Las aseguradoras dan la espalda a los afectados en La Palma

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26/09/2021 - 08:30
La erupción volcánica llevándose por delante varias casas

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Las aseguradoras consideran que las erupciones volcánicas son eventos de fuerza mayor, además queda contemplado y regulado en el Código Civil, y hace referencia a circunstancias o eventos que son imprevisibles o inevitables.

Es decir, para los seguros se trata de un riesgo extraordinario, como lo son también las caídas de cuerpos siderales y aerolitos.

Es por ello que muchos de los afectados por la erupción del volcán de La Palma no cuentan con el respaldo de su seguro, si lo tienen, pero los expertos legales avisan de que hay mecanismos de compensación para cubrir esos daños materiales.

Aunque las aseguradoras no cubrirán estos daños materiales, existen mecanismos de compensación

De momento es pronto para poder saber y hacer el cálculo de los daños materiales que repercuten a los afectados por la erupción volcánica en La Palma.

Cabe destacar que aseguradoras como Mapfre informan de que "no cubren inundaciones extraordinarias, huracanes, tempestades, erupciones volcánicas, movimientos sísmicos, etc.".

Y esto se extiende a los seguros de Caser, donde excluyen “los siniestros ocurridos en caso de: incendios, inundaciones, terremotos, erupciones volcánicas, huracanes y otros fenómenos sísmicos y meteorológicos similares…”.

Desde Kennedys Law informan que es normal que las aseguradoras no metan estos eventos naturales por ser considerados como irresistibles o inevitables para el hombre, pero no imprevisibles.

El caso es que los científicos tenían vigilado al volcán Cumbre Vieja, y eran conscientes de que podía despertar como lo ha hecho, y una vez que comienza a escupir lava, ya es imposible de parar, y según Kennedys Law, el actual Derechos de Daños es alérgico a la imprevisibilidad.

Pero, aunque las aseguradoras ahora no cubran nada, el Real Decreto 300/2004 del 20 de febrero, que apruba el Reglamento del seguro de riesgos extraordinarios, los afectados pueden acogerse al Consorcio de Compensación de Seguros.

Se trata de un organismo que es una entidad publica adscrita al Ministerio de Economía y Hacienda al servicio del asegurador, y actúa de forma subsidiaria cubriendo a los asegurados en situaciones como las que se viven en La Palma.

Historia y funcionamiento del Consorcio de Compensación de Seguros

Este organismo nació en 1941 para dar respuesta a las pérdidas que se originaron por la Guerra Civil española, como un modelo original que combina la actuación pública y privada en la cobertura de ciertos riesgos.

“Supone la máxima expresión de la mutualización de riesgos catastróficos, en cuya virtud se crea un fondo común solidario nutrido por recargos de aplicación obligatoria a muchas de las pólizas de seguro que se pagan en España”, señalan los abogados.

Pero los expertos añaden que para que los afectados puedan acudir a este sistema de compensación contar con la contratación con alguna de las aseguradoras existentes.

Es decir, si el afectado no estaba al corriente de pago con el seguro podría tener problemas para cobrar la indemnización solicitada.

Es por ello que los expertos aconsejan tener un contrato con alguna las compañías de seguros existentes, y más cuando se vive en zonas anegables, sísmicas o volcánicas.

La solicitud se puede presentar por el propio asegurados o a través de las aseguradoras, y se recomienda hacerlo lo antes posible para que se inicie la tramitación. Respecto a la cuantía de la indemnización, el organismo se fija en la base la póliza contratada, por lo que tendrá en cuenta los bienes y capital asegurado que aparecen en ella y el resto de condiciones.

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