Medidas para los trabajadores afectados por el coronavirus

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12/03/2020 - 08:48
Trabajadores afectados por coronavirus serán protegidos

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Se ha aprobado un Real Decreto-Ley con propuestas para proteger a los trabajadores afectados por el coronavirus. El Gobierno ha lanzado las primeras medidas del plan de choque para hacer frente al impacto económico que se ha generado por esta pandemia.

Se conseguirá ese objetivo, mejorando las condiciones de las bajas por enfermedad, al respecto del coronavirus y tratar el aislamiento preventivo como una baja.

Además del cierre de colegios, José Luis Escrivá, ministro de Seguridad Social, confirmo en la radio española Onda Cero, que el Gobierno tiene preparado crear una prestación para los padres trabajadores que, por el cierre de los centros, tienen que cuidar a sus hijos. Esta medida eliminaría los costes para las empresas.

Las medidas para los trabajadores afectados por coronavirus serán proporcionales a lo que vaya aconteciendo

María Jesús Montero, ministra de Hacienda y portavoz del Gobierno, comunicó que"serán medidas proporcionales a la situación en la que nos encontremos. Algunas pueden tener carácter retroactivo o no".

El presidente del Gobierno, comentó que el plan de choque se está preparando desde hace dos semanas, y se podrá ultimar con los sindicatos y las patronales, con los que se reunirá hoy mismo.

Se están planteando las ayudas a los sectores que pueden estar más afectados, así como algunas para "intentar minimizar" el impacto que pueda ocasionar la enfermedad en el conjunto de la economía.

"Se seguirán siempre las directrices que marquen las autoridades sanitarias", ha afirmado Montero

Desde el gobierno han explicado que "tanto las personas en aislamiento preventivo como quienes se han contagiado del virus se consideran en Incapacidad Temporal asimilada a baja laboral por Accidente de Trabajo. Incluyendo las personas aisladas como las infectadas".

Lo que supone que se mejora la prestación que vayan a recibir los trabajadores afectados por el coronavirus.

Y es que cuando se produce una baja laboral por enfermedad común y accidente no laboral, la prestación que se recibe es más baja: los tres primeros días no se cobra y luego el 60% del sueldo a partir del cuarto día, según establece la Seguridad Social.

Dicha medida, asimilando los casos a Incapacidad Temporal por Accidente de Trabajo, la cantidad recibida aumenta desde el día siguiente que esta comience "ya que pasan a percibir desde el día siguiente al de la baja laboral, el 75% de la base reguladora". El incremento será cargado por la Administración.

Se evitará la destrucción de los puestos de los trabajadores afectados por el coronavirus

El Gobierno quiere evitar o minimizar el destrucción de empleo, por si "algunas empresas que tuvieran la tentación, durante la duración de la epidemia, de hacer una regulación de empleo o provocar algún despido que no fuera deseable".

Se trata de los Expedientes de Regulación de Empleo (ERE) o Expedientes de Regulación de Empleo Temporal (ERTE) que se pudieran justificar por causas productivas o de fuerza mayor en las empresas por el coronavirus.

Trabajo publicó una guía en la que se decía que "las extinciones o suspensiones de los contratos de trabajo o las reducciones temporales de la jornada de trabajo que tengan su causa directa en la emergencia (…) tendrán la consideración de provenientes de una situación de fuerza mayor".

La Tesorería General de la Seguridad Social podrá "exonerar al empresario del abono de las cuotas de la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta mientras dure el periodo de suspensión, manteniéndose la condición de dicho período como efectivamente cotizado por el trabajador".

Si se llega a producir, en algunos casos, la extinción del contrato, el documento refleja que las indemnizaciones de los trabajadores "correrán a cargo del Fondo de Garantía Salarial, con los límites legalmente establecidos".

Sectores más afectados

"Estamos en la clave de que la economía se va a resentir de forma temporal, que incluso lo puede hacer en una forma de V, y que por tanto las medidas que se adopten en todo caso serán medidas puntuales, transitorias y proporcionadas al estatus sanitario que vaya marcando las propias autoridades sanitarias" comentaba Montero.

La Ministra y portavoz del Gobierno ha dicho que para paliar los daños a los sectores más afectados se "adoptaría medidas para paliar que eso no produzca pérdida de empleo o dejar de atender sus obligaciones de pago" por parte de las empresas.

Es decir, se asegurarían que no supusiera que las compañías no pudieran hacer frente a los pagos a sus proveedores o pagos fiscales.

"Consiste en atender la falta de liquidez que tengan esas empresas, pero hoy por hoy esa situación no se ha producido", ha esclarecido Montero.

Flexibilidad para facilitar el teletrabajo dentro de la medida que sea posible

"Lo que queremos es que las empresas, dependiendo de su actividad, haga fácil que los trabajadores puedan atender a sus obligaciones familiares y que no tengan obligatoriamente que tener presencia en los puntos de trabajo", ha comentado Montero.

Pero no todas las empresas son susceptibles de aplicar este método. Y es que no todos los empleos se pueden realizar desde casa, y además porque el Ministerio de Trabajo establece ciertos requisitos.

Se baraja que los requisitos se configuren como una medida de "carácter temporal y extraordinaria" que en el momento en el que se dejen de dar las circunstancias especiales, se revierta. Además, se debe adecuar a la legislación laboral y al convenio colectivo aplicable.

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