¿Qué se puede hacer y qué no estas Navidades?

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24/12/2020 - 08:30
Parte del alumbrado navideño de Torrejón de Ardoz, capital europea de la navidad 2018.

Lectura fácil

El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud acordó un documento de limitaciones para las Navidades.

Se mantienen las líneas básicas: limitar las reuniones a 10 personas, toque de queda hasta la 1:30 en Nochebuena y Nochevieja con cierres perimetrales, salvo para visitar a familiares y allegados.

Aunque la mayoría de las comunidades se han adherido al plan del Gobierno, algunas han anunciado que serán más restrictivas.

Las restricciones no se han publicado en el BOE de manera oficial, el ministro de Sanidad, Salvador Illa, aseguró en una comparecencia que no es necesario: basta con informar a las comunidades autónomas.

En cualquier caso, Illa ha dejado claro qué pretende que hagan los ciudadanos estas navidades: “En Navidad debemos quedarnos en casa”

Después de todas las restricciones que se han puesto y quitado durante los últimos meses, muchos no saben exactamente qué se puede hacer y qué no. Por ello aquí se intentan despejar todas las dudas posibles.

¿Puedo salir de mi comunidad autónoma?

Solo se puede cambiar de comunidad autónoma entre el 23 de diciembre y el 6 de enero para visitar a familiares o allegados. Las comunidades podrán restringir estas excepciones a días concretos.

Canarias podrá obviar estas limitaciones.

En Castilla-La Mancha estos movimiento solo se permitirán el 24 y el 31 de diciembre y en Valencia el 24, 25 y 31 de diciembre, así como el 1 de enero.

Lo que no se puede hacer estas Navidades: desplazarse para acudir a segundas residencias y para hacer turismo. De este modo, no se permite la costumbre de los últimos años entre algunas familias de quedar en una casa rural en una provincia a mitad de camino entre sus hogares.

¿Cómo se controlarán los viajes y qué documentos se necesitan?

Ni el Ministerio de Sanidad ni las CCAA han determinado cómo se controlarán los viajes en Navidades, limitándose a hacer un llamamiento a la responsabilidad en ambos casos.

En cuanto a los documentos que justifiquen el viaje, Illa aseguró: “Apelamos a la responsabilidad, largamente acreditada por parte de la ciudadanía española, y, naturalmente, si se requiere algún tipo de documentación que acredite que se cumpla este acuerdo pues se deberá proporcionar, pero no hemos acordado ningún modelo de justificante específico para este caso”.

A falta de documento, para más tranquilidad se puede mostrar a las autoridades el libro de familia, el DNI propio y la copia de el del familiar o allegado, así como el certificado de empadronamiento de la persona que se va a visitar.

¿Qué se consideran familiares y allegados?

"Todos sabemos lo que queremos decir cuando hablamos de familiares y allegados”, ha dicho el ministro de Sanidad. Salvador Illa ha asegurado que se incluyen personas que aunque no tengan un vínculo familiar “tradicional” tenga un “especial vínculo afectivo”.

Soy estudiante, ¿puedo volver a casa?

Esto sí se puede hacer estas Navidades. En este caso se recomienda que limiten las interacciones sociales y extremen las medidas de prevención 10 días antes de la vuelta a casa.

Una vez en casa, se recomienda limitar los contactos, respetar su burbuja de convivencia e interactuar sobre todo al aire libre, en lugar de en el interior.

¿Los mayores podrán salir de la residencia?

Se permitirá que las personas de centros residenciales sociosanitarios pasen las Navidades con su familia, aunque se recomienda que realicen una salida más prolongada a un único domicilio.

Al reingreso se aconseja realizar una prueba de antígenos y extender las medidas de vigilancia y prevención en los días posteriores.

¿Con cuántas personas puedo reunirme?

Los días 24, 25 y 31 de diciembre de 2020 y del 1 de enero de 2021 se pueden hacer reuniones de un máximo de 10 personas, salvo que se trate de convivientes.

En todo caso, se recomienda que estos encuentros se compongan de miembros que pertenezcan al mismo grupo de convivencia.

El resto de días seguirá rigiendo el número de personas que tenga establecido la comunidad autónoma.

¿Están incluidos niños? Sí, en estas 10 personas están incluidos niños. El acuerdo no hace excepciones a este respecto.

¿A qué hora es el toque de queda?

En Nochebuena y Nochevieja las comunidades pueden comenzar el toque de queda, como muy tarde, a la 1:30. Pero pueden adelantarlo. Cuando se acerque la hora límite se podrá volver al domicilio, no acudir a eventos sociales.

El acuerdo de medidas subraya que en ningún caso se utilizará esta ampliación horaria para desplazarse a encuentros sociales. Las reuniones en restaurantes y bares se permitirán cumpliendo las restricciones de aforo y horario de cada comunidad.

El resto de los días regirá el horario que tengan establecido.

¿Se podrá celebrar la misa del Gallo?

Respecto a la celebración de los eventos religiosos tan marcados en estas fechas, como es el caso de la misa del gallo, el acuerdo sí prevé que pueda celebrarse, siempre que para asistir no se incumplan el resto de restricciones de movilidad, como el toque de queda nocturno que ese día es a las 1:30 horas.

Cabalgatas estáticas

Lo que tampoco se podrá hacer estas Navidades: Ir a la cabalgata de Reyes. Quedarán prohibidas salvo si se cumplen las distancias. Por eso es recomienda que sean estáticas o por televisión.

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