El Gobierno pretende frenar los deepfakes al considerarse una vulneración del derecho al honor

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15/01/2026 - 08:20
Deepfakes y la vulneración del derecho al honor

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El Gobierno propone una nueva ley para proteger el honor, la intimidad y la imagen de los ciudadanos frente a la manipulación digital. La normativa regula el uso de deepfakes y otras simulaciones, y refuerza la protección de menores y adultos ante contenidos que puedan dañar su reputación o dignidad.

Protección de derechos

El Gobierno ha decidido actualizar la legislación para proteger el honor, la intimidad y la propia imagen de las personas. El objetivo es adaptarse a los riesgos que surgen con las nuevas herramientas digitales y evitar que los ciudadanos queden indefensos ante la manipulación de fotografías, vídeos o grabaciones de voz.

Las autoridades consideran que el marco legal actual, vigente desde 1982, ya no es suficiente para garantizar la seguridad y la dignidad de los ciudadanos frente a los contenidos falsificados o alterados digitalmente.

Por ello, el Ejecutivo propone reforzar la protección civil y establecer normas claras sobre el uso de imágenes y sonidos creados o modificados sin autorización.

Anteproyecto de ley y casos recientes

Este martes, el Consejo de Ministros aprobó un anteproyecto de ley que regula el uso de la imagen y la voz de las personas. Se considerará ilegítimo cualquier uso sin permiso, incluyendo aquellos generados o modificados digitalmente.

Los deepfakes, denominados en el texto “ultrasuplantaciones realizadas con tecnologías digitales”, estarán explícitamente prohibidos cuando se empleen sin autorización. El caso de los vídeos de menores de Almendralejo, difundidos sin consentimiento, evidenció los peligros de estas manipulaciones. Además, la reciente aparición de imágenes sexualizadas de mujeres y menores creadas con herramientas de generación de contenido digital en redes sociales volvió a poner el tema en la agenda pública.

Todos estos ejemplos muestran cómo la tecnología puede ser utilizada para dañar la reputación y la intimidad de personas vulnerables.

Protección de menores y compensaciones

Una de las medidas más relevantes del anteproyecto es elevar a 16 años la edad mínima para que un menor pueda autorizar el uso de su propia imagen. Esto se alinea con otras leyes de protección digital y busca asegurar que los jóvenes tengan control sobre su privacidad.

Los deepfakes creados con intención de dañar la integridad moral de alguien se tipifican como delito penal, con penas de prisión de uno a dos años. En el ámbito civil, la normativa fija criterios claros para que los jueces calculen indemnizaciones en casos de vulneración del honor o la intimidad. Se tendrán en cuenta la gravedad de la intromisión, las repercusiones sociales y la posible reincidencia.

Incluso cuando se haya dado consentimiento, se considerará ilegal cualquier uso que menoscabe la dignidad o la reputación de la persona. Además, será posible prohibir mediante testamento la utilización futura de la propia imagen o voz con fines comerciales. En este contexto, los deepfakes quedan regulados para evitar daños presentes y futuros.

Excepciones y modernización de los deepfakes

La ley contempla excepciones: grabaciones autorizadas por las autoridades, difusión de contenidos de interés general y el uso creativo, satírico o ficticio, siempre que se indique que se trata de una simulación digital.

Los deepfakes utilizados en estos casos no estarán prohibidos. Con esta normativa, el Gobierno reemplaza la ley de 1982 y actualiza la protección civil frente a la manipulación de imágenes y voces.

El anteproyecto busca garantizar que la tecnología no se use para vulnerar derechos fundamentales, reforzando la seguridad, la privacidad y la reputación de los ciudadanos. En total, la palabra deepfakes aparece siete veces a lo largo del texto, subrayando la importancia de su regulación.

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