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El Ministerio de Trabajo y Economía Social, liderado por Yolanda Díaz, ha puesto sobre la mesa de los agentes sociales una ambiciosa propuesta de Real Decreto. El objetivo central de esta iniciativa es reformar el Estatuto de los Trabajadores para extender el permiso por fallecimiento de familiares cercanos y establecer un nuevo permiso para el acompañamiento en cuidados paliativos. La medida busca humanizar las condiciones laborales en momentos de especial vulnerabilidad para el trabajador.
Permiso por fallecimiento de familiares: Más tiempo y flexibilidad
Una de las modificaciones más significativas se centra en el permiso por fallecimiento. La propuesta ministerial busca ampliar de dos a diez días hábiles el permiso por duelo cuando el deceso afecte al cónyuge, la pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (incluyendo a hermanos, abuelos y nietos).
La principal novedad, y un elemento clave para la conciliación, es la flexibilidad en el disfrute de este permiso por fallecimiento ampliado. Esos diez días hábiles podrán repartirse a lo largo de las cuatro semanas siguientes al deceso del familiar. Otra opción es que el periodo comience a contar desde la fecha en que se entreguen al trabajador los restos mortales de la persona fallecida.
En cuanto a los parientes hasta el segundo grado de afinidad (como suegros, yernos, nuera, cuñados, etc.), el permiso por fallecimiento se mantendría en dos días hábiles, aunque ampliables en dos días adicionales si el trabajador necesita desplazarse a otra localidad a causa del deceso. Es importante notar que el permiso por fallecimiento seguiría sin ser aplicable para parientes más lejanos, como tíos, primos, sobrinos o bisabuelos.
Permiso para cuidados paliativos: Hasta 15 días hábiles
La propuesta del departamento de Yolanda Díaz no solo aborda el duelo, sino que también introduce un novedoso permiso para cuidados paliativos que, según ha confirmado el Ministerio, tendrá una duración de hasta 15 días hábiles (excluyendo fines de semana y festivos). Este permiso por fallecimiento anticipado, que aplica a cónyuges, parejas de hecho y familiares de segundo grado de consanguinidad, podrá dividirse en dos períodos. La limitación es que solo podrá usarse una vez por paciente y durante un máximo de tres meses desde su concesión. Para acogerse a él, será indispensable que el trabajador presente un informe médico que justifique la situación de cuidados paliativos.
Además, los trabajadores que cuiden a familiares en situación paliativa podrán reducir su jornada de trabajo diaria hasta en un 50 % mientras dure la necesidad de cuidados.
Permiso para acompañamiento en eutanasia y otras medidas
Finalmente, el Ministerio también prepara un permiso especial de un día para el acompañamiento a una persona en el proceso de eutanasia. Lo fundamental en este caso es que la persona solicitante haya sido designada para acompañar al enfermo, independientemente de si tiene o no parentesco con él.
Estas modificaciones se sumarían al ya existente permiso retribuido de cinco días por accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica de familiares cercanos, reforzando la protección social en momentos difíciles. La vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz, ha justificado la medida argumentando que "Nadie puede ir a trabajar a dos días del fallecimiento de un padre, una madre o un hijo", aunque por el momento la propuesta encuentra la oposición de las organizaciones empresariales.
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