Los médicos denuncian los problemas que les está generando gestionar tantísimos partes de baja por Covid

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19/01/2022 - 08:47
Un grupo de personas esperan en una fila en el Centro de Salud Abrantes, en una imagen de archivo

Lectura fácil

La Sociedad Española de Medicina de Familia y Comunitaria (Semfyc) ha denunciado los problemas que está generando la gestión de los partes de baja en las consultas de los médicos de familia de toda España. Ante esto, han propuesto medidas inmediatas para agilizar su gestión y evitar el bloqueo de la asistencia sanitaria.

El parte médico de baja es el documento que emite el médico del Servicio Público de Salud o la mutua de trabajo que acredita que la persona trabajadora está incapacitado para su puesto de trabajo y que obligatoriamente debe entregar a la empresa para justificar su situación de incapacidad temporal

El Real Decreto 645/2014 (que puedes encontrar en este enlace) regula la gestión y el control de los partes de baja, alta y confirmación.

En caso de incapacidad temporal por enfermedad común, el encargado de emitir la baja será el médico del servicio público de salud de la comunidad autónoma (aunque en ocasiones también la mutua).

En plena sexta ola de contagios y con la incidencia acumulada disparada, las personas contagiadas por Covid contactan con su médico de cabecera tras hacerse un test casero. Esto no tendría validez ya que no se trata de una prueba de diagnóstico 'oficial', por lo que las consultas de Atención Primaria se están viendo saturadas.

Las regiones han establecido diferentes modelos para solicitar las altas y bajas laborales sin necesidad de acudir a los centros de salud

Así, estas fórmulas buscan aliviar el colapso de la Atención Primaria, evitando que sean los médicos los que tengan que ocupar su tiempo en tareas administrativas.

En todos los casos, junto a la tramitación de la baja laboral, las regiones inciden en la importancia del confinamiento y de alertar a los contactos estrechos.

Las consultas de los centros de salud se están colapsando en todo el país por la gestión de la incapacidad temporal de los pacientes con infección por la covid-19, con casos leves o asintomáticos en su mayoría, que se han realizado un autotest y no precisan asistencia directa.

“La necesidad de contactar con el centro de salud y acudir al centro bloquea la capacidad de asistencia sanitaria a los pacientes con la covid-19 moderada o grave y al resto de las patologías agudas y crónicas que constituyen la base de nuestro trabajo como especialistas en Medicina Familiar y Comunitaria”, explicó Semfyc para Servimedia.

Desde la Semfyc, opinaron que las acciones propuestas en las consejerías de Sanidad de algunas comunidades no son acordes con la legalidad vigente. “Tramitar partes de baja por un médico amparándose en un mecanismo de autodiagnóstico realizado por el paciente en su hogar no tiene cobertura según la actual legislación”, expresaron, ya que el Real Decreto 625/2014 explicita en el punto 1 de su artículo 2 que “se formulará en el correspondiente parte médico de baja expedido por el médico del servicio público de salud que haya efectuado el reconocimiento del trabajador afectado”. En el punto 2, se explicita que “todo parte médico de baja irá precedido de un reconocimiento médico del trabajador que permita la determinación objetiva de la incapacidad temporal”.

Además, el Real Decreto-ley 6/2020, de 10 de marzo, de medidas urgentes, en el punto 4 del artículo quinto afirma: “La fecha del hecho causante será la fecha en la que se acuerde el aislamiento o enfermedad del trabajador, sin perjuicio de que el parte de baja se expida con posterioridad a esa fecha”. Por todo ello, no está justificado, a juicio de la Semfyc, que esa tarea deba ser asumida por el médico de familia sin mediar contacto previo con el paciente.

No se puede hacer el parte de baja y alta pasados 5 días

Algunas comunidades autónomas han permitido emitir alta y baja en un mismo acto a los pacientes asintomáticos o leves con infección por la covid-19, ampliando de 4 a 7 días exclusivamente en este supuesto. Esto ha contado con el consentimiento del INSS, tácito o escrito, con el fin de garantizar la seguridad jurídica de los profesionales responsables de la incapacidad temporal.

Por todo ello, desde la Semfyc se solicitaron algunas medidas como son la notificación telemática de altas, confirmaciones y bajas o la definición como proceso corto (hasta 7 días) para todos los procesos, con alta y baja en el mismo acto clínico sea cual sea la causa, con el fin de asimilar todos los procesos en un sistema común que agilice la notificación y disminuya las visitas a los centros de salud de carácter burocrático.

Además, pidió implantar para la infección por la covid-19, la Declaración Responsable del trabajador a la empresa o mutua, que asumiría directamente la gestión de las ausencias hasta 7 días sin necesidad de la intermediación del médico del sistema público de salud, puesto que es un procedimiento asimilado a accidente de trabajo a efectos económicos.

Por último, la Semfyc planteó establecer un calendario de negociación del nuevo Real Decreto de Incapacidad Temporal para simplificar el acceso a la baja laboral en España, pues el mecanismo actual “es obsoleto, burocratiza la prestación de servicios de asistencia sanitaria y médica y, en situaciones de emergencia como la actual, colapsa el sistema”.

¿Cómo se solicita la baja por covid?

  • Por regiones, en Andalucía desde el pasado 30 de diciembre de 2021, se puede realizar la gestión para la petición de la baja a través de la aplicación de móvil gratuita Salud Responde. Desde la aplicación, una vez confirmado el positivo en Covid-19, los usuarios pueden solicitar la baja laboral marcando la casilla al efecto, que informará al centro de Atención Primaria donde se gestionará el parte de baja.
  • En Asturias los encargados de tramitar los partes de baja por covid son  los equipos de inspección del Servicio de Salud del Principado (Sespa).Las personas positivas recibirán una llamada del equipo de rastreo para preguntarles, entre otras cosas, sobre la necesidad de tramitar una baja laboral. En caso afirmativo, el equipo de vigilancia iniciará este trámite, por lo que no será necesario el contacto con el centro de salud para esta gestión.
  • Para evitar el colapso en la Atención Primaria, en Cataluña tanto la baja como la alta se realizará de forma automática. En el caso del alta, esta se realizará de forma diferida siete días después de recibir la baja, pudiéndose alargar si fuera necesario.
  • La Comunidad de Madrid ha propuesto al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) que los médicos puedan emitir los partes de baja y alta laboral a la vez para los enfermos de Covid-19 asintomáticos con test positivo, con el fin de reducir a la mitad los trámites administrativos. En estos casos el periodo de aislamiento, y por tanto de baja laboral, que se tiene que mantener es de siete días, salvo complicaciones.
  • Por su parte, en la Comunidad Valenciana los médicos de familia podrán tramitar en un mismo acto el diagnóstico Covid, la baja laboral y el alta, que será efectiva de forma automática a la semana si el paciente ya no presenta síntomas. En caso contrario, si persisten los síntomas se puede extender "el tiempo que fuera necesario".
  • En Murcia, también se pondrá en marcha un nuevo sistema para agilizar los trámites de bajas y altas y descargar de esta labor a los médicos de Atención Primaria. En este caso, el presidente de la Región de Murcia, Fernando López Miras, ha anunciado que en la región las altas por Covid-19 se darán a los siete días automáticamente, salvo situaciones sanitarias excepcionales.

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