El programa de subvenciones de la Junta de Extremadura ayuda a mejorar la accesibilidad vertical con un apoyo financiero de hasta el 80 %

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27/02/2024 - 08:08
Extremadura financia para la accesibilidad

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La Junta de Extremadura proporciona ayudas para instalar ascensores en edificios cuyos propietarios sean mayores de 65 años o tengan discapacidad, como parte del Plan Estatal Vivienda 2022-2025. Estas subvenciones buscan mejorar la accesibilidad de las viviendas.

La Junta de Extremadura ofrece ayudas destinadas a mejorar la accesibilidad de las viviendas

La Junta de Extremadura está ofreciendo un conjunto de ayudas dirigidas a la instalación de ascensores en edificios habitacionales, especialmente destinadas a propietarios que superen los 65 años de edad o que tengan alguna discapacidad. 

Estas ayudas están enmarcadas dentro del Plan Estatal de Vivienda para el período comprendido entre 2022 y 2025. El propósito principal de estas subvenciones es mejorar la accesibilidad de las viviendas, permitiendo así una mayor calidad de vida y facilitando la movilidad de las personas en situación de vulnerabilidad.

Las bases de estas ayudas detallan que el programa de mejora de ciertas zonas en las viviendas tiene como objetivo financiar una serie de acciones específicas que contribuyan a hacer los espacios habitacionales más accesibles. 

Ayudas para viviendas unifamiliares y edificios residenciales

Estas acciones incluyen intervenciones tanto en viviendas unifamiliares (ya sean aisladas o agrupadas) como en edificios residenciales colectivos, abarcando tanto los elementos comunes como los interiores de cada unidad habitacional. El programa se aplica tanto en entornos urbanos como rurales.

Dentro de las obras que pueden ser realizadas con estas ayudas para mejorar la accesibilidad, se encuentran:

  • Instalación de ascensores, salvaescaleras, rampas y otros dispositivos que faciliten el acceso a personas con movilidad reducida.
  • Implementación de automatismos para la apertura de puertas mediante mecanismos motorizados u otros dispositivos.
  • Dotación de productos de apoyo como grúas u otros artefactos que ayuden en la movilidad de las personas con discapacidad.
  • Incorporación de elementos de información, comunicación o aviso, como señales luminosas, visuales o sonoras, que orienten sobre el uso de escaleras, ascensores y el interior de las viviendas.
  • Instalación de productos de apoyo auditivo, como bucles magnéticos, para mejorar la accesibilidad en el entorno.
  • Implementación de dispositivos electrónicos de comunicación entre las viviendas y el exterior, como videoporteros que proporcionen información visual y auditiva.
  • Instalación de dispositivos de alarma en los ascensores que garanticen una comunicación visual, auditiva y bidireccional con el exterior en casos de emergencia o atrapamiento.
  • Integración de sistemas domóticos y otras tecnologías avanzadas que promuevan la autonomía personal de las personas mayores o con discapacidad.

Estas medidas buscan promover la inclusión y mejorar la calidad de vida de las personas con movilidad reducida o discapacidad, facilitando su acceso y movilidad dentro de sus propias viviendas y en la comunidad en general. La iniciativa refleja el compromiso de la Junta de Extremadura con la igualdad de oportunidades y la accesibilidad universal.

¿Cuál es la cuantía destinada a estas ayudas?

Las ayudas del programa para mejorar la accesibilidad en Extremadura están limitadas en cuanto a su cuantía. Para viviendas unifamiliares, la subvención máxima es de 12.500 euros por vivienda. En edificios residenciales colectivos, la cantidad varía: 9.000 euros por vivienda y 90 euros por metro cuadrado de local comercial o uso compatible.

Si hay residentes con discapacidad, las ayudas pueden aumentar hasta 15.000 euros, o 18.000 euros si la discapacidad es del 33 % o más. Además, para edificios o viviendas de interés cultural, se añaden 3.000 euros por vivienda.

El límite de la subvención es del 60 % del presupuesto protegido, pero puede llegar al 80 % si vive una persona con discapacidad o mayor de 65 años en la vivienda o edificio residencial.

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