Guía completa sobre las restricciones y cierres durante el estado de alarma

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08/11/2020 - 07:15
Las calles están vacías y no hay tráfico durante el toque de queda decretado bajo el segundo estado de alarma en España / EFE

Lectura fácil

Oficialmente el estado de alarma en España fue prorrogado hasta el 9 de mayo de 2021. Concretamente, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el Real Decreto 956/2020, por el que este estado de alarma se prolonga durante medio año. El citado periodo podrá acortarse dos meses, si así lo permiten los indicadores epidemiológicos, sanitarios, sociales y económicos.

A lo largo de este tiempo, el Ministro de Sanidad, Salvador Illa, comparecerá mensualmente ante la Comisión de Sanidad y Consumo del Congreso de los Diputados, para dar cuenta de los datos y gestiones correspondientes a su departamento en relación a la aplicación del estado de alarma. Asimismo, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, cada dos meses, hará lo propio ante el Pleno del Congreso de los Diputados para detallar y explicar la labor realizada por el Ejecutivo en este ámbito.

Mientras tanto, esta prórroga deja en manos de las autoridades regionales el mantenimiento, eliminación o puesta en marcha de medidas que permitan controlar la evolución de la pandemia por la Covid-19 en su territorio.

¿Qué restricciones conlleva este estado de alarma? 

Para empezar, el estado de alarma decretado por el Gobierno afecta a toda España, salvo Canarias, cuya situación epidemiológica es bastante favorable, y tiene tres puntos clave: establece un toque de queda; limita las reuniones a seis personas y, como decíamos, deja en manos de los gobiernos autonómicos el establecimiento de otras medidas que consideren oportunas para frenar los contagios.

Toque de queda

El toque de queda fijado por el Gobierno es de 23.00 a 06.00 horas, durante las cuáles no se podrán celebrar reuniones fuera de casa. Sin embargo, las Comunidades tienen competencias para modular estas horas, de forma que Castilla y León y Cataluña han decidido endurecer este horario adelantando la hora de inicio a las 22.00, mientras que la Comunidad de Madrid, la Comunidad Valenciana, Extremadura y Cantabria han decidido posponerla a las 00.00 horas. El resto de comunidades mantiene el horario de 23.00 horas.

A partir del lunes 9 de noviembre serán los gobiernos autonómicos quienes decidan si siguen aplicándolo y en qué términos. Por este motivo, será posible que una región prohíba los desplazamientos no esenciales en horario nocturno, mientras que otra –incluso colindante- sí los permita.

El objetivo de esta medida, también aplicada en otros países europeos, es limitar la libre circulación de las personas por la noche, a fin de evitar al máximo la expansión de la infección durante ese periodo de tiempo, dado que en esa franja horaria se han producido muchos de los contagios vinculados a encuentros sociales.

Limitación de la movilidad

Durante el vigente toque de queda, una de las restricciones que conlleva esta medida del estado de alarma es que solo se puede salir de casa para comprar medicamentos, productos sanitarios y otros bienes de primera necesidad; acudir a centros médicos o veterinarios de urgencia; ir al trabajo; cumplir con obligaciones profesionales, empresariales, institucionales o legales; asistir al cuidado de personas dependientes; por una causa de fuerza mayor; repostar el vehículo para llevar a cabo alguna de las mencionadas actividades; y regresar al domicilio tras realizar alguna de las salidas autorizadas.

Además, para reducir la expansión del virus por el país, otra de las medidas contempladas en el Real Decreto es la posibilidad que tienen las autonomías de realizar cierres perimetrales totales o parciales (provincias, municipios, ciudades, barrios…) para limitar la entrada y salida de personas en su territorio. De esta manera, se da cobertura jurídica a este tipo de medidas tomadas mientras dure el estado de alarma.

Como la decisión depende de cada gobierno regional en función de la situación epidemiológica de su territorio, durante los próximos meses la realidad será cambiante, de modo que se decretará el confinamiento o desconfinamiento de zonas despendiendo de la evolución de los contagios. Eso sí, el Gobierno obliga a que estas restricciones de movilidad tengan una duración mínima de siete días naturales.

Los cierres perimetrales dan libertad de desplazamientos dentro del área (aunque se aconseja limitar las salidas fuera del domicilio y los contactos sociales) y solo permiten traspasar los límites para realizar desplazamientos autorizados. Las personas no residentes en la zona afectada pueden circular por su red viaria si es imprescindible para llegar a un destino fuera del perímetro con restricciones, es decir, se les permite cruzar el territorio confinado siempre y cuando el punto de origen y el de llegada se encuentren fuera de éste. 

Reuniones

En cuanto al límite de personas en las reuniones entre no convivientes, las comunidades también pueden hacer modificaciones, pero solo a la baja, es decir, no podrá permitir reuniones de más de seis personas pero pueden endurecer la medida y limitar aún más el máximo.

Confinamiento domiciliario

En cuanto a los confinamientos domiciliarios, las comunidades autónomas no tienen la competencia para decretarlos. Así pues, solo es posible aplicar esta medida extraordinaria si está ordenada y aprobada por el Gobierno central, que de momento la descarta, a la espera de analizar y valorar el efecto de las medidas llevadas a cabo hasta la fecha.

¿Caen con el estado de alarma las restricciones autonómicas?

No, se trata de medidas complementarias. Las restricciones del estado de alarma son de alcance estatal pero las autonómicas se mantienen hasta que dicten los gobiernos autonómicos correspondientes, como los confinamientos perimetrales de los que hablábamos antes.

- Madrid. Mantiene el cierre perimetral de varias zonas sanitarias por su alto índice de contagios (el lunes 9 de noviembre aumenta el listado con más zonas y municipios) además de las restricciones de aforo que ya se habían aprobado. Además, la comunidad permite que durante el toque de queda se celebren reuniones entre no convivientes mientras no superen las seis personas y sean en domicilios particulares y no se salga a la calle durante el toque de queda, por lo que parejas y amigos que no convivan juntos pueden pasar la noche juntos. Por otro lado, habrá días concretos en los que no se podrá salir de la comunidad.

- Cataluña. Con las restricciones aprobadas no se puede salir de la comunidad durante 15 días y los fines de semana tampoco se podrá salir del municipio salvo por causas justificadas. Se mantienen cerrados los locales de restauración, así como los gimnasios y centros de entrenamientos y los centros culturales como cines y teatros, mientras que las clases universitarias presenciales siguen suspendidas y también las clases extraescolares.

- Galicia. Se mantiene como una de las comunidades con mejor situación epidemiológica, por lo que evita su cierre perimetral. A cambio, ya retrocedió al nivel 2 de restricciones, lo que implica una reducción de los aforos en bares y restaurantes y la limitación de las reuniones sociales a cinco personas, en algunas zonas como Santiago de Compostela solo permitidas a los convivientes. Además, el confinamiento perimetral que imperaba hasta ahora en Ourense capital, y en otras localidades de la provincia (Barbadás, O Carballiño, O Irixio, y Boborás), también se aplica en Verín, Oimbra y Vilardevós, también en Ourense.

- Asturias. El confinamiento perimetral de la comunidad además, se suma al ya decretado en tres grandes ciudades asturianas; Oviedo, Gijón y Avilés, de donde no se podrá entrar o salir salvo razones justificadas.

- Cantabria. Mantiene cerradas sus fronteras hasta el lunes 9 de noviembre.

- País Vasco. Euskadi ha decretado el confinamiento perimetral de la comunidad y limita las reuniones sociales a seis personas en lugares públicos y privados. Los aforos en ámbitos como la hostelería y en eventos culturales y religiosos se reducen al 50% y el cierre en restaurantes y bares se realizará a las 00.00. Se trata, además, de un doble cierre, pues se ha decretado también el confinamiento de cada municipio de la comunidad.

- Aragón. Todo el territorio aragonés permanece confinado perimetralmente hasta el 9 de noviembre.

- La Rioja. El Gobierno de La Rioja decretó el confinamiento perimetral de toda la comunidad hasta el 7 de noviembre. Además, se cierra de forma perimetral Logroño y Arnedo y los locales de hostelería de sus territorios, donde la incidencia acumulada ha incrementado considerablemente. En el resto del territorio, los establecimientos deberán cerrar a las 21.00 horas (a excepción de farmacias, supermercados y restaurantes con comida a domicilio).

- Navarra. Mantiene restringida la entrada y salida de la Comunidad foral a los desplazamientos que no sean motivados y también el cierre de los bares y restaurantes hasta el 4 de noviembre. Las restricciones también afectarán al comercio y a todos los actos culturales y deportivos, que tienen que cerrar sus puertas y desalojar a su clientela a diario para las 21 horas.

- Castilla y León. Mantiene cerrada la región hasta el 9 de noviembre.

- Castilla-La Mancha. Mantiene cerrada la región hasta el 9 de noviembre.

- Andalucía. Se encuentra confinada perimetralmente hasta el próximo 9 de noviembre. Además, también están cerradas un total de 450 localidades, entre ellas, todas las de las provincias de Sevilla, Granada y Jaén. A estas medidas se suma también el cierre perimetral de las localidades que forman parte de los distritos sanitarios de Córdoba Sur, La Vega de Málaga, Jerez-Costa Noroeste y Sierra de Cádiz.

- Extremadura. El Consejo de Gobierno de Extremadura limita a seis personas las reuniones sociales, tanto público como privadas, en todo el territorio de la comunidad autónoma.

- Comunidad Valenciana. También cierra la región de forma perimetral, pero solo durante 7 días.

- Región de Murcia. A las limitaciones de movilidad en Totana, Fortuna y Abanilla, se ha sumado también un doble confinamiento perimetral: de toda la Región y de los 45 municipios de la Comunidad.

- Canarias. Es el único territorio español que no tiene toque de queda por los buenos datos de contagios e incidencia del virus que manejan. A pesar de los buenos datos, el gobierno canario exige a los turistas un resultado negativo en el test de coronavirus para asegurar que no entra ningún caso importado, mientras que los residentes canarios deben acreditar que los últimos quince días no han salido de las islas para poder acceder a lugares turísticos.

- Baleares. El gobierno balear ya ha confinado perimetralmente durante 15 días su primera ciudad, Manacor (Mallorca).

- Ceuta. Mantiene el confinamiento perimetral de la ciudad, pero solo durante los fines de semana.

- Melilla. Mantiene el cierre perimetral de la ciudad hasta el 9 de noviembre, aunque se podrá seguir viajando en barco y avión con origen o destino Melilla por motivos justificados de manera documental. Además, limita las reuniones de personas a un máximo de 6 personas, los lugares de culto no podrán superar su aforo en más de un tercio para reuniones, celebraciones y encuentros religiosos; y estará prohibido fumar con cachimbas y pipas de agua en la vía pública o espacios al aire libre. Los establecimientos de alimentación deberán cerrar a las 22.00 horas sin posibilidad de admitir a más clientes desde las 21.30 horas para respetar el toque de queda, y la restauración a domicilio, se mantendrá hasta las 23.00 horas, sin poder aceptar pedidos más allá de las 22.00 horas, mientras que la recogida por parte de los clientes se limitará a las 21.30 horas.

[¿A qué multas me arriesgo si me salto el estado de alarma?]

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