Se buscan empresas valientes para contratar a personas con discapacidad

EmailFacebookTwitterLinkedinPinterest
10/05/2021 - 09:19
Una campaña de Adisli busca “empresas valientes” para contratar a personas con discapacidad / Servimedia

Lectura fácil

La Asociación Adisli pone en marcha una campaña bajo el lema #BuscamosEmpresasValientes, que tiene como objetivo hacer un llamamiento a las empresas y a los responsables de recursos humanos para fomentar las oportunidades de contratación de las personas con discapacidad intelectual ligera.

Así, busca promover “un cambio de mirada, impulsando la inclusión real y normalizando los apoyos de las y los preparadores laborales de las entidades” para promover la contratación e incorporación de las personas con discapacidad intelectual en el mercado laboral, y la concienciación del sector empresarial sobre la necesidad de inclusión de este colectivo.

Se estima que en España 60.194 personas tienen inteligencia límite o discapacidad intelectual ligera y que la tasa de desempleo de las personas con discapacidad en España fue en 2019 del 23,9 %

En nuestro país hay muchas preparadas que pueden hacer un gran trabajo. Un empleo permite a las personas con discapacidad mayor autonomía y un mejor nivel de bienestar. Además, la inclusión real impacta en la responsabilidad social. Debemos derribar barreras mentales porque, muchas veces, la adaptación de los puestos de trabajo es muy fácil de resolver.

Con la financiación de Fundación Montemadrid y CaixaBank, Adisli va a colocar entre el 11 y el 25 de mayo carteles en las zonas empresariales más destacadas de la ciudad de Madrid, así como una pantalla digital de gran formato en la calle Alcalá 157.

La iniciativa #BuscamosEmpresasValientes también tratará de sensibilizar en redes sociales como Facebook, Twitter, Instagram y LinkedIn para invitar a la ciudadanía a que se sume a la campaña. De igual manera, contará con una página web creada en exclusiva con la finalidad de que las empresas interesadas puedan solicitar más información y accedan a los materiales de la campaña.

Las empresas deben ser valientes y animarse a contratar a personas con discapacidad

Con esta acción, Adisli contribuye al cumplimiento del ODS 8 "Trabajo decente y crecimiento económico", el ODS 10 "Reducción de desigualdades" y los ODS 16 y 17, incorporando el mensaje de la Agenda 2030 en todas las campañas de comunicación que se realizan en la asociación y creando alianzas estratégicas y necesarias con financiadores, colaboradores y proveedores.

La Ley General de la Discapacidad (LGD) exige a las empresas de más de 50 trabajadores la obligatoriedad de incorporar un porcentaje de empleados con discapacidad no inferior al 2 %. Sin embargo, el espíritu de esta normativa no ha de ser la imposición, sino la constitución de un trampolín hacia la normalización de las personas con discapacidad en el mercado laboral ordinario. En otras palabras, las empresas que contratan personas con discapacidad descubren otras muchas ventajas, más allá del mero cumplimiento de ley.

Contratar personas con discapacidad es rentable, justo y responsable

Es un error limitar el talento a un perfil determinado. La estrategia de selección debe centrarse en competencias profesionales, en habilidades, actitudes y valores, en definitiva, en talento y no en etiquetas. La diversidad de competencias, experiencias y visiones constituye una oportunidad para las empresas.

Las empresas que contratan a personas con discapacidad poseen una cultura corporativa abierta, sin prejuicios, en sintonía con la sociedad y, por tanto, más competitiva.

Mejora del clima laboral, enriqueciendo al capital humano en su conjunto y despertando en la plantilla el orgullo de pertenencia, al sentirse afortunados de trabajar en una compañía que fija la atención en el talento de las personas y no en aspectos externos y/o superficiales.

Las empresas tienen el reto de identificarse con la sociedad, sus valores y diversidad. Incorporar personas con discapacidad a los equipos fortalece esa identidad y tiene un retorno positivo, haciendo que una compañía conecte mejor con un creciente público potencial. En definitiva, incrementando su competitividad.

Además de todo lo anterior, las empresas que incorporen a trabajadores con discapacidad cuentan con interesantes ventajas fiscales

  • Si el contrato se celebra a tiempo completo, la empresa tendrá derecho a las siguientes bonificaciones:
Fuente: Fundación Adecco
Fuente: Fundación Adecco
  • Si el contrato se realiza a tiempo parcial, la bonificación será proporcional a la jornada pactada en el contrato, sin que pueda superar el 100 % de la cuantía prevista.

Además, las empresas recibirán, en caso de que sea necesario, una subvención para la adaptación de puestos de trabajo, eliminación de barreras o dotación de medios de protección personal hasta 901,52€.

Por último, podrán beneficiarse de una deducción de la cuota íntegra del Impuesto de Sociedades en la cantidad de 6.000€ por cada persona/año de incremento del promedio de la plantilla de trabajadores con discapacidad, contratados por tiempo indefinido, respecto a la plantilla media de trabajadores con discapacidad del ejercicio anterior, con dicho tipo de contrato.

  • Si el contrato temporal se celebra a tiempo completo, la bonificación de las cuotas de la Seguridad Social oscila entre los 500 €/año y los 5.300€/año, en función del grado de discapacidad, sexo y edad del trabajador.
Fuente: Fundación Adecco
Fuente: Fundación Adecco
  • Si el contrato se celebra a tiempo parcial, la bonificación de las cuotas será proporcional a la jornada pactada.

Además, también se recibirá una subvención por adaptación del puesto, en los casos que sea necesario, de hasta 901,52€ para la adaptación de puestos de trabajo, eliminación de barreras o dotación de medios de protección.

Por último, la empresa recibirá una bonificación del 100 % de las cuotas empresariales de la Seguridad Social (incluidas las de accidente de trabajo y de enfermedades profesionales).

  • Contrato de formación: La reducción de la cuota empresarial a la Seguridad Social es del 50 %. La duración de este tipo de contratos no puede ser inferior a 6 meses ni superar los 2 años, excepto si el convenio colectivo de ámbito sectorial fija duraciones distintas. En ningún caso se pueden superar los 4 años.
  • Contrato en prácticas: (de 6 meses a 2 años). La reducción de la cuota empresarial a la Seguridad Social es del 50 %. La ley permite contratar a titulados, siempre que no hayan transcurrido más de 6 años desde la terminación de sus estudios.
  • Contrato de trabajo de interinidad para sustituir bajas por incapacidad temporal de trabajadores con discapacidad. Se aplicará una bonificación del 100 % de las cuotas empresariales durante el tiempo en que persista la situación.
  • Transformación de contratos formativos y temporales para el fomento del empleo de las personas con discapacidad en indefinidos con bonificación. Subvención de 3.907 por cada contrato transformado en indefinido a tiempo completo. Cuando el contrato se concierte a tiempo parcial, la subvención se reducirá proporcionalmente a la jornada pactada.

Añadir nuevo comentario