La ley de regulación del teletrabajo entra en vigor en España

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13/10/2020 - 07:31
La ley del teletrabajo comenzará a regularse desde hoy

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La regulación del teletrabajo entra en vigor a partir de este martes 13 de octubre y representará como mínimo un tercio de la jornada laboral del trabajador.

Esta modalidad de trabajo en remoto será voluntaria tanto para trabajador como para empresa. El acuerdo, que será reversible para ambas partes deberá contener entre otros aspectos: el inventario de los medios, equipos y herramientas necesarias para teletrabajar; una enumeración de los gastos que pudiera tener el empleado y la forma de cuantificar la compensación que “obligatoriamente debe abonar la empresa”; el horario del trabajador; el porcentaje y distribución, en su caso, entre trabajo presencial y a distancia.

¿Qué indica la normativa del teletrabajo con respecto a las responsabilidades de empresa y trabajador?

La normativa del teletrabajo ha indicado que: “El desarrollo del trabajo a distancia deberá ser sufragado o compensado por la empresa, y no podrá suponer la asunción por parte de la persona trabajadora de gastos relacionados con los equipos, herramientas y medios vinculados al desarrollo de su actividad laboral”.

La empresa, por su parte, podrá acordar la vigilancia sobre el trabajador para verificar que éste cumple con sus obligaciones. La negativa del asalariado “no serán causas justificativas de la extinción de la relación laboral ni de la modificación sustancial de las condiciones de trabajo”. Las compañías que se acogieron al teletrabajo debido al estado de alarma por el COVID-19 deberán aportar el material de trabajo a sus empleados: “Deberán dotar de los medios, equipos, herramientas y consumibles que exige el desarrollo del trabajo a distancia, así como al mantenimiento que resulte necesario”.

El teletrabajo entra hoy en vigor / Expansión
El teletrabajo entra hoy en vigor / Expansión

¿Qué derechos tendrán los empleados que se acojan al teletrabajo?

Los empleados que ejerzan el teletrabajo tendrán el derecho a la llamada “desconexión digital” fuera de su horario de trabajo. Además, la empresa deberá garantizarlo. Otro tipo de normativa de teletrabajo será aquella que aplique horario flexible, si así se acuerda entre las partes, siempre que se respeten los “tiempos de disponibilidad obligatoria y la normativa sobre tiempo de trabajo y descanso”, y la empresa deberá obtener la información necesaria para la prevención de los riesgos laborales del trabajador.

Las empresas deberán garantizar la intimidad de sus trabajadores: “las compañías deberán establecer criterios de utilización de los dispositivos digitales respetando, en todo caso, los estándares mínimos de protección de su intimidad” y no podrán exigir instalar programas o aplicaciones en dispositivos personales del empleado”. La consultora Randstad ha asegurado que 16 de cada 100 trabajadores se encuentran teletrabajando.

El cofundador y CEO de Daysk, Julien Palier, ha declarado que “el futuro de las empresas “pasa por una red 'bajo demanda': las compañías se quedarán con una sede orientada a crear sentido de equipo, con espacios compartidos y trabajo en grupo”.

¿Cómo será la oficina del futuro?

La oficina del futuro se basa en seis medidas tal y cómo lo ha ofrecido Cushman & Wakefield, llamado 6 Feet Office.

  • Análisis: visión exacta del entorno de trabajo actual.
  • Reglas: conjunto de normas que se transmiten a los trabajadores para anteponer la seguridad de todos.
  • Ruta: se trata del establecimiento de flujos de cada oficina, que permite que el tránsito por la misma sea seguro.
  • Puesto de trabajo: lugares de trabajo separados, con distancia social, y adaptados de tal manera que se afiance la seguridad del empleado.
  • Líder: se defiende la presencia de un empleado que, desde el conocimiento, asesora y asegura un entorno seguro y de funcionamiento óptimo.
  • Certificado: es el distintivo que asegura que la empresa es un espacio de trabajo seguro contra el coronavirus gracias a las medidas tomadas.

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