Las pensiones congeladas frente a la edad de jubilación

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02/01/2020 - 09:09
La nómina de las pensiones se queda congelada en enero.

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Los jubilados comenzarán el año con sus nóminas congeladas. Y es que el Gobierno en funciones ha preferido esperar a formar un nuevo Gobierno para revalorizar las pensiones. Está claro que el actual escenario no es el deseado para la jubilación, pero lo cierto es que muchos pensionistas no se creen las verdaderas intenciones del Ejecutivo socialista.

De este modo, Sánchez incumple su promesa electoral de subir un 0,9 por ciento las rentas de los pensionistas en diciembre. 

En 2011, el Gobierno de Zapatero emprendió la última gran reforma de las pensiones, que aumentó la edad de jubilación de 65 a 67 años. Se elevaba también el número de años cotizados que se tienen en cuenta para calcular la cuantía de las pensiones, de los últimos 15 años de vida laboral a los últimos 25. Una serie de cambios que tendrían su impacto de manera progresiva.

Así las cosas, los que quieran jubilarse a lo largo de este año con el 100 por cien de la pensión tendrán que tener cumplidos los 65 años y diez meses. Desde el pasado 2019, la edad iría elevándose dos meses cada año hasta 2027, cuando se sitúe en 67 años.

Las claves de la jubilación

Este retraso, que se aprueba con carácter general, tiene sus excepciones. Los trabajadores que acumulan una larga vida laboral podrán retirarse con su pensión íntegra a los 65 años siempre y cuando tengan cotizados más de 37 años. Por cada ejercicio se aumenta ese periodo en tres meses hasta llegar a 2027. Ya ese año, quien desee retirarse a los 65 deberá contar con una cotización de, al menos, 38 años y seis meses.

Este 2020 también cambiarán los años que se tienen en cuenta para calcular la pensión, que quedaran fijados en 23 años. Desde 2013 se abrió un periodo transitorio hasta el 1 de enero de 2022 en el que el periodo de cotización exigido para calcular la pensión pasará de forma progresiva de 15 a 25 años. A cada ejercicio, a contar desde 2013, se le va sumando un año hasta completar los citados 25 años en 2022.

Jubilación anticipada

También llegan modificaciones en la jubilación anticipada. La nueva norma retrasa hasta los 63 años y diez meses la edad para acceder al retiro voluntario antes de tiempo. En 2027 se quedará fijado en una edad mínima de 65 años.

Además, para acceder a esta modalidad son necesarios al menos 35 años de cotización, y por cada trimestre de adelanto respecto a la edad oficial de jubilación la pensión sufrirá una penalización progresiva que irá desde el 2 por ciento de la base reguladora, si se han cotizado menos de 38,5 años, hasta el 1,625% si se superan los 44,5 años cotizados.

En caso de despido

En el caso de jubilación forzosa, será posible hasta cuatro años antes de la edad legal de retiro. En 2020, a los 61 años y diez meses. Serán necesarios 33 años de cotización como mínimo y la penalización irá desde el 1,875 por ciento por trimestre adelantado para menos de 38,5 años cotizados, hasta el 1,5 por ciento para más de 44,5 años cotizados.

La ley de actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social fue acordada por el Gobierno de Zapatero con la CEOE y los sindicatos CC.OO. y UGT en febrero de 2011.

La puesta en marcha del grueso de la reforma, como la subida de la edad de jubilación, se estableció el 1 de enero de 2013, ya con el Ejecutivo de Rajoy.

Cambios en la hoja de ruta

A pesar de todo, la aplicación de esta norma no está siendo la prevista. El pasado enero estaba previsto que entrar el vigor el Factor de Sostenibilidad, un mecanismo de ajuste que hubiera ligado la pensión inicial a la esperanza de vida y, por tanto, recortado la prestación.

En cambio, no se hizo debido al acuerdo presupuestario entre el Gobierno de Mariano Rajoy con el PNV. Esto retrasó su entrada en vigor hasta el año 2023. 

Los estudiosos del sistema esperan para entonces una incorporación suave de jubilados y que el pico se produzca en 2042 con la llegada de unos 723.000 potenciales pensionistas y con mayor esperanza de vida, lo que ese año elevará el total de pensiones a 15 millones frente a los casi 9,8 millones actuales.

Puesta en marcha

El último Consejo de Ministros del año aprobó una prórroga de la cláusula que afectaba a determinados colectivos para que puedan así seguir jubilándose con condiciones más ventajosas en 2020. Se trata, por un lado, de trabajadores que en los últimos años, incluido 2019, podían aún jubilarse con los requisitos legales previos al 1 de agosto de 2011 y son aquellos cuya relación laboral se haya extinguido antes de 1 de abril de 2013, siempre que con posterioridad a esa fecha no hayan vuelto a estar incluidas en ninguno de los regímenes de la Seguridad Social.

Por otro lado, también los trabajadores cuya relación laboral suspendida o extinguida por un ERE, por acuerdo de convenios colectivos o procesos concursales suscritos o declarados antes del 1 de abril de 2013, siempre que la extinción o suspensión de la relación laboral se produzca antes del 1 de enero de 2020. Acuerdos que deben estar inscritos en la Seguridad Social.

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