El Gobierno quiere prohibir la venta de mascotas y dejar solos a los perros más de 24 horas

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08/10/2021 - 13:43
Con la ley de protección animal, el Gobierno quiere prohibir sacrificar animales salvo motivo justificado

Lectura fácil

Un anteproyecto de ley del Gobierno de protección y derechos de los animales quiere poner fin a las diferencias de las distintas políticas en materia de protección animal que existen entre comunidades autónomas, por las cuales el futuro de una mascota puede ser más próspero u oscuro en función de donde se encuentre. Así, el marco común en el que trabaja el Gobierno para dar luz a la Ley de protección animal, nace para protegerles estatalmente con una serie de medidas que dejan fuera a las especies destinadas a producir alimentos, a la ganadería y a la tauromaquia.

Entre las más notorias, la nueva ley, que se espera que entre en vigor el 1 de enero de 2023, contempla la prohibición de sacrificar animales salvo causa justificada, el veto al uso de fauna salvaje en los circos o el fin de la venta de mascotas en tiendas, así como establecer un registro de personas inhabilitadas para su tenencia. También indica la obligación de esterilizar a las mascotas si estas conviven con varios ejemplares de distinto sexo que se puedan reproducir.

Así, la meta de esta norma es alcanzar el sacrificio cero, escenario que, tal y como recuerda El País, es imposible si existe abandono, ya que, según una estimación de la federación de asociaciones protectoras FAPAM, al año se abandonan unos 300.000 peros y gatos. Esta cantidad genera eutanasias sin justificación a los 20 o 25 días de que los animales lleguen a la perrera si no hay adopción. En total, en España existen más de 13 millones de animales de compañía registrados e identificados, a los que hay que sumar otros 6,5 millones que no están controlados oficialmente, según datos del texto elaborado por la Dirección General de Derechos de los Animales.

Estas son las principales normas que contempla el anteproyecto de la ley de protección animal:

Fin de la eutanasia sin justificación

La norma indica que "únicamente se procederá a la eutanasia justificada bajo criterio y control veterinario con el único fin de evitar su sufrimiento, en casos de enfermedad o heridas incurables, o por motivos de sanidad animal, de seguridad de las personas o animales o de existencia de riesgo para la salud pública o medioambientales debidamente motivados normativa o científicamente".

Asimismo, se prohibirá en centros de protección animal, públicos o privados y en clínicas veterinarias o zoológicos por motivos diferentes a los que especifique la ley.

A este respecto, el presidente de la protectora El Refugio, Nacho Paunero, declara a El País que considera una “decepción” la forma en la que está redactada esta parte de la norma, ya que considera que “se va a convertir en coladero para el sacrificio al aparecer como motivo de muerte las enfermedades incurables”, a lo que menciona la enfermedad de la leishmaniosis como un mal incurable con el que los perros pueden vivir.

Matar a un animal será motivo de multa de hasta 600.000 euros

En este sentido, se considerarán infracciones muy graves (con multas de 100.001 a 600.000 euros):

  1. Matar a un animal o causarle secuelas permanentes graves de forma intencionada
  2. El sacrificio de animales no autorizado
  3. La eutanasia de animales con medios inadecuados o por personal no cualificado
  4. El adiestramiento y uso de animales para peleas y riñas con otros animales o personas
  5. El uso de animales de compañía para consumo humano o de otros animales
  6. El aprovechamiento cinegético de gatos comunitarios
  7. Alimentar a los animales con vísceras, cadáveres y otros despojos procedentes de animales que no hayan superado los oportunos controles sanitarios.

Adiós a la fauna salvaje en los circos

La ley de protección animal contempla la prohibición de emplear a animales salvajes en los circos, aunque esta medida es menos restrictiva que otras comunidades donde se prohíbe cualquier tipo de animal para este recreo. El objetivo de la medida es establecer unos mínimos obligatorios a partir de los que cada gobierno podrá especificar más. Tampoco deberán tener lugar en atracciones de ferias. Por fortuna, esta medida ya no sorprende frente al escenario que había no hace muchos años, cuando era habitual encontrarse con animales encerrados en barracas en lugares de extrarradio o incluso en situaciones jocosas en televisión en horarios de máxima audiencia.

Así, según el título que regula el uso de animales en actividades culturales y festivas, la nueva regulación marcaría "unas condiciones de uso acordes a su dignidad como seres sensibles, con el fin de evitar situaciones de humillación, maltrato y muerte del animal".

Coto a la baja o nula supervisión

Los animales ya no podrán quedarse de forma permanente en terrazas, trasteros, sótanos o vehículos o sin supervisar durante tres días. En el caso de los perros, que sufren especialmente la soledad, el plazo no podrá ser superior a 24 horas. Asimismo, "con el objetivo de mejorar la función inspectora", la ley de protección animal establece que todas aquellas instalaciones o lugares donde se manipule o sacrifique animales, incluidos centros de experimentación, contarán con sistemas de video vigilancia.

Registro de personas inhabilitadas para tener animales

La ley incluye el registro estatal donde se inscriba a personas físicas o jurídicas que hayan sido inhabilitadas para el ejercicio de profesión, oficio o comercio relacionado con animales, así como para su tenencia.

Cría profesional y prohibida la venta de mascotas en tiendas

Salvo los peces, quedará prohibida la comercialización de animales en las tiendas de mascotas, así como su exhibición y exposición al público con fines comerciales. Solo se podrán comprar a criadores oficiales, de modo que se garantice la identificación individual de cada animal para facilitar y asegurar su seguimiento. Esto pondrá fin a las crías irregulares y a la venta de ejemplares importados de otros países en condiciones desconocidas.

Desaparece el listado de perros potencialmente peligrosos (PPP)

Actualmente existen siete especies de perros considerados como potencialmente peligrosos (regulados por la Ley 50/99), para cuya tenencia hay que tener una licencia especial: Pit Bull Terrier, Staffordshire Bull Terrier, American Staffodshire Terrier, Rottweiler, Dogo Argentino, Fila Brasileiro, Tosa Inu, Akita Inu.

La norma explica que también se considerarán peligrosos los que cumplan con todas o la mayoría de una serie de características:

  • Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia
  • Marcado carácter y gran valor
  • Pelo corto
  • Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 centímetros, altura a la cruz entre 50 y 70 centímetros y peso superior a 20 kg
  • Cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas. Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda
  • Cuello ancho, musculoso y corto
  • Pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto
  • Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo moderado.

La lista de PPP provoca que muchos de ellos sufran mayor abandono y que, ante un mayor temor y a la obligación de obtener una licencia, menos gente quiera sacarlos de las perreras, donde sus condiciones y prosperidad de vida son mucho más tristes y duras que en un hogar. Hay defensores de los animales que consideran que su actitud depende de la conducta derivada de la cría y adiestramiento del can, no de su raza. "Es completamente incierto que un perro sea agresivo por pertenecer a una raza. El perro provocará problemas de conducta cuando no ha recibido la educación adecuada”, explicaba a El País el adiestrador Marcos Sánchez Marfil en abril de 2019.

La nueva ley de protección animal especifica que los animales de la especie canina no serán en ningún caso calificados como animales potencialmente peligrosos, sin perjuicio de que, reglamentariamente, se establezcan las condiciones en que deberán manejarse, previa realización de un estudio de sociabilidad. Asimismo, considera únicamente animales potencialmente peligrosos todos los que, perteneciendo a la fauna silvestre, siendo utilizados como animales domésticos, o de compañía, tengan capacidad de causar la muerte o lesiones a las personas o a otros animales y daños a las cosas.

Curso de formación para tener un perro

La ley también menciona que las personas titulares o responsables de los perros deberán haber realizado previamente un curso de formación acreditado para la tenencia de perros, cuyo contenido se determinará reglamentariamente. Esto sería una noticia positiva para las mascotas, ya que su bienestar y grado de sociabilidad depende en gran medida de la educación y cuidado que recibe por parte del dueño desde el momento de su adopción, al punto de que hoy en día existen academias donde se ofrece y fomenta el adiestramiento en positivo como medida para premiar su conducta y jamás castigarla con el objetivo de que sea una mascota feliz, lejos de miedos por el maltrato que supone recibir cualquier tipo de grito o reprimenda violenta.

Esterilización obligatoria

La esterilización es un modo de fomentar la adopción, ya que a menos perros nacidos mayor probabilidad habrá de que aumenten las acogidas de los que están abandonados. Así, las protectoras de animales pueden obligar por contrato al adoptante a firmar una cláusula que contemple la obligación de esterilizarle e informar al centro de adopción de la misma. En las clínicas veterinarias también puede recomendar la esterilización para prolongar la vida del animal y prevenir el cáncer de testículos en los ejemplares macho, así como el celo de los ejemplares hembra, lo cual defiende la Sociedad Americana para la Prevención de la Crueldad a los Animales (ASPCA por sus siglas en inglés).

No obstante, su aplicación no es obligatoria, ya que depende de la decisión del dueño. La nueva ley de protección animal obligará a esterilizar por primera vez a machos o a hembras si conviven para evitar “el porcentaje altísimo de camadas accidentales que existen”, cuyo fin conduce fácilmente a los abandonos, que aumentaron tras el confinamiento. No obstante, José Miguel Doval, portavoz de la Real Sociedad Canina de España, duda sobre la conveniencia de esta medida en El País. “No sé hasta qué punto se puede obligar a someter al perro a una intervención médica y para ciertas razas puede significar una disminución de ejemplares en el largo plazo”, asegura.

Evacuar a los animales en caso de catástrofe

Cada vez que se produce un incendio o un desastre natural como la erupción del volcán de La Palma, los animales suelen pasar desapercibidos en el foco mediático y su suerte ante estas desgracias puede quedar reducida a un conteo de decesos si los Ayuntamientos no ponen medidas específicas de salvamento al respecto, ante lo que cobra especial relevancia el trabajo de las protectoras especializadas. A partir de ahora, la ley de protección animal estatal obligará a los planes de emergencia de las comunidades autónomas a que especifiquen el modo de su evacuación, la cantidad de animales afectados y su localización, lo que favorecerá que se tomen medidas al respecto allá donde suceda una tragedia.

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