¿Qué podremos hacer en la fase 2?

EmailFacebookTwitterLinkedinPinterest
18/05/2020 - 18:10
El próximo lunes 25 de mayo entrará muchas localidades en fase 2 de la desescalda.

Lectura fácil

El próximo lunes 25 de mayo entrarán muchas unidades territoriales en la fase 2 de la desescalada que el Gobierno está estableciendo ante la evolución epidemiológica positiva de la pandemia de COVID-19.

En esta nueva fase, el Gobierno y las Comunidades Autónomas han acordado extender la flexibilización de algunas medidas en determinadas unidades territoriales, contempladas en la Orden SND/414 de 16 de mayo de 2020, la cual ha sido publicada por el Ejecutivo con fecha 17 de mayo de 2020.

Se permitirá el consumo en el interior de los bares

Podrán reabrir al público los establecimientos de hostelería y restauración para consumo en el local, siempre que no se supere un 40% de su aforo. No pueden abrir aún las discotecas y bares de ocio nocturno.

El consumo dentro del local podrá realizarse únicamente sentado en mesa, o agrupaciones de mesas, y preferentemente mediante reserva previa. En ningún caso se admitirá el autoservicio en barra por parte del cliente.

50% de las terrazas

Se sigue pudiendo encargar comida y bebida para llevar en el propio establecimiento. Las terrazas al aire libre de los establecimientos de hostelería mantienen la limitación al 50% de las mesas, con una ocupación máxima de 10 personas.

Entre un cliente y otro se deberá proceder a la limpieza y desinfección del equipamiento de la terraza, en particular mesas, sillas, así como cualquier otra superficie de contacto. Se deberá poner a disposición del público dispensadores de geles hidroalcohólicos. También se fomentará el pago con tarjeta y se evitará el uso de cartas de menú de uso común, entre otras medidas.

Abren piscinas recreativas y se permite el baño en las playas

Se pueden abrir al público las piscinas recreativas y a ellas puede acceder cualquier persona siempre que se mantenga el aforo máximo de un 30% de la capacidad de la instalación. Si no se pueden mantener la distancia de seguridad entre usuarios se reducirá el aforo.

Se puede acceder a las playas de la misma provincia, isla o unidad territorial de referencia establecida en el plan de desescalada. Los bañistas deberán hacer un uso responsable de la playa, tanto desde el punto de vista medioambiental como sanitario. En la playa está permitida la práctica de actividades deportivas, profesionales o de recreo, siempre que se puedan desarrollar individualmente y sin contacto físico, permitiendo mantener una distancia mínima de dos metros entre los participantes.

Para acceder a la piscina es necesario concertar cita previa con la entidad gestora de la instalación. Las normas de higiene y prevención se recordarán a los usuarios de piscinas y playas mediante cartelería visible o mensajes de megafonía, así como la necesidad de abandonar la instalación ante cualquier síntoma compatible con el Covid-19.

Abren las zonas comunes de los hoteles y alojamientos turísticos

Pueden reabrirse al público las zonas comunes de los hoteles y alojamientos turísticos, siempre que no se supere un tercio de su aforo y se mantengan las medidas establecidas en el ámbito de la hostelería y restauración.

El establecimiento debe determinar los aforos de los distintos espacios comunes, así como aquellos lugares en los que se podrán realizar eventos conforme al aforo y medidas de higiene y protección establecidas. Pueden reabrirse también las piscinas y spas del establecimiento, siguiendo ciertas indicaciones.

Se permite el entrenamiento a los deportistas y vuelven las competiciones

El Gobierno ha incidido en que los entrenamientos de los deportistas se desarrollarán siempre cumpliendo estrictamente las medidas de prevención e higiene establecidas por las autoridades sanitarias.

Por ejemplo, los deportistas no podrán compartir ningún material de uso individual. Si esto no fuera posible, cualquier equipo o material utilizado para ejercicios tácticos o entrenamientos específicos o de mantenimiento mecánico y de material o equipación de seguridad, tendrá que ser desinfectado tras cada uso.

En relación a las competiciones, se reanudarán sin público y a puertacerrada, se permitirá la entrada de medios de comunicación para la retransmisión de la competición. El Consejo Superior de Deportes, antes del inicio de la competición, determinará el número de personas que podrán acceder a los estadios y pabellones.

Bibliotecas, salas de exposiciones y monumentos en funcionamiento

En la fase 2 se flexibilizan las medidas para el acceso a bibliotecas, salas de exposiciones y monumentos que, con carácter general. Las salas que cuenten con mostradores de información y atención al público deberán instalar elementos y barreras físicas de protección en el área de recepción de visitantes.

Deben instalar carteles con normas y recomendaciones específicas para el público, así como de vinilos de señalización con indicaciones sobre la distancia de seguridad, para evitar que se formen colas o aglomeraciones en la entrada y/o salida.

Se evitará la celebración de eventos de inauguración de exposiciones que puedan suponer aglomeración de personas en un espacio cerrado. Podrá procederse a la reapertura al público de monumentos y otros equipamientos culturales siempre que las visitas no superen un tercio del aforo autorizado. En ningún caso podrán desarrollarse en ellos otras actividades culturales distintas de las visitas.

Actos y espectáculos en espacios abiertos y cerrados

En el caso de otros locales y establecimientos destinados a actos y espectáculos culturales, la reanudación de la actividades sujeta a varios condicionantes. Si se celebra en lugares cerrados, no podrá superarse un tercio del aforo autorizado, ni reunir más de 50 personas

Tratándose de actividades al aire libre, el público deberá permanecer sentado, guardando la distancia necesaria y no podrá superarse un tercio del aforo autorizado, ni reunir más de 400 personas.

Comercio y prestación de servicios

El ministerio de Sanidad permitirá la reapertura de locales y establecimientos minoristas con independencia de su superficie útil de exposición y venta, siempre que se permita solo un 40% de aforo total del local, se garantice una distancia mínima de dos metros entre clientes, se eviten aglomeraciones y se ponga un horario de atención prioritario para mayores de 65 años.

En mercadillos, se debe de garantizar la limitación a un tercio de los puestos habituales o autorizados, limitando la afluencia de clientes, de manera que se asegure el mantenimiento de la distancia social de dos metros. Se garantizará que los productos comercializados no sean manipulados por parte de los consumidores.

Pueden abrir también los centros y parques comerciales respetando las medidas de aforo. Seguirán cerradas las zonas recreativas como zonas infantiles, ludotecas o áreas de descanso.

Medidas en el trabajo

Siempre que sea posible, se fomentará la continuidad del teletrabajo. En las empresas se deberán adoptar las medidas necesarias para cumplir las medidas de higiene y/o prevención para los trabajadores. Se asegurará que todos los trabajadores tengan a su disposición en el lugar de trabajo geles hidroalcohólicos.

Cuando no pueda garantizarse la distancia de seguridad interpersonal de aproximadamente dos metros, se asegurará que los trabajadores dispongan de equipos de protección adecuados al nivel de riesgo y estén formados e informados sobre el correcto uso de dichos equipos de protección.

En el caso de síntomas de un trabajador

Si un trabajador empezara a tener síntomas compatibles con la enfermedad, se contactará de inmediato con el teléfono habilitado para ello por la comunidad autónoma o centro de salud y, en su caso, con el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales. 

El trabajador se colocará una mascarilla y abandonará su puesto de trabajo hasta que su situación médica sea valorada por un profesional sanitario. Los centros deberán realizar ajustes en su organización horaria para evitar el riesgo de coincidencia masiva de personas.

Servicios sociales

Se podrán hacer visitas a los residentes de viviendas tuteladas, centros residenciales de personas con discapacidad y centros residenciales de personas mayores. Las visitas a centros residenciales de personas mayores se realizarán preferentemente en supuestos excepcionales.

Añadir nuevo comentario