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La Dirección General de Tráfico (DGT) ha actualizado recientemente su normativa en materia de salud y conducción. Con el objetivo de aumentar la seguridad vial, se ha elaborado una lista de enfermedades y condiciones médicas que, a partir de ahora, pueden impedir o restringir la posibilidad de renovar o mantener el carnet de conducir.
Esta medida responde a la necesidad de proteger tanto a los propios conductores como al resto de los usuarios de la vía pública, ya que determinadas enfermedades pueden afectar la capacidad de reacción, la concentración y el control físico necesarios para manejar un vehículo de forma segura.
DGT actualiza la normativa
El objetivo principal de estas pruebas médicas es garantizar que solo las personas con capacidad física y mental para conducir puedan hacerlo. De hecho, se determina si existen dolencias o enfermedades que puedan comprometer la capacidad para conducir de forma segura.
En primer lugar, aquellos que quieran renovar el carnet deberán presentarse a un reconocimiento médico exhaustivo. Desde enero de 2025, todos los conductores deben someterse a evaluaciones médicas más rigurosas.
Por otro lado, la DGT ha establecido una lista de 35 enfermedades que pueden impedir la renovación del carnet, incluyendo enfermedades vasculares, cardíacas, psiquiátricas, neurológicas, endocrinas, respiratorias, oncológicas y otras patologías crónicas y degenerativas.
Este listado de enfermedades no es oficial, pero sirve para saber en qué casos es más complicado aprobar las revisiones médicas. «Es importante destacar que padecer ciertas enfermedades no implica automáticamente la pérdida del carnet de conducir», exponen desde la DGT.
Pese a ser un grupo de diversa tipología, la mayoría suelen potenciarse con el paso de los años. De esta forma, no se dará o renovará el carné a los pacientes de:
- Accidente isquémico transitorio.
- Alzheimer.
- Aneurisma de grandes vasos.
- Apnea del sueño.
- Arritmias.
- Crisis o pérdida de conciencia.
- Demencia o trastorno de ansiedad.
- Depresión.
- Desfibrilador automático.
- Diabetes mellitus insulinodependiente.
- Disección.
- Dolencias oncológicas.
- Enfermedades cardíacas.
- Enfermedades degenerativas, neurológicas y crónicas.
- Enfermedades digestivas.
- Enfermedades endocrinas.
- Enfermedades neurológicas.
- Enfermedades oncológicas.
- Enfermedades respiratorias
- Epilepsia.
- Esclerosis lateral amiotrófica
- Hipotiroidismo y paratiroides.
- Infarto agudo de miocardio.
- Marcapasos.
- Nefropatía con diálisis.
- Parkinson.
- Problemas vasculares.
- Prótesis valvulares.
- Trasplante renal.
- Trastorno de la personalidad.
- Trastorno del desarrollo intelectual.
- Trastorno obsesivo-compulsivo.
- Trastorno por déficit de atención con hiperactividad (TDAH).
- Trastornos del sueño.
- Trastornos oncohemáticos.
Principales enfermedades que limitan la conducción
Entre las condiciones médicas que ahora limitan la conducción se incluyen enfermedades neurológicas como la epilepsia no controlada, enfermedades cardiovasculares graves, problemas de visión severos y trastornos psiquiátricos importantes.
También se consideran afecciones como la diabetes mal controlada, ya que puede provocar episodios de hipoglucemia que afecten a la capacidad de reacción. Los trastornos del sueño, como la apnea obstructiva severa no tratada, también figuran entre las patologías que podrían restringir la renovación del permiso de conducción.
Cada caso será evaluado de manera individualizada, pero la normativa establece criterios estrictos para garantizar que solo las personas en condiciones óptimas puedan conducir de manera segura.
Evaluaciones médicas y renovación del carnet
Con la nueva normativa, será obligatorio presentar informes médicos específicos en determinados casos para renovar el carnet de conducir. Estos informes deberán ser emitidos por especialistas acreditados y confirmar que la enfermedad está bajo control y no representa un riesgo para la conducción.
Los centros de reconocimiento médico también han reforzado sus protocolos de evaluación, incluyendo más pruebas y entrevistas para detectar condiciones que antes podían pasar desapercibidas. La intención es prevenir accidentes provocados por pérdidas súbitas de consciencia, visión o reflejos.
En caso de que un conductor no supere los nuevos requisitos, podrá perder el derecho a renovar su licencia o, en algunos casos, obtener un permiso restringido condicionado a controles médicos periódicos.
Consecuencias de incumplir la normativa
Conducir sin cumplir las condiciones médicas exigidas por la DGT puede acarrear sanciones importantes, incluyendo multas elevadas, la retirada del carnet e incluso responsabilidades penales en caso de accidente.
Es fundamental que los conductores sean conscientes de esta nueva normativa y actualicen su situación médica en los plazos establecidos. No hacerlo no solo pone en riesgo su vida, sino también la de otras personas en la carretera.
La DGT recuerda que la seguridad vial es responsabilidad de todos, y que mantenerse informado y actuar con responsabilidad es esencial para reducir el número de accidentes en las carreteras españolas.
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