¿Puedes anular tus vacaciones si han coincidido con el estado de alarma?

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30/09/2020 - 09:54
Una funcionaria de Educación de Cantabria podrá disfrutar de sus vacaciones que coincidían con el estado de alarma

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El Juzgado de lo Social de Santander (Cantabria) ha reconocido el derecho de una trabajadora a poder anular sus vacaciones. Su período de descanso coincidió con el estado de alarma decretado desde el 14 de marzo hasta finales de junio por el gobierno de Pedro Sánchez.

¿Qué dice la sentencia que se ha dictado en Cantabria?

La sentencia ha aclarado que la trabajadora anunció su período de vacaciones a principios de año y que ese período correspondió desde los días 13 al 17 de abril. Tras decretarse el estado de alarma que se prolongó hasta el 21 de junio, envió un WhatsApp el 24 de marzo para anularlas por coincidir con el confinamiento general y volvió a solicitarlas el 2 de abril.

El fallo judicial asevera de manera textual que si la trabajadora "no puede salir de su casa por confinamiento forzado no serán vacaciones, no se corresponderá ese período con un legítimo y constitucional derecho al descanso anual que todo trabajador ha de tener".

“Si un trabajador cae en un período de incapacidad temporal podrá disfrutar del descanso en otro período”

La sentencia emitida en la capital de Cantabria matiza que si durante su período de vacaciones no ha podido disfrutar del descanso, podrá hacerlo en las mismas condiciones más tarde.

La sentencia ha agregado que: Obviamente todo disfrute de vacaciones conlleva la posibilidad de que el trabajador pueda descansar de la prestación anual de servicios para un tercero, esto es, que pueda desplazarse, salir de su domicilio, tener su ocio particular, visitar familiares, hacer deporte, etc...”.

Sede del Gobierno de Cantabria / El País
Sede del Gobierno de Cantabria / El País

El Gobierno de Cantabria ha alegado que el centro donde trabaja la demandante presentó una actividad mínima durante el estado de alarma y que si no se la convocó a trabajar fue porque estaba de vacaciones, "no tiene culpa o responsabilidad alguna en que su período de vacaciones coincidiera con una pandemia" y, además, se constata que ya el 24 de marzo la trabajadora advirtió que su período de vacaciones coincidiría con el confinamiento, recordatorio que reiteró el 2 de abril. Esta forma de proceder indica que no se puede tachar la actitud de la demandante como “maliciosa” o “fraudulenta”.

Los sindicatos piden que se cumplan los derechos laborales con o sin derecho de alarma

UGT ha indicado mediante un comunicado de prensa que: “el estado de alarma no puede ser justificación para que los trabajadores pierdan unos derechos laborales contemplados en el convenio colectivo”.  Así mismo, el sindicato agrega que durante el estado de alarma se han tomado medidas que han rayado el incumplimiento. Esta situación ha generado una multitud de conflictos laborales que no pueden justificarse sólo por el hecho de estar viviendo una pandemia.

Los conflictos laborales en algunos entornos han surgido tras cuestiones de conciliación familiar y laboral, donde el plan MeCuida no ha dado respuesta a una necesidad social y su ampliación hasta el 31 de enero de 2021 sin completarlo con un permiso retribuido.

UGT sigue achacando al Ejecutivo cántabro la imposibilidad de teletrabajar

El sindicato UGT ha indicado que tras esta sentencia se esconde “la imposibilidad de los empleados públicos de teletrabajar” para el personal de todo el Gobierno de Cantabria: “La interpretación de vacaciones disfrutadas de la Consejería de Educación no tiene sentido alguno cuando coincide con un cierre nacional de centros educativos y con unos trabajadores a los que se no se dio opciones de teletrabajo”.

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