Declaración de la Renta: ¿me puedo desgravar por tener una persona mayor de 65 años a mi cargo?

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15/03/2022 - 20:00
Una persona mayor pasea con su cuidadora

Lectura fácil

En menos de tres semanas arrancará la campaña de la Renta 2021, en la que miles de contribuyentes podrán presentar las declaraciones del IRPF y Patrimonio a partir del próximo día 6 de abril hasta el 30 de junio, cuando se dará por finalizada esta campaña.

Son muchas las personas que quieren realizar la declaración de la renta durante los primeros días, y es que muchas creen que cuánto antes se haga, antes recibirán la cuantía.

¡No te dejes llevar por las prisas! Esto puede generar que el contribuyente pierda dinero, ya que las prisas no son buenas, dando lugar a errores o datos inexactos.

Es importante que destinemos tiempo a elaborar la declaración de la renta y además conocer las diferentes deducciones estatales o autonómicas a las que tienen derecho, con el objetivo de poder desgravarse un porcentaje en este proceso.

A pesar de que los padres y madres están de suerte, ya que a efectos fiscales, el tener hijos conlleva una serie de deducciones por maternidad y paternidad; otra de las más relevantes es cuando se tienen descendientes o ascendientes a cargo.

Requisitos para aplicar la deducción por ascendientes mayores de 65 años o personas con discapacidad que conviven con el obligado tributario

En este apartado de la declaración de la renta se relacionarán los ascendientes en línea recta (padres, abuelos, etc.), que reúnan las siguientes condiciones:

  • El ascendiente deberá tener más de 65 años o discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % cualquiera que sea su edad.
  • Que conviva con el contribuyente, al menos, la mitad del período impositivo. Se considerará que conviven con el contribuyente los ascendientes discapacitados que, dependiendo del mismo, sean internados en centros especializados.
  • Que no tengan rentas anuales, excluidas las exentas, superiores a 8.000 euros.
  • Que el ascendiente no presente declaración del IRPF con rentas superiores a 1.800 euros ya sea autoliquidación o borrador debidamente suscrito y confirmado.

¿Cuánto me desgravo?

El mínimo personal y familiar cuantifica aquella parte de la renta que, por destinarse a satisfacer las necesidades básicas personales y familiares del contribuyente, no se somete a tributación por el Impuesto.

El mínimo del contribuyente se establece en 5.550 euros con carácter general; aumentado en 1.150 euros anuales cuando el contribuyente tenga una edad superior a 65 años; y 1.400 euros anuales adicionales si la edad es superior a 75 años.

En caso de fallecimiento de un ascendiente que genere derecho al mínimo por este concepto, la cuantía aplicable es de 1.150 euros.

La Ley 22/2009, de 18 de diciembre (BOE del 19) ha otorgado a las CCAA competencias normativas sobre el importe del mínimo personal y familiar aplicable para el gravamen autonómico. En uso de la citada competencia normativa, las Comunidades de Illes Balears, Castilla y León y Madrid han regulado el importe del mínimo personal y familiar aplicable para el cálculo de su gravamen autonómico.

Fechas clave en la declaración de la renta 2021

En los próximos meses varias fechas se encuentran marcadas en rojo en el calendario de los contribuyentes, ya que la declaración de la renta se podrá realizar vía telefónica, de forma presencial o incluso a través de la web.

  • Vía Internet a través de la Renta Web: Los contribuyentes a partir del próximo 6 de abril podrán presentar ya las primeras declaraciones del IRPF y Patrimonio, con DNI electrónico, certificado electrónico, Cl@ve PIN o número de referencia. Este método es el preferido por los contribuyentes, ya que nueve de cada diez lo utilizan.
  • Presentación telefónica: Desde el 5 de mayo hasta el 30 de junio dará inicio esta modalidad de la declaración de la Renta 2021, en la que empleados de la Agencia Tributaria se pondrán en contacto con el contribuyente para confeccionar su declaración.
  • Manera presencial: La presentación de las declaraciones presenciales en las oficinas de la Agencia Tributaria tendrán lugar durante todo el mes de junio, entre el día 1 y el 30, cuando finalice esta campaña.

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