Así queda la perspectiva de la UE sobre los requisitos de edad para asistentes de personas con discapacidad

EmailFacebookTwitterLinkedinPinterest
14/12/2023 - 08:13
Requisitos de cara a los asistentes de las personas con discapacidad

Lectura fácil

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea determinó que no es discriminatorio reservar empleos de asistentes personales para personas con discapacidad a una franja de edad específica. La sentencia destaca que esta preferencia puede fomentar el respeto al derecho a la autodeterminación de la persona con discapacidad. En consecuencia, la diferencia de trato por edad en este contexto puede considerarse justificada según la naturaleza de los servicios de asistencia personal.

Sentencia sobre las preferencias de edad en asistentes personales para personas con discapacidad

Así las cosas, esta semana, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) emitió una sentencia que establece que no se considera discriminatorio reservar puestos de trabajo como asistentes personales para personas con discapacidad a individuos de la misma franja de edad. La corte enfatiza que la preferencia expresada por la persona con discapacidad por asistentes de una edad específica puede contribuir al respeto de su derecho a la autodeterminación.

En consecuencia, la diferencia de trato hacia los candidatos basada en la edad podría justificarse por la naturaleza de los servicios de asistencia personal proporcionados, según el tribunal con sede en Luxemburgo.

Los asistentes personales desempeñan un papel crucial en mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad al ofrecer apoyo personalizado. Estos profesionales no solo facilitan la realización de tareas diarias, sino que también promueven la independencia y autonomía. Al adaptarse a las necesidades individuales, los asistentes personales contribuyen a superar barreras físicas y sociales, permitiendo a las personas con discapacidad participar plenamente en la sociedad. Además, establecen conexiones significativas y proporcionan un valioso respaldo emocional.

Esta decisión surge en respuesta a una consulta planteada por un tribunal alemán en el contexto de una demanda presentada por un solicitante de empleo que alegaba discriminación por edad en el proceso de selección.

El caso AP Assistenzprofis ante el TJUE

El caso involucra a AP Assistenzprofis, una empresa alemana especializada en brindar asistencia a personas con discapacidad. En 2018, la empresa estaba en busca de asistentes personales para una estudiante de 28 años, y el anuncio especificaba una preferencia por candidatos de 18 a 30 años. La demandante, que fue rechazada por no cumplir con este criterio de edad, argumentó que estaba siendo discriminada.

La legislación alemana en este ámbito establece claramente que se deben satisfacer los deseos individuales de las personas con discapacidad en la prestación de servicios de asistencia personal, permitiéndoles elegir cómo, dónde y con quién viven.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) considera razonable la preferencia de edad en este contexto, ya que espera que una asistente personal de la misma franja de edad que la persona con discapacidad se integre de manera más efectiva en su entorno personal, social y universitario.

En consecuencia, la imposición de un requisito de edad se puede considerar necesaria y justificada en aras de proteger el derecho a la autodeterminación de la persona con discapacidad en cuestión, según concluyó el TJUE.

Añadir nuevo comentario