Cómo comprobar si tienes una multa de tráfico sin notificar

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14/02/2021 - 16:00
Policía poniendo una multa de tráfico / Imagen de Moto1Pro

Lectura fácil

Las multas de tráfico son un riesgo añadido a la conducción y, junto con otras sanciones administrativas, la DGT recaudó algo más de 94 millones de euros a lo largo del pasado 2020.

Es necesario estar atento a los cambios en las normas y, sobre todo, en los límites de velocidad o las restricciones de circulación ya que las modificaciones del reglamento siempre pillan a algún conductor despistado o desactualizado.

Pero, ¿qué pasa si tenemos una multa o una sanción a nuestro nombre pero no se nos ha notificado?

A veces las multas nos las merecemos… pero otras veces no, ni nos las esperamos

Si un agente te pone una muta, deberá ser notificada en el acto pero si se encarga un dron o un radar, la Administración dispone de entre 3 y 6 meses para comunicar la sanción al interesado dependiendo de la gravedad de la infracción.

En estos casos, si no sabes si te han puesto una multa o no, ¿cómo podemos comprobarlo? 

Las infracción, multas y otras notificaciones se publican, mediante un edicto, en el tablón electrónico TESTRAtambién en el llamado Tablón Edictal Único del BOE (TEU), desde donde se pueden consultar. Para acceder a esta plataforma es tan sencillo como entrar desde la sede online de la DGT o el Boletín Oficial del Estado, para lo que no es necesario disponer de DNI o firma electrónica.

Aparte, la Dirección Electrónica Vial es un buzón electrónico a través del cual se pueden recibir todas las notificaciones y comunicaciones de Tráfico con la misma validez jurídica que en papel pero a través del correo electrónico y el número de móvil. 

Para poder hacer uso de este servicio, es necesario contar con un DNI electrónico a la hora de darse de alta o modificar los datos. A la hora de comenzar a usar este servicio es necesario rellenar un formulario y depositarlo en una Jefatura de Tráfico, enviarlo por correo postal o través de una plataforma online. 

La Dirección Electrónica Vial es totalmente gratuita y solo llegan a este buzón online los avisos relacionadas con Tráfico. Una vez que se ha avisado al usuario de una nueva notificación, este dispone de 10 naturales para abrirla y consultarla. 

Si no estás conforme con una multa de tráfico siempre puedes hacer alegaciones para demostrar que los hechos no ocurrieron tal

Si estamos en lo cierto y una multa se ha puesto injustamente, es posible conseguir su anulación si así lo solicitamos. Para hacerlo no solo hay que conocer el proceso que debemos seguir para recurrirla, sino también es básico que conozcamos al detalle la Ley de Tráfico para confirmar que, efectivamente, lo que intentamos defender es correcto ante la DGT.

Además, es posible que aunque el motivo de la multa sea correcto, la multa pueda ser anulada si presenta algún defecto de forma. Es decir, algún dato en ella es incorrecto, como puede ser nuestro nombre, los apellidos o la matrícula del vehículo. Si falla algún número o alguna letra la multa puede ser echada para atrás si así lo reclamamos.

Si quieres recurrir una multa siempre has de hacerlo antes de proceder a su pago, ya que en tal caso se asumiría nuestra conformidad con la denuncia.

La DGT nos permite presentar una alegación ante una multa en el plazo de los 20 días naturales siguientes a su notificación. La notificación puede ser en mano en el momento de la infracción, en tu domicilio mediante correo postal o en tu Dirección Electrónica Vial (DEV). Si la DGT no consigue localizarte procederá a publicarla en el Tablón Edictal Único, momento en el que comenzarán a correr los 20 días de plazo.

Ten en cuenta que al interponer una alegación pierdes el derecho a “pronto pago” en el que se te descuenta el 50 % del importe, por lo que si tu recurso es desestimado deberás pagar el 100 % de la misma.

La alegación la podemos llevar a cabo por Internet, a través de la aplicación web de la DGT, donde nos deberemos de identificar previamente. Se nos solicitará el número del expediente sancionador y se nos informará si es admisible el recurso o no.

También lo podemos hacer por correo postal, enviando la documentación a la Jefatura de Tráfico que está tramitando la sanción, o bien al Centro de Tratamiento de Denuncias Automatizadas. O si no, nada te impide hacerlo de manera presencial en cualquier Jefatura u Oficina de Tráfico.

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