Qué se puede hacer y qué no a partir de este lunes 13 de abril

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13/04/2020 - 08:55
Gran parte de la actividad económica, no solo los sectores esenciales, podrán volver a recuperar una esperada normalidad.

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Este sábado 18 de abril se cumplirán cuatro semanas de confinamiento, que "como mínimo" se alargará hasta el día 26 de abril.

​Tras un parón de dos semanas con un permiso retribuido recuperable, los empleados de empresas no esenciales vuelven el lunes al trabajo, pero las restricciones siguen en vigor.

"No estamos en una fase de desescalada del confinamiento", reiteran desde el Gobierno

Salvador Illa, ministro de Sanidad, ha señalado que será imprescindible guardar la distancia de seguridad y dotar a los centros de trabajo de material sanitario como geles desinfectantes o mascarillas.

El Gobierno ha elaborado un listado con las medidas que se están llevando durante el estado de alarma. A través de un mensaje en Twitter, han explicado qué se puede hacer y qué no este lunes 13 de abril:

Qué se puede hacer

La principal novedad es la comentada antes: los trabajadores considerados como no esenciales pueden volver a ejercer su actividad. Volverán a sus puestos de trabajo unos cuatro millones de personas del sector industrial y de la construcción.

También pueden abrir las tintorerías, lavanderías y el ejercicio profesional de la actividad de peluquería a domicilio.

Aunque también hay excepciones en esta novedad. Según han informado el ministro de Sanidad, Salvador Illa, y el de Interior, Fernando Grande-Marlaska, deberán solicitar por teléfono una baja médica y no ir a trabajar aquellas personas que presenten sintomatología, como tos, fiebre o dificultades para respirar y quienes hayan estado en contacto con familiares o personas diagnosticados con COVID-19.

Tampoco deberán acudir a su puesto las personas “vulnerables a la enfermedad por su edad”, las mujeres embarazadas o quienes tengan afecciones crónicas cardiovasculares o pulmonares”.

La empresa deberá planificar la actividad en el centro de trabajo para que los empleados puedan guardar una distancia de seguridad de uno o dos metros. Para ello, será posibleescalar los horariosde entrada y de salida. En las tiendas se continuará haciendo lo que hasta ahora: controlar el aforo y colas.

Todo esto está incluido en una guía elaborada por el propio Gobierno sobre cómo se ha de reincorporar el personal.

Respecto al uso de mascarillas, el Ejecutivo negó valorar su utilización pero ahora las recomienda aunque sin llegar a convertirlas en obligatorias. No se multará por no llevarla pero sí que se repartirán hasta 10 millones de unidades en los nodos de transporte público de las principales ciudades españolas.

Sin embargo, al ser posible, lo mejor es que la mayoría de trabajadores, los que puedan, se desplacen hasta el trabajo andando, en bicicleta o en vehículo privado, donde no hace falta utilizar mascarilla.

Tampoco es necesario portarla en los trayectos cortos que sí que seguirán permitidos. Se puede salir de casa de manera individual o con un niño en caso de que se quede solo en casa para comprar alimentos, medicamentos u otros productos de primera necesidad; ir al médico o al hospital; a cuidar de mayores, menores, dependientes o personas con discapacidad; visitar entidades financieras y de seguros; o aquellos paseos por causa de fuerza mayor o necesidad.

Las personas que tengan perro continuarán pudiendo sacarlo cerca de casa y durante un corto tiempo.

Los servicios municipales de limpieza no dejarán de trabajar, así que también se puede salir a sacar la basura, pero cuidado, algunos Ayuntamientos han establecido horarios para realizar esta tarea. Asimismo, estarán abiertas las farmacias, las ópticas, los kioskos de prensa, estancos, gasolineras, las tiendas de alimentos para mascotas y las clínicas veterinarias.

El Gobierno, además, ha elaborado un documento de actuación donde se distinguen tres escenarios de exposición laboral.

  • Situaciones laborales I: Exposición de riesgo

Aquellas situaciones laborales en las que se puede producir un contacto estrecho con un caso posible, probable o confirmado de infección por coronavirus.

Un ejemplo son los técnicos de transporte sanitario, si hay contacto directo con la persona sintomática trasladada.

  • Situaciones laborales II: Exposición de bajo riesgo

Aquellas situaciones laborales en las que la relación que se pueda tener con un caso posible, probable o confirmado, no incluye contacto estrecho, como los acompañantes en traslados, celadores, camilleros, personal de laboratorio o trabajadores de limpieza.

  • Situaciones laborales III: Baja probabilidad de exposición

Trabajadores que no tienen atención directa al público o, si la tienen, se produce a más de dos metros de distancia, o disponen de medidas de protección colectiva que evitan el contacto (mampara de cristal, separación de cabina de ambulancia, etc).

Un ejemplo serían el personal administrativo, los técnicos de transporte sanitario sin contacto directo con el paciente, conductores de transporte públicos con barrera colectiva o personal de seguridad.

Qué no se puede hacer

Pocas novedades hay respecto a lo que no se puede hacer.

Los niños siguen teniendo prohibido salir a la calle, a no ser que se queden solos en casa si el adulto que cuida de ellos sale.

Tampoco se puede salir a pasear o a hacer ejercicio. De la misma forma, no se puede llevar a alguien en coche al trabajo, ni visitar a familia ni amigos, ni salir a comprar ropa, ni a comer fuera (sí pedir a domicilio).

En caso de realizar alguna actividad de las mencionadas anteriormente, las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado podrán poner multas cuyo valor puede oscilar entre los 601 y los 600.000 euros o penas de prisión entre uno y tres años.

Sigue sin estar permitida la apertura de bares y establecimientos de restauración, discotecas, instalaciones culturales, de ocio, recintos deportivos, parques de atracciones y auditorios.

Sigue la prohibición de las verbenas, desfiles, fiestas populares y manifestaciones folclóricas en recintos abiertos y vías públicas.

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