Comienza una semana decisiva para la regulación del teletrabajo

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21/09/2020 - 09:17
Una profesora de educación infantil prepara los contenidos para su próxima clase a distancia / Europa Press

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El Gobierno previsiblemente aprobará el martes día 22 de septiembre la nueva regulación del teletrabajo, que no entrará en vigor de forma inmediata y que tendrá varias aspectos clave como la necesidad de firmar un acuerdo con el empleado que vaya a trabajar a distancia y la obligación del empresario de pagar los gastos en los que pueda incurrir.

El trabajo a distancia en España, tal y como consta en el último borrador de la ley de regulación del teletrabajo, afectará a los empleados que, al menos, trabajen el 30 % de su jornada de esta forma.

En abril de este año, y según la encuesta realizada por Eurofond, un 30,2% de las personas empleadas en España aseguraba haber comenzado a teletrabajar a raíz de la situación creada por la pandemia.

El teletrabajo a distancia será voluntario y reversible

El acuerdo para la regulación del teletrabajo entre empresa y trabajador deberá firmarse en un plazo de tres meses y, como decíamos, el trabajador tendrá derecho al abono de los gastos relacionados con los equipos, herramientas y medios vinculados al desarrollo de su actividad laboral.

El gran punto de conflicto que hay aún entre Gobierno, patronal y sindicatos es el relativo a si la normativa debe aplicarse sobre aquellas empresas y trabajadores que hayan implementado el teletrabajo a raíz del “carácter preferente” que se impuso al comienzo del confinamiento.

La ley de regulación del teletrabajo quiere evitar discriminaciones entre los empleados que desempeñan sus tareas en el puesto de trabajo y aquellos que lo hacen a distancia. Por ello, establece igualdad de trato entre trabajadores y teletrabajadores. Los empleados que presenten sus servicios a distancia tendrán los mismos derechos y no podrán sufrir perjuicio en ninguna de sus condiciones laborales, incluyendo retribución, estabilidad en el empleo, tiempo de trabajo, formación y promoción profesional.

La empresa, por su parte, podrá “adoptar las medidas que estime más oportunas de vigilancia y control” para verificar el cumplimiento de los trabajadores de todas sus obligaciones y deberes laborales, pero con la debida consideración a su dignidad.

La ley tendrá un periodo transitorio de un año -que podría ser ampliado en negociación colectiva hasta un máximo de tres años- para la aplicación de la norma a las relaciones laborales que ya estuvieran reguladas por un acuerdo o convenio colectivo y que no prevean un periodo de vigencia.

Estas son las principales claves ante la regulación del teletrabajo cuya ley podría ver la luz muy pronto en el Consejo de Ministros:

1. Días de teletrabajo: para que un trabajador pueda acogerse a la normativa de teletrabajo deberá realizar a distancia un 30% de su jornada semanal durante un periodo de tres meses, es decir, al menos dos días a la semana.

2. Acuerdo: el cumplimiento de estas tasas obliga a la empresa a firmar un acuerdo individual con cada trabajador en un plazo de tres meses.

3. Costes: el trabajador tendrá derecho al abono de los gastos relacionados con los equipos, herramientas y medios vinculados al desarrollo de su actividad laboral. Deberá establecerse un mecanismo para determinar y compensar o abonar los gastos vinculados al teletrabajo en el convenio colectivo o en un acuerdo entre la empresa y la representación legal de los trabajadores.

4. Voluntariedad y reversibilidad del teletrabajo: el trabajo a distancia será voluntario para la persona trabajadora y para la empresa, así como reversible.

5. Teletrabajo extraordinario: el gran punto de conflicto que hay aún entre Gobierno, patronal y sindicatos es el relativo a si la normativa debe aplicarse sobre aquellas empresas y trabajadores que hayan implementado el teletrabajo derivado del carácter preferente que se impuso al comienzo del confinamiento.

6. Igualdad de trato entre trabajadores y teletrabajadores.

7. Control empresarial: la empresa podrá "adoptar las medidas que estime más oportunas de vigilancia y control" para verificar el cumplimiento de los trabajadores de todas sus obligaciones y deberes laborales.

8. Entrada en vigor: la ley tendrá un periodo transitorio de un año.

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