¿Cuáles son las prestaciones y ayudas disponibles en España por tener un hijo?

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22/02/2021 - 16:51
Las prestaciones y ayudas por tener un hijo

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La tasa de natalidad continúa descendiendo, según los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE). Aunque las familias tienen la oportunidad de acceder a una serie de ayudas y prestaciones adicionales que faciliten la manutención y cuidado de los niños, el número de nacimientos se redujo de forma interanual en un 4,2 % en el primer trimestre de 2020 y la media de hijos por mujer es actualmente de 1,31 hijos.

Las prestaciones y ayudas en España por tener un hijo

La precariedad del empleo, las altas tasas de paro, la crisis por la pandemia o el precio de la vivienda hacen cada vez más difícil encontrar el momento para la planificación familiar. La edad media de maternidad ya se sitúa en los 32 años. España se encuentra en segunda posición entre los países de la UE con cifras más bajas de fecundidad.

Entre las nuevas prestaciones destaca la que se ha aprobado recientemente, la equivalencia de los permisos de paternidad y maternidad para padres y madres con una duración de 16 semanas. Según lo establecido por ley, estos días deben disfrutarse de manera simultánea y obligatoria inmediatamente después del nacimiento del niño o resolución judicial o administrativa en casos de adopción.

Baja de maternidad y paternidad

Asimismo, las 10 semanas restantes podrán ser de elección propia. Se disfrutarán en periodos semanales tanto acumulativo como interrumpido en los 12 meses siguientes del parto o adopción. Estos permisos son intransferibles, lo que quiere decir que no pueden intercambiarse entre los padres y madres.

Adicionalmente, podrá ampliarse hasta una semana por cada uno de los progenitores en los siguientes casos: tener un segundo hijo, nacimiento múltiple o discapacidad del menor. Y en situaciones de parto prematuro y hospitalización por un periodo superior a 7 días podría ampliarse hasta 13 semanas como máximo.

Prestación por nacimiento y cuidado de un hijo de 1.000 euros

También, por el hecho de tener un hijo, las familias pueden recibir un ayuda económica adicional. Es un subsidio con un pago único de 1.000 euros que pueden percibir las madres solteras, personas con alguna discapacidad y familias numerosas, incluidos los adoptantes.

Concretamente, en este derecho se tendrán en cuenta los ingresos, limitando a quienes superen el nivel máximo. En este segundo caso la prestación se abonará la diferencia proporcional con dichos ingresos.

  • Con un hijo a cargo la prestación es de 1.000 euros. Límite mínimo de ingresos: 12.424 euros. Nivel máximo de ingresos: 13.395,59 euros.
  • Con dos hijos a cargo la prestación es de 1.000 euros. Límite mínimo de ingresos: 14.287,60 euros. Nivel máximo de ingresos: 15.230,77 euros.
  • Con tres hijos a cargo la prestación es de 1.000 euros. Límite mínimo de ingresos: 16.151,20 euros. Nivel máximo de ingresos: 17.065,95 euros.
  • Con cuatro hijos a cargo la prestación es de 1.000 euros. Límite mínimo de ingresos: 18.014,80 euros. Nivel máximo de ingresos: 18.901,14 euros.
  • Con cinco hijos a cargo la prestación es de 1.000 euros. Límite mínimo de ingresos: 19.878,40 euros. Nivel máximo de ingresos: 20.736,32 euros.

Según la normativa, esta prestación es equivalente al 100 % de la base reguladora, equivalente a la de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes. Se podrá solicitar a partir del día siguiente del nacimiento o adopción y prescribirá a los cinco años.

Los requisitos establecen que los beneficiarios estén afiliados a la Seguridad Social y cumplir con los mínimos de cotización, además de estar al corriente con el pago de cuotas. Puede encontrar más detalles de esta prestación en la página web de la Seguridad Social.

Ayuda familiar por menor acogido

Hay otra prestación dirigida especialmente a familias adoptantes. En este caso se limita a los menores de 18 años o mayores de esa edad con alguna discapacidad igual o mayor al 65 %. En ambos casos el pago a percibir puede variar según la edad o el grado de discapacidad del menor, existiendo además unos límites máximos de ingresos.

La ayuda por hijo menor a cargo con o sin discapacidad se integra desde este año en el Ingreso Mínimo Vital (IMV). Para mayores de 18 años con discapacidad igual o menor del 65 % se establece un pago de 4.747,20 euros anuales (lo que suponen 395,60 euros al mes). Los padres a cargo de mayores de 18 años con discapacidad igual o menor al 75 % no contemplan limitaciones de ingresos. La prestación será de 7.120,80 euros al años (593,40 euros al mes).

Complemento de maternidad de las pensiones

Por otro lado, este 2021 se ha aprobado el complemento que trata de disminuir la brecha de género entre hombres y mujeres en las pensiones. Se trata de un suplemento de 378 euros por cada hijo o hija, que entró en vigor por primera vez en el año 2016 y ahora han ampliado sus condiciones.

Uno de los progenitores podrá solicitarlo desde el primer hijo biológico o adoptado y hasta un máximo de cuatro. Aunque está dirigido a mujeres, también tendrán acceso aquellos hombres que cumplan con los requisitos.

La ayuda de 100 euros a madres trabajadoras

Esta prestación es exclusiva para madres trabajadoras, tanto por cuenta ajena como autónomas, y se obtiene como deducción anual en el IRPF de un máximo de 1.200 euros anuales hasta que el menor tenga tres años. En este caso se contemplan los hijos nacidos o adoptados en el territorio español.

Igualmente, si la madre trabajadora lo prefiere, puede solicitar un abono anticipado por 100 euros mensuales, con la misma limitación de edad. Puede consultar más detalles en la página web de la Agencia Tributaria.

En el Ingreso Mínimo Vital se pueden integrar diferentes ayudas

Con el Ingreso Mínimo Vital (IMV) se integran diferentes ayudas estatales. Es un subsidio mensual que engloba diferentes perfiles, entre los que se encuentran las unidades de convivencia que afectan a padres y madres. No obstante, los progenitores podrán percibir el IMV en función de las familias y menores a cargo así como los ingresos previos.

  • Unidades familiares formadas por dos adultos y un menor recibirán 751,89 euros.
  • Las unidades familiares monoparentales con un menor optarán a 714,30 euros.
  • Las unidades familiares monoparentales con dos menores recibirán  855,28 euros.
  • Las unidades familiares monoparentales con tres o más menores menores percibirán 996,26 euros.

La determinación de unidades de convivencia se han flexibilizado y han ampliado las condiciones del IMV. De manera que se contemplan el número mínimo de titulares por unidad de convivencia, se reconocen los servicios residenciales de uso colectivo o temporal y se tendrán en consideración las situaciones familiares en las que haya unidades de convivencia independientes o transitorias (divorcios, separaciones, accidentes o desahucios).

Las reducciones de jornada por lactancia para padres y madres

Los permisos de lactancia son equivalentes así como intransferibles hasta los 9 meses. Este permiso puede perderse en caso de no usarlo y tiene flexibilidad de elección por parte de los progenitores. Es posible compatibilizar este permiso con la reducción de jornada por cuidado de un menor, pero no con la excedencia por cuidado de un hijo menor de tres años.

  • Se puede establecer media hora libre y retribuida cada día laborable, al principio o al final de la jornada establecida.
  • Una hora libre y retribuida por día laborable dentro de la jornada.
  • Acumular las horas libres en diferentes días a elección. También será retribuidas y son diferentes del permiso de nacimiento y cuidado el menor.

Prestaciones del SEPE que complementan a otras ayudas

Por último, el Servicio de Empleo Público (SEPE) ofrece diferentes ayudas a las familias que complementan otras prestaciones del nacimiento y cuidado del menor. Cada una de las prestaciones cuenta con unos requisitos concretos que hay que verificar en el SEPE.

Por ejemplo, la ayuda familiar, que es un subsidio para madres con cargas familiares que hayan agotado la prestación de desempleo. Entre los requisitos se destacar estar en paro, inscrito como demandante de empleo, tener responsabilidades familiares y carecer de rentras, entre otros. Su duración es de 6 meses que pueden ser prorrogables por semestres. La cuantía mensual es igual al 80 % del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples.

Y otra es el subsidio por insuficiencia de cotización, una prestación que está dirigida a personas que no hayan cotizado lo suficiente para acceder a la prestación contributiva. Según los requisitos, los solicitantes deben estar desempleados, inscritos como demandantes de empleo, haber cotizado al menos 3 meses (con responsabilidades familiares) o 6 meses (sin responsabilidades), sin haber llegado a los 360 días cotizados.

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