¡ERTE pensiones, jubilación y desempleo! ¿Cómo afecta?

EmailFacebookTwitterLinkedinPinterest
09/07/2020 - 08:40
Yolanda Diaz, Ministra  de Trabajo

Lectura fácil

ERTE pensiones, jubilación y desempleo. Desde que comenzó el estado de alarma, es sabido por todos que los ERTES (Expedientes de Regulación Temporal de Empleo) ha aparecido de debajo de las piedras. Se trata de una masiva medida adoptada por las empresas, cuya principal virtud es evitar los despidos de los trabajadores.

Por otra parte, muchos trabajadores por cuenta propia o autónomos se han visto obligados a causar cese en su actividad por imposibilidad material de realizarla o, si bien no han cesado completamente su actividad, han visto reducidos sus ingresos por encima de un 75%.

En el caso de los trabajadores autónomos con esta situación también están cubiertos por una prestación pública: la prestación extraordinaria por cese de actividad. Tienen derecho a ella todos aquellos autónomos que, como consecuencia de COVID-19, hayan cesado en su actividad o hayan registrado, en el mes previo a su solicitud, una caída de sus ingresos superior al 75% de su facturación media del semestre anterior.

En GNDiario, avanzamos al respecto de los ERTES que en 2020, al tener dos pagadores el trabajador, en la renta del 2021, con seguridad, ésta saldrá a pagar.

ERTE pensiones, jubilación y desempleo. ¿En qué situación queda una jubilación?

Pueden llegar a ser periodos de varios meses, en los que se ha reducido o parado la actividad laboral durante este tiempo debido a la pandemia por coronavirus. Podrían significar una reducción de las cotizaciones y como consecuencia de ello, a la pensión por jubilación.

Tenemos que ubicarnos en el artículo 24 del Real Decreto-ley 8/2020, el cual aborda perfectamente el ERTE pensiones, jubilación y desempleo. Aquí se hace referencia a las medidas extraordinarias aplicadas a la cotización de los procedimientos de suspensión de contratos y reducción de jornada por fuerza mayor, que conectan con las necesidades surtidas con el desarrollo de la pandemia.

Con este decreto, se protegen nuestras pensiones futuras. De este modo, las personas que hayan estado o estén dentro de un ERTE, seguirán cotizando con la mayor normalidad.

En este sentido, y según la base de la cotización, indicar que será la previa a la de encontrarse en una situación de ERTE pensiones, jubilación y desempleo ocasionado por la pandemia del coronavirus. Es decir, para aquellos trabajadores afectados por un ERTE o un cese de actividad la situación de desempleo no afectará a su pensión de jubilación.

¿Qué ocurre con la prestación por desempleo?

En detalle, con respecto a la situación de desempleo de un empleado por un ERTE, y por otro lado, el cese de actividad del autónomo a causa del COVID-19, carece de importancia en su pensión para la jubilación. Sin embargo, la evolución posterior de la situación laboral del trabajador si podría llegar a tener consecuencias negativas para la pensión de jubilación.

Un caso que podría darse, es el del trabajador que tras el ERTE, pasa a situación de desempleo por despido. Éste, podría recibir la prestación de desempleo hasta otros 24 meses, manteniendo las mismas bases de cotización por jubilación. Similar a otros casos expuestos, en el caso de agotar el subsidio, y continúa en situación de desempleo, se podrán ver afectadas sus cotizaciones y derechos por jubilación, para evitarlo podría acordar condiciones puntuales con la Seguridad Social.

Un ejemplo práctico: desde el área de BBVA: “Mi jubilación”, mientras se cobra esta prestación, está cotizando por mí, en concreto, por la contingencia de jubilación. “La base por la que se cotiza es la base de cotización previa a pasar a situación de suspensión de empleo: la base de cotización durante la prestación por desempleo será la misma que la base reguladora para calcular esta”, explican.

Situación de las empresas en el contexto de un ERTE pensiones, jubilación y desempleo

Miguel Ángel Menéndez, Head of Retirement en Mercer Consulting, explica al respecto, que esta coyuntura desarrollada por el COVID-19, provoca tres efectos negativos en las empresas: reducción de la actividad, reducción o eliminación de aportaciones a planes de empleo e incrementos/reducciones de costes en sistemas de prestación. 

Añadir nuevo comentario