre regímenes procesales y administrativos
Según la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA) y la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), agosto es inhábil para el cómputo de plazos judiciales. Sin embargo, en la vía administrativa común, agosto es un mes completamente hábil para trámites. Esto implica que los ciudadanos pueden recibir notificaciones, presentar solicitudes, recurrir resoluciones y cumplir con trámites administrativos durante este mes.
La disparidad entre ambos regímenes genera incertidumbre y puede llevar a los administrados a perder derechos por desconocimiento, especialmente en materia de alegaciones y recursos. Por ello, es esencial estar atentos a los plazos y no dar por hecho que agosto es un mes “muerto” para la administración.
Ejemplos prácticos de cómputo de plazos
Imaginemos que una empresa recibe una notificación administrativa el 1 de agosto, concediéndole un plazo de 10 días para presentar alegaciones. En este caso, el plazo no se suspende durante agosto, sino que se computa de forma continua. Si el ciudadano o la empresa no actúan dentro del plazo, pueden perder la oportunidad de defender sus intereses.
Otro ejemplo: un particular debe presentar una solicitud de ayudas antes del 31 de agosto. Aunque sea verano, el plazo finaliza ese día y no se prorroga por el periodo estival.
Recomendaciones para ciudadanos y empresas ante trámites en agosto
Para evitar problemas, es recomendable:
- Consultar siempre los plazos administrativos y no asumir que agosto es inhábil.
- Estar atentos a las notificaciones electrónicas, ya que la administración está cada vez más digitalizada y muchas comunicaciones se realizan por vía telemática.
- Utilizar los portales electrónicos para realizar trámites y consultas, ya que están disponibles las 24 horas, incluso en verano.
- Contar con asesoramiento profesional en caso de dudas sobre plazos o procedimientos.
El impacto de la digitalización en los trámites estivales
La transformación digital de la administración pública ha permitido que muchos trámites puedan realizarse en cualquier momento y desde cualquier lugar. En 2023, las inversiones en digitalización superaron los 8.000 millones de euros, y la mayoría de los procedimientos ya pueden gestionarse de forma telemática. Esto facilita la vida a ciudadanos y empresas, especialmente durante el verano, cuando la movilidad puede verse reducida.
Además, las recientes reformas normativas, como la Ley 6/2024 de simplificación administrativa, buscan crear portales únicos para la tramitación unificada, lo que simplifica aún más la gestión administrativa.
Agosto no es un mes inhábil para la administración pública. Los plazos administrativos siguen su curso y es fundamental estar atentos para no perder derechos. La digitalización y la simplificación de procedimientos han facilitado la gestión, pero la información y la atención a los plazos siguen siendo clave. Este artículo pretende ser una guía práctica y actualizada para ayudar a ciudadanos y empresas a navegar por la administración pública durante el verano.
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